#4 Leí/oí una vez que le pitaron una técnica en un partido de los Lakers por entrar en la pista a abroncar al árbitro. No sé si es verdad, pero me gustaría pensar que sí
#27#28 Sigues dirigiéndote a mi con poco respeto y como si estuvieses enfadado, llevo en mename dedes 2009, he hecho muchas portadas (150) de los más variados temas, te dejo el último envío que lo fue (hace 2 días), y no estoy aquí para pelearme:
#24 Yo no tengo ídolos, escríbeme con respeto por favor, soy apolítico, o mejor dicho creo que los políticos en general están para enriquecerse, lo dicho por favor, escríbeme con respeto.
Aquí las tienes todas. Y que sepas que aunque se demuestre que has mentido, no tienes que devolver todas las ventajas que hayas conseguido durante el tiempo en el que has "sido victima de violencia de género".
Página 10 final y principio de la 11
"El beneficio de justifica gratuita se perderá en caso de sentencia absolutoria firme o archivo firme del procedimiento penal, sin la obligación de abonar el coste de las prestaciones disfrutadas gratuitamente
hasta ese momento."
#11Poner al perro en cuarentena era lo correcto y lo sensato, pero algún encargadillo decidió que sacrificarlo y no se hable más, sin ni siquiera hacer un miserable análisis al bicho.
Hombre, encargadillo... Te podíamos hacer caso a él o a ti. Me quedo con él, para que engañarnos. Encima con ningún sitio homologado para la cuarentena.
La Comunidad de Madrid alegó, por su parte, que se solicitó en ese momento opinión a José Manuel Sánchez-Vizcaíno, director del laboratorio de referencia para peste equina y porcina africana de la Organización Mundial de Sanidad Animal, y catedrático de la Complutense. Éste respondió que «no existen muchas publicaciones científicas sobre el tema» y que «los hallazgos inmunológicos evidencian la infección de los cánidos por el virus del ébola con clínica asintomática, no descartándose que pueda excretar partículas virales en orina, heces y saliva por un periodo corto...
#26 Y el que justifica que mataran a un perro a pesar de no haber evidencias clínicas en toda la historia de que enfermen o contagien no es gilipollas?
#3 Lleva desde diciembre... en diciembre ya se puso coto a los contratos temporales. Las empresas ya llevan meses adaptandose a la nueva normativa. El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre establece la desaparición de la posibilidad de celebrar contratos para obra o servicio determinado, modalidad contractual fuertemente cuestionada por las jurisprudencias interna y comunitaria. Aún así, se establece un periodo transitorio de 3 meses para que las empresas puedan adaptar los contratos por obra o servicio a la nueva norma. Y vaya si se adaptaron; para finales de enero ya se batían récords ...en e les siguiente mas de lo mismo..
Ya apareció esto hace uno días y el comentario de uno del "extremo centro", negando lo innegable, para afirmar que solo llevaba unos días en vigor y que la noticia era "falsa" llego a mejor valorado sin que los admin no hicieran nada ... un bulo como comentario destacado.
#1 Yo creo entender que la intención no es penalizar al deportista sino al país que representa. Entiendo que el deportista es un "daño colateral" de es representación.
Al final, como en todo deporte, el deportista "nacional" representa al país. Es como cuando juega "La roja", lo hace representando a España.
#86 Perdón? Solo pretendo hacer ver que para que exista un delito se deben dar una serie de circunstancias que completen la tipicidad de lo injusto de ese delito. En el tipo de de lo injusto de los delitos propios de omisión dolosos (no existen los imprudentes en el Código Penal), el sujeto ha de omitir la acción de modo intencionado, consciente y voluntario. El tipo objetivo de ese delito implica que se de la situación típica (alguien necesita socorro), que exista la posibilidad de cumplir el mandato (tener las capacidades personales y los medios para hacerlo) y no realizar ninguna acción tendente a cumplir el mandato de socorrer. El tipo subjetivo implica el dolo (conocimiento de la situación típica y conciencia de disponer de medios y capacidades para socorrer). Si alguno de esos requisitos no se da, no existe el delito. Como no se saben la exactas circunstancias del atropello, no puedo aventurarme a asegurar la comisión de un delito. Por ejemplo, siendo de noche, puede haber sido un camión que golpeara a la víctima sin haberse enterado de ese golpe. Si no se conoce la situación típica (alguien necesita socorro), no se puede imputar el delito de omisión de socorro. Por eso hay que investigar y si se demuestra que se cumplen los requisitos que completan el tipo del delito, pues que se condene. No sé a qué viene lo de que quiero que me hagan casito. Solo quiero aportar mi grano de arena, ya que conozco el Código Penal y cómo funciona la atribución de la responsabilidad penal.
#27 Te he puesto en copia porque participabas en el hilo. Nada más. Creo que te estás poniendo a la defensiva demasiado rápido. No he dicho nada contra ti ni te he acusado de nada.
#17 Mi comentario va más bien para mostrar que esta periodista también sabe plegarse al discurso oficial si hace falta. Te invito a leer la edición de mi comentario mientras tú respondías.
(edit: Dicho esto, es de reconocer cuando un periodista occidental se acuerda de lo que hace Arabia Saudí en Yemen. Aunque se olvide de que las armas las suministramos todos los españoles. Rubiales, ella y nosotros incluidos)
#61 Venga, si te sientas un rato y piensas con calma, seguro que eres capaz de encontrar diferencias entre la ganadería y la caza.
No te preocupes, no vas a tener que pasar ningún examen al respecto.