El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que obligó a la Conselleria de Educación de la Generalitat a consultar la lengua habitual de la familia o tutores de los menores en la preinscripción escolar y tenerla en cuenta en la enseñanza de Infantil y Primaria, según la Ley de Política Lingüística de 1999. La sentencia del alto tribunal considera que el procedimiento que emplea la Generalitat en cada curso escolar incumple la previsión del artículo 21.2 de la Ley de Política Lingüística promulgada por el propio Parlament de Cataluña.
|
etiquetas: tribunal , supremo , generalitat , lengua , educación