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#174 No ha actuado bien, porque no ha exigido que estuviese al corriente del pago de la Seguridad Social, al igual que yo no se lo exijo a mi peluquera, ni se lo exijo a un club de fútbol cuando veo un partido por TV. Si se lo exigiese a todo el mundo no saldría del juzgado y tal como está eso de tener que pagar en el juzgado por culpa de Gallardón... no me sale a cuenta.
¿Y esa cita a la ley que incumple y por la que debe dimitir? aún estoy la esperando.
#157 Pero que te ha pasado ahora? Con lo bien que lo pasabamos con tu ridiculo?
#90 ¿Pero tu de verdad crees que ese recorte que has hecho me importa? Lo que esta claro es lo tuyo. No necesitas evidencias que no digan lo que quieres.
Y si... efectivamente... como tu mismo has recortado no tengo "Nada que añadir". Te retratas solito.
#40 Vaya, veo tu texto en gris ahora mismo, ya se han vuelto a cansar de tus sandeces los admins?
Que si, que todas las protestas que quieras, pero la guerra empezó por terrorismo ponían bombas, degollaban funcionarios, y como es normal cuando los soldados los tenían a tiro, les disparaban, en Siria, en Albacete y en Calcuta.
#88 Pero si he colgado un enlace al comentario entero... ¿A quien quieres engañar?
#90 ¿Pero tu de verdad crees que ese recorte que has hecho me importa? Lo que esta claro es lo tuyo. No necesitas evidencias que no digan lo que quieres.
Y si... efectivamente... como tu mismo has recortado no tengo "Nada que añadir". Te retratas solito.
#146 Cita, cita la ley que sea.
El dirigente de Podemos admite que "no hizo las cosas bien" al tener un asistente que no pagaba la Seguridad Social
Sí, efectivamentes. Reconocer que no se hacen bien las cosas, no implica que el que lo reconozca esté cometiendo delito. El obligado a pagar la Seguridad Social era el asistente, no Echenique, la culpa es culpa de su asistente.
Como si tú pides un cubata y no le pides ticket al del bar, sabes que no estás haciendo bien las cosas: deberías pedir ticket, no estás haciendo bien las cosas.
#174 No ha actuado bien, porque no ha exigido que estuviese al corriente del pago de la Seguridad Social, al igual que yo no se lo exijo a mi peluquera, ni se lo exijo a un club de fútbol cuando veo un partido por TV. Si se lo exigiese a todo el mundo no saldría del juzgado y tal como está eso de tener que pagar en el juzgado por culpa de Gallardón... no me sale a cuenta.
¿Y esa cita a la ley que incumple y por la que debe dimitir? aún estoy la esperando.
#137 Gracias por la seriedad. La responsabilidad, de acuerdo con este artículo, en ningún caso recaería sobre Echenique. Cito porque creo que no has querido leer el artículo (o eso me pareció leer antes).
"En primer lugar, el art. 8.2 ET establece la obligación de formalizar por escrito los contratos de trabajo por cuenta ajena cuando tengan duración determinada o sean a tiempo parcial. Si inicialmente el servicio de asistencia fue contratado con una empresa y con posterioridad el trabajador fue contratado directamente, sin cambiar la forma en la que se desarrollaban las tareas objeto de contratación, puede entenderse que no se modificó la naturaleza de la relación y, por tanto, si la relación no fue laboral en su inicio, tampoco existen indicios que permitan calificarla como laboral con posterioridad. Indicio de autonomía serían también la discontinuidad de la prestación de servicios, la escasa duración de la jornada y el que el asistente ofreciera sus servicios a otros clientes.
De esta forma, la relación entre el Sr. Echenique y la persona que lo asistía nunca estuvo bajo el ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores y, por ello, no se incurrió en las infracciones establecidas en la LISOS. Si, como parece, estamos ante una relación de trabajo autónomo, debe aplicarse la normativa específica contenida en el Estatuto del Trabajo Autónomo, cuyo art. 7 permite realizar los contratos de forma escrita o de palabra; esto es, ninguna norma obliga al Sr. Echenique y a su asistente a realizar contrato alguno por escrito. Con relación a las infracciones en materia de Seguridad Social, si la relación jurídica debe calificarse como un Arrendamiento de Servicios, el marco normativo aplicable es el que regula el Régimen Especial de Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que, como es sobradamente conocido, impone la obligación de cotizar a la persona que lo realiza, nunca al cliente."
¿O estás hablando de otro tipo de responsabilidad que no es la que se le imputa en la mayoría de noticias?
#95 #156 Hombre, el argumento que usa para desarrollar todo el artículo no tiene mucho sentido, la verdad.
Eso de que como Echenique tenía un contrato con una empresa y luego pasó ese contrato al asistente, la relación seguía siendo la misma (mercantil), en fin, no se sostiene mucho, poque ampliándolo podemos decir que, como en la relación que Echenique tenía con la empresa el asistente era trabajador laboralde esta, si prescindo de la empresa y contrato directamente al asistente deberé hacerlo igual que hacía la empresa: régimen laboral.
Y lo de que como el contrato era a tiempo parcial y por poco tiempo ya no es relación laboral...bueno, clama al cielo que un profesor de derecho laboral diga tamaña atrocidad.
#313 Si me llevo al camarero para que sirve esas cervezas en mi casa sí. Como es el caso
#404 xsigue siendo exactamente lo mismo: no es lo mismo que yo contrate a una empresa para qe su trabajador me realice un trabajo, que contrate yo, directamente, al trabajador para que haga ese trabajo.
en el primer caso le tiene contratado la empresa, en el segundo yo: sea el trabajo que sea.
#172 Yo lo veo como cosas secundarias en el articulo, y deja lo bueno para el final. El meollo esta en el final, y lo necesitas para el resto.
La clave es si un asistente personal para personas dependientes se considera trabajador del Hogar o no. Yo no lo tengo claro, porque tampoco tengo los conocimientos. Y hasta que un juez no hable no lo sabré.
#557 no se considera. Al final con este tema me estoy haciendo un cursillo intensivo, hace dos días no tenia ni idea de nada de esto. Me vendrá bien cuando me tengan que dar la papilla, pues los años no perdonarán
En cualquier caso, hay dos tipos de cuidadores:cuidadores profesionales y no profesionales.
