La sentencia del Tribunal Supremo da la razón al Estado y anula cinco artículos del PORN de Sierra Helada (algo a lo que se negó el TSJCV) porque considera que la Generalitat "se extralimita en el ejercicio de la competencia autonómica porque extiende el ámbito de protección del PORN a las aguas (...) que no son territorio autonómico".
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