La primera diferencia entre una pensión pública y una de un alto cargo, es que así como el ciudadano nunca podrá percibir dos salarios del erario público, el ministro, el senador, diputado, secretario, etc…, podrán percibir dos y tres salarios. Un tercio de su sueldo no está sujeto a IRPF y además a los miembros del Gobierno les basta con jurar el cargo y acumular siete años para obtener la pensión completa. Y este privilegio lo tienen gracias a la pensión parlamentaria que está prevista en el Reglamento de pensiones parlamentarias de 2006...
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