Aquí la regulación del convenio de la ss para cuidadores no profesionales.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdec51635/index.htm
Seria el caso de un familiar que por cuestiones de la vida dedica un montón de tiempo al día a cuidar a un dependiente certificado como tal. Esto fue donde recorto el gobierno de Rajoy, ahora estos cuidadores se han de pagar la ss ellos mismos.
Tras la reforma del RD 20/2012, desde el 1 de enero de 2013 serán los propios cuidadores los que deben pagarse su convenio especial de la Seguridad Social y siempre con carácter voluntario.
http://www.citapreviainem.es/ley-de-dependencia-cotizacion-paro-cuidadores/
Entre los cuidadores profesionales están los contratados, bien en exclusividad como interno en un hogar cuidando a una persona dependiente, bien contratado en una residencia o centro de día, pero también los autónomos que tienen barios clientes que precisan de cuidados un tiempo muy limitado al día o a la semana.
Echenique cree que debía pagar el la se de su cuidador, pero hay dudas, pues su asistente estuvo antes contratado como profesional por una empresa y luego se hizo autónomo, dejó de pagar autónomos probablemente cuando perdió clientela y por lo tanto empezó a tener menos dinero cada semana. Es posible que al final ni siquiera fuese así.
#571 go to #567, #561, #558
No era trabajador del hogar, sino cuidador profesional autonomo. (Se deduce porque estaba contratado antes como tal por una empresa prestadora de servicios profesionales)
No cobraba trescientos euros al mes, porque no se ha dicho lo que cobraba, mas que el doble que cobra el mismo trabajador por hora contratado en una empresa.
No puedes hacerle contrato a una persona que viene unas horas indefinidas al mes o incluso no viene en periodos largos y no trabaja mas de 10 horas a la semana en ningun caso.
#572 #571 No era trabajador del hogar, sino cuidador profesional autonomo. (Se deduce porque estaba contratado antes como tal por una empresa prestadora de servicios profesionales)
A ver si lo entiendo que ando algo espeso. Deduces que era cuidador profesional a pesar de que ya no estuviera contratado como tal.
Seguramente no te has dado cuenta de la barbaridad que has escrito. Para tratar de iluminarte te contaré una anécdota que le ocurrió a un amigo que trabajaba en el SEPE. Un día acudió un tipo que quería cobrar su prestación por desempleo. Había estado trabajando como juez. No había aprobado la oposición. No era un juez de carrera. Simplemente había realizado una sustitución del juez titular. El tipo tenía muy malos humos y trató mal a la gente que le atendía. "Oiga yo soy juez", llegó a decir a uno de los funcionarios. La encargada escuchó esto y le dijo: "cuando a usted le contratan para ejercer de juez es juez, mientras tanto, es un parado como todos los demás que vienen aquí."
De verdad, da vergüenza leerte.
#125
¿Y?
La diferencia es que tu te pasas el dia exigiendo evidencias y tu ultimo comentario deja claro que lo que de verdad quieres son evidencias que te den la razon. Porque cuando no te la dan "No necesitas evidencias...".
#142 ¿Pero no decias que no habias leido el articulo? ¿Como sabes que son estupideces? ¿Por que son estupideces?
#157 Pero que te ha pasado ahora? Con lo bien que lo pasabamos con tu ridiculo?
#121 Si tu comprensión lectora es más que deficiente no es mi problema, es el tuyo.
Nunca me gustaron los extremistas egocéntricos como tú, para los que todo es blanco o negro según el tema le interese o no, en cambio el profesor del artículo deja una mínima puerta abierta con lo de "resulta bastante dudoso" a que alguien le demuestre lo contrario porque, tal y como pone en la entradilla, solo dispone de los "datos conocidos". El profesor que escribe el artículo argumenta con legislación, tú lo único que haces es agarrarte a una palabra que has malinterpretado.
Sigue agarrándote a tu clavo ardiente, es lo que hacen los bobos extremistas.
#110 No necesito evidencias
Nada que añadir señoria. cuñaomilitar se quita la careta. A partir de ahora en cada comentario que escribas exigiendo evidencias habar que pegarte este comentario.
#125
¿Y?
La diferencia es que tu te pasas el dia exigiendo evidencias y tu ultimo comentario deja claro que lo que de verdad quieres son evidencias que te den la razon. Porque cuando no te la dan "No necesitas evidencias...".
#142 ¿Pero no decias que no habias leido el articulo? ¿Como sabes que son estupideces? ¿Por que son estupideces?
#40 Vaya, veo tu texto en gris ahora mismo, ya se han vuelto a cansar de tus sandeces los admins?
Que si, que todas las protestas que quieras, pero la guerra empezó por terrorismo ponían bombas, degollaban funcionarios, y como es normal cuando los soldados los tenían a tiro, les disparaban, en Siria, en Albacete y en Calcuta.
#18 Hablar de terrorismo sin contexto es una falacia. Afina la pregunta porque si no esto parece un debate de párvulos.
Muy pocos derechos se han ganado/mantenido por la vía pacifica.
#93 ¿Que evidencia? Llevo todo el hilo pidiendote que refutes al autor. Pero te sigues negando con excusas pateticas.
No lo dudes. Trae la evidencia que quieras. Que yo si que me la leere y no saldre con chorradas como las tuyas.
#110 No necesito evidencias
Nada que añadir señoria. cuñaomilitar se quita la careta. A partir de ahora en cada comentario que escribas exigiendo evidencias habar que pegarte este comentario.
#125
¿Y?
La diferencia es que tu te pasas el dia exigiendo evidencias y tu ultimo comentario deja claro que lo que de verdad quieres son evidencias que te den la razon. Porque cuando no te la dan "No necesitas evidencias...".
#95 #156 Hombre, el argumento que usa para desarrollar todo el artículo no tiene mucho sentido, la verdad.
