"Un órgano competente es aquel órgano (no necesariamente relacionado con el poder judicial) que "en el ámbito de sus competencias" tiene potestad para ordenar el cierre de una página web. (...) Acabo de leer un artículo en el diario Expansión en el que se expone la posibilidad de que la CNMV adquiera el status de "órgano competente" respecto a la "información relevante", según una nueva orden que prepara el Ministerio de Economía, y que desarrollaría el artículo 82.5 de la Ley del Mercado de Valores."
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