Eso de que como Echenique tenía un contrato con una empresa y luego pasó ese contrato al asistente, la relación seguía siendo la misma (mercantil), en fin, no se sostiene mucho, poque ampliándolo podemos decir que, como en la relación que Echenique tenía con la empresa el asistente era trabajador laboralde esta, si prescindo de la empresa y contrato directamente al asistente deberé hacerlo igual que hacía la empresa: régimen laboral.
Y lo de que como el contrato era a tiempo parcial y por poco tiempo ya no es relación laboral...bueno, clama al cielo que un profesor de derecho laboral diga tamaña atrocidad.
#313 Si me llevo al camarero para que sirve esas cervezas en mi casa sí. Como es el caso
#404 xsigue siendo exactamente lo mismo: no es lo mismo que yo contrate a una empresa para qe su trabajador me realice un trabajo, que contrate yo, directamente, al trabajador para que haga ese trabajo.
en el primer caso le tiene contratado la empresa, en el segundo yo: sea el trabajo que sea.
#172 Yo lo veo como cosas secundarias en el articulo, y deja lo bueno para el final. El meollo esta en el final, y lo necesitas para el resto.
La clave es si un asistente personal para personas dependientes se considera trabajador del Hogar o no. Yo no lo tengo claro, porque tampoco tengo los conocimientos. Y hasta que un juez no hable no lo sabré.
#557 no se considera. Al final con este tema me estoy haciendo un cursillo intensivo, hace dos días no tenia ni idea de nada de esto. Me vendrá bien cuando me tengan que dar la papilla, pues los años no perdonarán
En cualquier caso, hay dos tipos de cuidadores:cuidadores profesionales y no profesionales.
Aquí la regulación del convenio de la ss para cuidadores no profesionales.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdec51635/index.htm
Seria el caso de un familiar que por cuestiones de la vida dedica un montón de tiempo al día a cuidar a un dependiente certificado como tal. Esto fue donde recorto el gobierno de Rajoy, ahora estos cuidadores se han de pagar la ss ellos mismos.
Tras la reforma del RD 20/2012, desde el 1 de enero de 2013 serán los propios cuidadores los que deben pagarse su convenio especial de la Seguridad Social y siempre con carácter voluntario.
http://www.citapreviainem.es/ley-de-dependencia-cotizacion-paro-cuidadores/
Entre los cuidadores profesionales están los contratados, bien en exclusividad como interno en un hogar cuidando a una persona dependiente, bien contratado en una residencia o centro de día, pero también los autónomos que tienen barios clientes que precisan de cuidados un tiempo muy limitado al día o a la semana.
Echenique cree que debía pagar el la se de su cuidador, pero hay dudas, pues su asistente estuvo antes contratado como profesional por una empresa y luego se hizo autónomo, dejó de pagar autónomos probablemente cuando perdió clientela y por lo tanto empezó a tener menos dinero cada semana. Es posible que al final ni siquiera fuese así.
#571 go to #567, #561, #558
No era trabajador del hogar, sino cuidador profesional autonomo. (Se deduce porque estaba contratado antes como tal por una empresa prestadora de servicios profesionales)
No cobraba trescientos euros al mes, porque no se ha dicho lo que cobraba, mas que el doble que cobra el mismo trabajador por hora contratado en una empresa.
No puedes hacerle contrato a una persona que viene unas horas indefinidas al mes o incluso no viene en periodos largos y no trabaja mas de 10 horas a la semana en ningun caso.
#572 #571 No era trabajador del hogar, sino cuidador profesional autonomo. (Se deduce porque estaba contratado antes como tal por una empresa prestadora de servicios profesionales)
A ver si lo entiendo que ando algo espeso. Deduces que era cuidador profesional a pesar de que ya no estuviera contratado como tal.
Seguramente no te has dado cuenta de la barbaridad que has escrito. Para tratar de iluminarte te contaré una anécdota que le ocurrió a un amigo que trabajaba en el SEPE. Un día acudió un tipo que quería cobrar su prestación por desempleo. Había estado trabajando como juez. No había aprobado la oposición. No era un juez de carrera. Simplemente había realizado una sustitución del juez titular. El tipo tenía muy malos humos y trató mal a la gente que le atendía. "Oiga yo soy juez", llegó a decir a uno de los funcionarios. La encargada escuchó esto y le dijo: "cuando a usted le contratan para ejercer de juez es juez, mientras tanto, es un parado como todos los demás que vienen aquí."
De verdad, da vergüenza leerte.
#137 Gracias por la seriedad. La responsabilidad, de acuerdo con este artículo, en ningún caso recaería sobre Echenique. Cito porque creo que no has querido leer el artículo (o eso me pareció leer antes).
"En primer lugar, el art. 8.2 ET establece la obligación de formalizar por escrito los contratos de trabajo por cuenta ajena cuando tengan duración determinada o sean a tiempo parcial. Si inicialmente el servicio de asistencia fue contratado con una empresa y con posterioridad el trabajador fue contratado directamente, sin cambiar la forma en la que se desarrollaban las tareas objeto de contratación, puede entenderse que no se modificó la naturaleza de la relación y, por tanto, si la relación no fue laboral en su inicio, tampoco existen indicios que permitan calificarla como laboral con posterioridad. Indicio de autonomía serían también la discontinuidad de la prestación de servicios, la escasa duración de la jornada y el que el asistente ofreciera sus servicios a otros clientes.
De esta forma, la relación entre el Sr. Echenique y la persona que lo asistía nunca estuvo bajo el ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores y, por ello, no se incurrió en las infracciones establecidas en la LISOS. Si, como parece, estamos ante una relación de trabajo autónomo, debe aplicarse la normativa específica contenida en el Estatuto del Trabajo Autónomo, cuyo art. 7 permite realizar los contratos de forma escrita o de palabra; esto es, ninguna norma obliga al Sr. Echenique y a su asistente a realizar contrato alguno por escrito. Con relación a las infracciones en materia de Seguridad Social, si la relación jurídica debe calificarse como un Arrendamiento de Servicios, el marco normativo aplicable es el que regula el Régimen Especial de Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que, como es sobradamente conocido, impone la obligación de cotizar a la persona que lo realiza, nunca al cliente."
¿O estás hablando de otro tipo de responsabilidad que no es la que se le imputa en la mayoría de noticias?
#95 #156 Hombre, el argumento que usa para desarrollar todo el artículo no tiene mucho sentido, la verdad.
Eso de que como Echenique tenía un contrato con una empresa y luego pasó ese contrato al asistente, la relación seguía siendo la misma (mercantil), en fin, no se sostiene mucho, poque ampliándolo podemos decir que, como en la relación que Echenique tenía con la empresa el asistente era trabajador laboralde esta, si prescindo de la empresa y contrato directamente al asistente deberé hacerlo igual que hacía la empresa: régimen laboral.
Y lo de que como el contrato era a tiempo parcial y por poco tiempo ya no es relación laboral...bueno, clama al cielo que un profesor de derecho laboral diga tamaña atrocidad.
#313 Si me llevo al camarero para que sirve esas cervezas en mi casa sí. Como es el caso
#172 Yo lo veo como cosas secundarias en el articulo, y deja lo bueno para el final. El meollo esta en el final, y lo necesitas para el resto.
La clave es si un asistente personal para personas dependientes se considera trabajador del Hogar o no. Yo no lo tengo claro, porque tampoco tengo los conocimientos. Y hasta que un juez no hable no lo sabré.
#557 no se considera. Al final con este tema me estoy haciendo un cursillo intensivo, hace dos días no tenia ni idea de nada de esto. Me vendrá bien cuando me tengan que dar la papilla, pues los años no perdonarán
En cualquier caso, hay dos tipos de cuidadores:cuidadores profesionales y no profesionales.
Aquí la regulación del convenio de la ss para cuidadores no profesionales.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdec51635/index.htm
Seria el caso de un familiar que por cuestiones de la vida dedica un montón de tiempo al día a cuidar a un dependiente certificado como tal. Esto fue donde recorto el gobierno de Rajoy, ahora estos cuidadores se han de pagar la ss ellos mismos.
Tras la reforma del RD 20/2012, desde el 1 de enero de 2013 serán los propios cuidadores los que deben pagarse su convenio especial de la Seguridad Social y siempre con carácter voluntario.
http://www.citapreviainem.es/ley-de-dependencia-cotizacion-paro-cuidadores/
Entre los cuidadores profesionales están los contratados, bien en exclusividad como interno en un hogar cuidando a una persona dependiente, bien contratado en una residencia o centro de día, pero también los autónomos que tienen barios clientes que precisan de cuidados un tiempo muy limitado al día o a la semana.
Echenique cree que debía pagar el la se de su cuidador, pero hay dudas, pues su asistente estuvo antes contratado como profesional por una empresa y luego se hizo autónomo, dejó de pagar autónomos probablemente cuando perdió clientela y por lo tanto empezó a tener menos dinero cada semana. Es posible que al final ni siquiera fuese así.
#16 ves la diferencia entre Echenique y lo de este señor.
en este un fiscal planta una querella, un fiscal no puede acusar sin pruebas(con pruebas falsas si pero esto es otro cantar)
con Echenique no he leído aun ninguna demanda ni nada de fiscalía, a lo mejor no violo ninguna ley.
p.d. positivo , vas progresando
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Un helicóptero Mi-28 de ataque ruso se estrelló en Siria en las primeras horas de la mañana del martes, matando a dos pilotos, según agencias de noticias rusas que citaron Ministerio de Defensa de Rusia.
Cuando Wang Erxuan descubrió que no alcanzaba los kilos requeridos para comerciar con su sangre -él sólo pesaba 52 y el mínimo exigido eran 56- decidió rellenarse los bolsillos con trozos de metal. Apenas tenía 16 años, pero ya se había ofuscado bajo la euforia general que propició la llamada "economía del plasma".
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Un veterano del Ejército holandés ha sido arrestado bajo sospecha de asesinato, ya que se cree que mató terroristas del Estado Islámico (IS) al luchar junto a las fuerzas YPG kurdas en Siria. Jitse Akse, de 47 años, fue arrestado el miércoles. Fue puesto en libertad ese mismo día después de haber sido obligado a entregar su pasaporte y acordar que informe a la semana estación de policía, informó la cadena pública holandesa NOS.
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En 2016 Rosoboronexport (parte de la Sociedad Estatal Rostec) comenzará a promocionar el sistema robótico de combate multipropósito Uran-9 en el mercado internacional. El Uran-9 está diseñado para brindar reconocimiento remoto y fuego de apoyo a unidades de armas combinadas, reconocimiento y unidades antiterroristas. Se compone de dos robots de reconocimiento y fuego de apoyo, un tractor para su transporte y un puesto de control móvil.
BEIRUT (AP) - Un libanés condenado por uno de los ataques más notorios en la historia de Israel y que estuvo casi tres décadas en una prisión israelí murió por un ataque aéreo israelí cerca de la capital siria, según ha informado este Domingo el grupo chií libanés Hezbollah.
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En cuanto se conoció la noticia, el presidente Obama insistió en que el presidente sirio, Bashar al-Assad, ahora debe marcharse, al haber haber perdido toda legitimidad. El texto del proyecto de resolución del Consejo de Seguridad de la ONU sobre el proceso de paz sirio ha sido acordado por los cinco miembros permanentes, según dijeron diplomáticos. La resolución, que será presentado a los 10 miembros restantes, pedirá a todas las partes detener los ataques contra civiles.
Las tropas proporcionarán seguridad para contratistas de una empresa italiana a los que se ha dado a la tarea de reparar la gran presa de Mosul después de haber sido capturada el año pasado por el ISIS.
BAGDAD (Reuters) - Unos 100 hombres armados secuestraron al menos a 26 qataríes desde su campamento de caza en una zona en expansión del desierto cerca de las fronteras de Arabia Saudita en la madrugada del miércoles, según informan el gobernador y oficiales de la policía regional. Dos agentes de policía en Samawa confirmaron el secuestro y dijeron que las fuerzas de seguridad lanzaron una búsqueda a gran escala para localizar a los qataríes.
Salió recientemente en un meneo, pero apenas ha habido mas noticias sobre esto hasta hace poco. El vídeo https://www.youtube.com/watch?v=KFFb5E22TvE tiene mas de 400.000 visitas en youtube y 63.000 en http://www.liveleak.com/view?i=fd7_1447058458 ¿alguien se atreve a encontrar explicación?
Chris es un tipo normal. Trabaja desde hace 13 años en una gran compañía tecnológica y creció con películas y series como ‘Star Wars’, ‘Star Trek’ o ‘Battlestar Galactica’. Al igual que muchos de nosotros, desarrolló durante su adolescencia un cierto gusto por todas esas historias relacionadas con la posibilidad de viajar entre planetas y galaxias, de descubrir nuevas razas, de establecer bases más allá de la Tierra. La principal diferencia entre Chris y nosotros es que él se ha gastado alrededor de 30.000 dólares en el nuevo ‘Star Citizen’.
Según los informes, los ataques aéreos rusos han dañado tres centros médicos en Siria, tras un ataque "inexcusable". Las instalaciones estaban a más de 30 millas del territorio mas próximo controlado por Isis, según informa la sede en Nueva York de Physicians for Human Rights (PHR), poniendo en duda las afirmaciones rusas acerca de que sus ataques son en gran parte dirigidos a Isis...
Presentación del despliegue aereo y otros datos relevantes para el ejercicio Trident Juncture 2015.
El Cairo; El bombardeo con artillería efectuado hoy por el Ejército de Israel sobre el área de Quneitra, en Siria, ha causado un número indeterminado de víctimas en las filas de las Fuerzas Armadas sirias, informó a Efe el Observatorio Sirio de Derechos Humanos.
¿Recuerdas que hace unos meses, concretamente el diciembre, hablamos del retorno del Spectrum gracias al nuevo Sinclair ZX Spectrum Vega? Pues bien, ya disponemos de fecha oficial de lanzamiento. Saldrá el próximo 24 de agosto a un precio de 99,99 libras (unos 140 euros), que es el que se había previsto inicialmente
Los desechables salen una fortuna para los magros salarios de la clase baja, golpeada por la inflación. Pero ese no es el único problema, tampoco hay jabón para lavar los reutilizables...
Los Mossos d'Esquadra ya no podrán liderar investigaciones fuera de Cataluña. Práctica habitual cuando un juez les otorga casos con tentáculos fuera de sus límites territoriales, ahora deberán ceder todas sus pesquisas a la Guardia Civil o la Policía Nacional cuando los sospechosos y sus rastros se encuentren fuera de la comunidad autónoma.
Derribar hoy para construir mañana… Para aplacar la ira de los colonos, el primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu, ha autorizado la construcción “inmediata” de 300 nuevas viviendas en el asentamiento de Beit El, en la Cisjordania ocupada. Este anuncio intenta calmar los ánimos tras la demolición de dos inmuebles en construcción, cumpliendo una decisión del Tribunal Supremo israelí.
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#174 No ha actuado bien, porque no ha exigido que estuviese al corriente del pago de la Seguridad Social, al igual que yo no se lo exijo a mi peluquera, ni se lo exijo a un club de fútbol cuando veo un partido por TV. Si se lo exigiese a todo el mundo no saldría del juzgado y tal como está eso de tener que pagar en el juzgado por culpa de Gallardón... no me sale a cuenta.
¿Y esa cita a la ley que incumple y por la que debe dimitir? aún estoy la esperando.
#157 Pero que te ha pasado ahora? Con lo bien que lo pasabamos con tu ridiculo?
#90 ¿Pero tu de verdad crees que ese recorte que has hecho me importa? Lo que esta claro es lo tuyo. No necesitas evidencias que no digan lo que quieres.
Y si... efectivamente... como tu mismo has recortado no tengo "Nada que añadir". Te retratas solito.
#40 Vaya, veo tu texto en gris ahora mismo, ya se han vuelto a cansar de tus sandeces los admins?
Que si, que todas las protestas que quieras, pero la guerra empezó por terrorismo ponían bombas, degollaban funcionarios, y como es normal cuando los soldados los tenían a tiro, les disparaban, en Siria, en Albacete y en Calcuta.
#88 Pero si he colgado un enlace al comentario entero... ¿A quien quieres engañar?
#90 ¿Pero tu de verdad crees que ese recorte que has hecho me importa? Lo que esta claro es lo tuyo. No necesitas evidencias que no digan lo que quieres.
Y si... efectivamente... como tu mismo has recortado no tengo "Nada que añadir". Te retratas solito.
#146 Cita, cita la ley que sea.
El dirigente de Podemos admite que "no hizo las cosas bien" al tener un asistente que no pagaba la Seguridad Social
Sí, efectivamentes. Reconocer que no se hacen bien las cosas, no implica que el que lo reconozca esté cometiendo delito. El obligado a pagar la Seguridad Social era el asistente, no Echenique, la culpa es culpa de su asistente.
Como si tú pides un cubata y no le pides ticket al del bar, sabes que no estás haciendo bien las cosas: deberías pedir ticket, no estás haciendo bien las cosas.
#174 No ha actuado bien, porque no ha exigido que estuviese al corriente del pago de la Seguridad Social, al igual que yo no se lo exijo a mi peluquera, ni se lo exijo a un club de fútbol cuando veo un partido por TV. Si se lo exigiese a todo el mundo no saldría del juzgado y tal como está eso de tener que pagar en el juzgado por culpa de Gallardón... no me sale a cuenta.
¿Y esa cita a la ley que incumple y por la que debe dimitir? aún estoy la esperando.
#137 Gracias por la seriedad. La responsabilidad, de acuerdo con este artículo, en ningún caso recaería sobre Echenique. Cito porque creo que no has querido leer el artículo (o eso me pareció leer antes).
"En primer lugar, el art. 8.2 ET establece la obligación de formalizar por escrito los contratos de trabajo por cuenta ajena cuando tengan duración determinada o sean a tiempo parcial. Si inicialmente el servicio de asistencia fue contratado con una empresa y con posterioridad el trabajador fue contratado directamente, sin cambiar la forma en la que se desarrollaban las tareas objeto de contratación, puede entenderse que no se modificó la naturaleza de la relación y, por tanto, si la relación no fue laboral en su inicio, tampoco existen indicios que permitan calificarla como laboral con posterioridad. Indicio de autonomía serían también la discontinuidad de la prestación de servicios, la escasa duración de la jornada y el que el asistente ofreciera sus servicios a otros clientes.
De esta forma, la relación entre el Sr. Echenique y la persona que lo asistía nunca estuvo bajo el ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores y, por ello, no se incurrió en las infracciones establecidas en la LISOS. Si, como parece, estamos ante una relación de trabajo autónomo, debe aplicarse la normativa específica contenida en el Estatuto del Trabajo Autónomo, cuyo art. 7 permite realizar los contratos de forma escrita o de palabra; esto es, ninguna norma obliga al Sr. Echenique y a su asistente a realizar contrato alguno por escrito. Con relación a las infracciones en materia de Seguridad Social, si la relación jurídica debe calificarse como un Arrendamiento de Servicios, el marco normativo aplicable es el que regula el Régimen Especial de Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que, como es sobradamente conocido, impone la obligación de cotizar a la persona que lo realiza, nunca al cliente."
¿O estás hablando de otro tipo de responsabilidad que no es la que se le imputa en la mayoría de noticias?
#95 #156 Hombre, el argumento que usa para desarrollar todo el artículo no tiene mucho sentido, la verdad.
Eso de que como Echenique tenía un contrato con una empresa y luego pasó ese contrato al asistente, la relación seguía siendo la misma (mercantil), en fin, no se sostiene mucho, poque ampliándolo podemos decir que, como en la relación que Echenique tenía con la empresa el asistente era trabajador laboralde esta, si prescindo de la empresa y contrato directamente al asistente deberé hacerlo igual que hacía la empresa: régimen laboral.
Y lo de que como el contrato era a tiempo parcial y por poco tiempo ya no es relación laboral...bueno, clama al cielo que un profesor de derecho laboral diga tamaña atrocidad.
#313 Si me llevo al camarero para que sirve esas cervezas en mi casa sí. Como es el caso
#404 xsigue siendo exactamente lo mismo: no es lo mismo que yo contrate a una empresa para qe su trabajador me realice un trabajo, que contrate yo, directamente, al trabajador para que haga ese trabajo.
en el primer caso le tiene contratado la empresa, en el segundo yo: sea el trabajo que sea.
#172 Yo lo veo como cosas secundarias en el articulo, y deja lo bueno para el final. El meollo esta en el final, y lo necesitas para el resto.
La clave es si un asistente personal para personas dependientes se considera trabajador del Hogar o no. Yo no lo tengo claro, porque tampoco tengo los conocimientos. Y hasta que un juez no hable no lo sabré.
#557 no se considera. Al final con este tema me estoy haciendo un cursillo intensivo, hace dos días no tenia ni idea de nada de esto. Me vendrá bien cuando me tengan que dar la papilla, pues los años no perdonarán
En cualquier caso, hay dos tipos de cuidadores:cuidadores profesionales y no profesionales.
Aquí la regulación del convenio de la ss para cuidadores no profesionales.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdec51635/index.htm
Seria el caso de un familiar que por cuestiones de la vida dedica un montón de tiempo al día a cuidar a un dependiente certificado como tal. Esto fue donde recorto el gobierno de Rajoy, ahora estos cuidadores se han de pagar la ss ellos mismos.
Tras la reforma del RD 20/2012, desde el 1 de enero de 2013 serán los propios cuidadores los que deben pagarse su convenio especial de la Seguridad Social y siempre con carácter voluntario.
http://www.citapreviainem.es/ley-de-dependencia-cotizacion-paro-cuidadores/
Entre los cuidadores profesionales están los contratados, bien en exclusividad como interno en un hogar cuidando a una persona dependiente, bien contratado en una residencia o centro de día, pero también los autónomos que tienen barios clientes que precisan de cuidados un tiempo muy limitado al día o a la semana.
Echenique cree que debía pagar el la se de su cuidador, pero hay dudas, pues su asistente estuvo antes contratado como profesional por una empresa y luego se hizo autónomo, dejó de pagar autónomos probablemente cuando perdió clientela y por lo tanto empezó a tener menos dinero cada semana. Es posible que al final ni siquiera fuese así.
#571 go to #567, #561, #558
No era trabajador del hogar, sino cuidador profesional autonomo. (Se deduce porque estaba contratado antes como tal por una empresa prestadora de servicios profesionales)
No cobraba trescientos euros al mes, porque no se ha dicho lo que cobraba, mas que el doble que cobra el mismo trabajador por hora contratado en una empresa.
No puedes hacerle contrato a una persona que viene unas horas indefinidas al mes o incluso no viene en periodos largos y no trabaja mas de 10 horas a la semana en ningun caso.
#572 #571 No era trabajador del hogar, sino cuidador profesional autonomo. (Se deduce porque estaba contratado antes como tal por una empresa prestadora de servicios profesionales)
A ver si lo entiendo que ando algo espeso. Deduces que era cuidador profesional a pesar de que ya no estuviera contratado como tal.
Seguramente no te has dado cuenta de la barbaridad que has escrito. Para tratar de iluminarte te contaré una anécdota que le ocurrió a un amigo que trabajaba en el SEPE. Un día acudió un tipo que quería cobrar su prestación por desempleo. Había estado trabajando como juez. No había aprobado la oposición. No era un juez de carrera. Simplemente había realizado una sustitución del juez titular. El tipo tenía muy malos humos y trató mal a la gente que le atendía. "Oiga yo soy juez", llegó a decir a uno de los funcionarios. La encargada escuchó esto y le dijo: "cuando a usted le contratan para ejercer de juez es juez, mientras tanto, es un parado como todos los demás que vienen aquí."
De verdad, da vergüenza leerte.
#125
¿Y?
La diferencia es que tu te pasas el dia exigiendo evidencias y tu ultimo comentario deja claro que lo que de verdad quieres son evidencias que te den la razon. Porque cuando no te la dan "No necesitas evidencias...".
#142 ¿Pero no decias que no habias leido el articulo? ¿Como sabes que son estupideces? ¿Por que son estupideces?
#157 Pero que te ha pasado ahora? Con lo bien que lo pasabamos con tu ridiculo?
#121 Si tu comprensión lectora es más que deficiente no es mi problema, es el tuyo.
Nunca me gustaron los extremistas egocéntricos como tú, para los que todo es blanco o negro según el tema le interese o no, en cambio el profesor del artículo deja una mínima puerta abierta con lo de "resulta bastante dudoso" a que alguien le demuestre lo contrario porque, tal y como pone en la entradilla, solo dispone de los "datos conocidos". El profesor que escribe el artículo argumenta con legislación, tú lo único que haces es agarrarte a una palabra que has malinterpretado.
Sigue agarrándote a tu clavo ardiente, es lo que hacen los bobos extremistas.
#110 No necesito evidencias
Nada que añadir señoria. cuñaomilitar se quita la careta. A partir de ahora en cada comentario que escribas exigiendo evidencias habar que pegarte este comentario.
#125
¿Y?
La diferencia es que tu te pasas el dia exigiendo evidencias y tu ultimo comentario deja claro que lo que de verdad quieres son evidencias que te den la razon. Porque cuando no te la dan "No necesitas evidencias...".
#142 ¿Pero no decias que no habias leido el articulo? ¿Como sabes que son estupideces? ¿Por que son estupideces?
#40 Vaya, veo tu texto en gris ahora mismo, ya se han vuelto a cansar de tus sandeces los admins?
Que si, que todas las protestas que quieras, pero la guerra empezó por terrorismo ponían bombas, degollaban funcionarios, y como es normal cuando los soldados los tenían a tiro, les disparaban, en Siria, en Albacete y en Calcuta.
#18 Hablar de terrorismo sin contexto es una falacia. Afina la pregunta porque si no esto parece un debate de párvulos.
Muy pocos derechos se han ganado/mantenido por la vía pacifica.
#93 ¿Que evidencia? Llevo todo el hilo pidiendote que refutes al autor. Pero te sigues negando con excusas pateticas.
No lo dudes. Trae la evidencia que quieras. Que yo si que me la leere y no saldre con chorradas como las tuyas.
#110 No necesito evidencias
Nada que añadir señoria. cuñaomilitar se quita la careta. A partir de ahora en cada comentario que escribas exigiendo evidencias habar que pegarte este comentario.
#125
¿Y?
La diferencia es que tu te pasas el dia exigiendo evidencias y tu ultimo comentario deja claro que lo que de verdad quieres son evidencias que te den la razon. Porque cuando no te la dan "No necesitas evidencias...".
#95 #156 Hombre, el argumento que usa para desarrollar todo el artículo no tiene mucho sentido, la verdad.
Eso de que como Echenique tenía un contrato con una empresa y luego pasó ese contrato al asistente, la relación seguía siendo la misma (mercantil), en fin, no se sostiene mucho, poque ampliándolo podemos decir que, como en la relación que Echenique tenía con la empresa el asistente era trabajador laboralde esta, si prescindo de la empresa y contrato directamente al asistente deberé hacerlo igual que hacía la empresa: régimen laboral.
Y lo de que como el contrato era a tiempo parcial y por poco tiempo ya no es relación laboral...bueno, clama al cielo que un profesor de derecho laboral diga tamaña atrocidad.
#313 Si me llevo al camarero para que sirve esas cervezas en mi casa sí. Como es el caso
#404 xsigue siendo exactamente lo mismo: no es lo mismo que yo contrate a una empresa para qe su trabajador me realice un trabajo, que contrate yo, directamente, al trabajador para que haga ese trabajo.
en el primer caso le tiene contratado la empresa, en el segundo yo: sea el trabajo que sea.
#172 Yo lo veo como cosas secundarias en el articulo, y deja lo bueno para el final. El meollo esta en el final, y lo necesitas para el resto.
La clave es si un asistente personal para personas dependientes se considera trabajador del Hogar o no. Yo no lo tengo claro, porque tampoco tengo los conocimientos. Y hasta que un juez no hable no lo sabré.
#557 no se considera. Al final con este tema me estoy haciendo un cursillo intensivo, hace dos días no tenia ni idea de nada de esto. Me vendrá bien cuando me tengan que dar la papilla, pues los años no perdonarán
En cualquier caso, hay dos tipos de cuidadores:cuidadores profesionales y no profesionales.
Aquí la regulación del convenio de la ss para cuidadores no profesionales.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdec51635/index.htm
Seria el caso de un familiar que por cuestiones de la vida dedica un montón de tiempo al día a cuidar a un dependiente certificado como tal. Esto fue donde recorto el gobierno de Rajoy, ahora estos cuidadores se han de pagar la ss ellos mismos.
Tras la reforma del RD 20/2012, desde el 1 de enero de 2013 serán los propios cuidadores los que deben pagarse su convenio especial de la Seguridad Social y siempre con carácter voluntario.
http://www.citapreviainem.es/ley-de-dependencia-cotizacion-paro-cuidadores/
Entre los cuidadores profesionales están los contratados, bien en exclusividad como interno en un hogar cuidando a una persona dependiente, bien contratado en una residencia o centro de día, pero también los autónomos que tienen barios clientes que precisan de cuidados un tiempo muy limitado al día o a la semana.
Echenique cree que debía pagar el la se de su cuidador, pero hay dudas, pues su asistente estuvo antes contratado como profesional por una empresa y luego se hizo autónomo, dejó de pagar autónomos probablemente cuando perdió clientela y por lo tanto empezó a tener menos dinero cada semana. Es posible que al final ni siquiera fuese así.
#571 go to #567, #561, #558
No era trabajador del hogar, sino cuidador profesional autonomo. (Se deduce porque estaba contratado antes como tal por una empresa prestadora de servicios profesionales)
No cobraba trescientos euros al mes, porque no se ha dicho lo que cobraba, mas que el doble que cobra el mismo trabajador por hora contratado en una empresa.
No puedes hacerle contrato a una persona que viene unas horas indefinidas al mes o incluso no viene en periodos largos y no trabaja mas de 10 horas a la semana en ningun caso.
#572 #571 No era trabajador del hogar, sino cuidador profesional autonomo. (Se deduce porque estaba contratado antes como tal por una empresa prestadora de servicios profesionales)
A ver si lo entiendo que ando algo espeso. Deduces que era cuidador profesional a pesar de que ya no estuviera contratado como tal.
Seguramente no te has dado cuenta de la barbaridad que has escrito. Para tratar de iluminarte te contaré una anécdota que le ocurrió a un amigo que trabajaba en el SEPE. Un día acudió un tipo que quería cobrar su prestación por desempleo. Había estado trabajando como juez. No había aprobado la oposición. No era un juez de carrera. Simplemente había realizado una sustitución del juez titular. El tipo tenía muy malos humos y trató mal a la gente que le atendía. "Oiga yo soy juez", llegó a decir a uno de los funcionarios. La encargada escuchó esto y le dijo: "cuando a usted le contratan para ejercer de juez es juez, mientras tanto, es un parado como todos los demás que vienen aquí."
De verdad, da vergüenza leerte.
#137 Gracias por la seriedad. La responsabilidad, de acuerdo con este artículo, en ningún caso recaería sobre Echenique. Cito porque creo que no has querido leer el artículo (o eso me pareció leer antes).
"En primer lugar, el art. 8.2 ET establece la obligación de formalizar por escrito los contratos de trabajo por cuenta ajena cuando tengan duración determinada o sean a tiempo parcial. Si inicialmente el servicio de asistencia fue contratado con una empresa y con posterioridad el trabajador fue contratado directamente, sin cambiar la forma en la que se desarrollaban las tareas objeto de contratación, puede entenderse que no se modificó la naturaleza de la relación y, por tanto, si la relación no fue laboral en su inicio, tampoco existen indicios que permitan calificarla como laboral con posterioridad. Indicio de autonomía serían también la discontinuidad de la prestación de servicios, la escasa duración de la jornada y el que el asistente ofreciera sus servicios a otros clientes.
De esta forma, la relación entre el Sr. Echenique y la persona que lo asistía nunca estuvo bajo el ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores y, por ello, no se incurrió en las infracciones establecidas en la LISOS. Si, como parece, estamos ante una relación de trabajo autónomo, debe aplicarse la normativa específica contenida en el Estatuto del Trabajo Autónomo, cuyo art. 7 permite realizar los contratos de forma escrita o de palabra; esto es, ninguna norma obliga al Sr. Echenique y a su asistente a realizar contrato alguno por escrito. Con relación a las infracciones en materia de Seguridad Social, si la relación jurídica debe calificarse como un Arrendamiento de Servicios, el marco normativo aplicable es el que regula el Régimen Especial de Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que, como es sobradamente conocido, impone la obligación de cotizar a la persona que lo realiza, nunca al cliente."
¿O estás hablando de otro tipo de responsabilidad que no es la que se le imputa en la mayoría de noticias?
#95 #156 Hombre, el argumento que usa para desarrollar todo el artículo no tiene mucho sentido, la verdad.
Eso de que como Echenique tenía un contrato con una empresa y luego pasó ese contrato al asistente, la relación seguía siendo la misma (mercantil), en fin, no se sostiene mucho, poque ampliándolo podemos decir que, como en la relación que Echenique tenía con la empresa el asistente era trabajador laboralde esta, si prescindo de la empresa y contrato directamente al asistente deberé hacerlo igual que hacía la empresa: régimen laboral.
Y lo de que como el contrato era a tiempo parcial y por poco tiempo ya no es relación laboral...bueno, clama al cielo que un profesor de derecho laboral diga tamaña atrocidad.
#313 Si me llevo al camarero para que sirve esas cervezas en mi casa sí. Como es el caso
#172 Yo lo veo como cosas secundarias en el articulo, y deja lo bueno para el final. El meollo esta en el final, y lo necesitas para el resto.
La clave es si un asistente personal para personas dependientes se considera trabajador del Hogar o no. Yo no lo tengo claro, porque tampoco tengo los conocimientos. Y hasta que un juez no hable no lo sabré.
#557 no se considera. Al final con este tema me estoy haciendo un cursillo intensivo, hace dos días no tenia ni idea de nada de esto. Me vendrá bien cuando me tengan que dar la papilla, pues los años no perdonarán
En cualquier caso, hay dos tipos de cuidadores:cuidadores profesionales y no profesionales.
Aquí la regulación del convenio de la ss para cuidadores no profesionales.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Supuestosespeciales/Convenioespecialdec51635/index.htm
Seria el caso de un familiar que por cuestiones de la vida dedica un montón de tiempo al día a cuidar a un dependiente certificado como tal. Esto fue donde recorto el gobierno de Rajoy, ahora estos cuidadores se han de pagar la ss ellos mismos.
Tras la reforma del RD 20/2012, desde el 1 de enero de 2013 serán los propios cuidadores los que deben pagarse su convenio especial de la Seguridad Social y siempre con carácter voluntario.
http://www.citapreviainem.es/ley-de-dependencia-cotizacion-paro-cuidadores/
Entre los cuidadores profesionales están los contratados, bien en exclusividad como interno en un hogar cuidando a una persona dependiente, bien contratado en una residencia o centro de día, pero también los autónomos que tienen barios clientes que precisan de cuidados un tiempo muy limitado al día o a la semana.
Echenique cree que debía pagar el la se de su cuidador, pero hay dudas, pues su asistente estuvo antes contratado como profesional por una empresa y luego se hizo autónomo, dejó de pagar autónomos probablemente cuando perdió clientela y por lo tanto empezó a tener menos dinero cada semana. Es posible que al final ni siquiera fuese así.
#16 ves la diferencia entre Echenique y lo de este señor.
en este un fiscal planta una querella, un fiscal no puede acusar sin pruebas(con pruebas falsas si pero esto es otro cantar)
con Echenique no he leído aun ninguna demanda ni nada de fiscalía, a lo mejor no violo ninguna ley.
p.d. positivo , vas progresando
#165 Si hubiera querido leerme ese rollo friegapifias habría entrado al meneo.
Soy demasiado listo y paso de perder el tiempo con lloriqueos.
Él ya ha dicho que hizo mal... Ojalá le hubiera asesorado el tipo este del meneo y así hasta podría sacar pecho.