edición general
--65244--

--65244--

En menéame desde diciembre de 2007

5,94 Karma
736K Ranking
Enviadas
Publicadas
Comentarios
Notas

El Tribunal Supremo condena a Irene Montero a indemnizar con 18.000 euros al exmarido de María Sevilla por presentarle como un maltratador [467]

  1. #29 Y con que van a atacar a Yolanda exactamente? Porque la cuestión es que los "ataques" y campaña que han convertido a Montero en un cadáver político han sido a raíz de sus actos.
    Mira como cuando los llamaban "Venezueta del norte" la campaña mediática no funcionaba, y ahora que lo que dicen de ellos es verdad, el partido está al borde de la desaparición.

Fuentes de Podemos confirman a Canal Red que, en menos de 24 horas, más de 50.000 militantes del partido han votado en la consulta. Si llega a haber primarias… [52]

  1. #24 Tampoco es lo mismo militantes que votantes. De todos modos, en Vistalegre II hubo más de 150.000 votos, y mira lo que queda ahora...
  1. Que sí, que Podemos tiene mucha base, mucho simpatizante que vota en las consultas, pero por alguna razón, no tiene votantes como para tener una representación significativa por sí solos.

¿De dónde salió la materia que dio origen al Big Bang? | Las científicas responden [7]

  1. ¿De dónde? Es una pregunta complicada, sobre todo porque "antes" del Big Bang, no tenemos indicios de que existiera "dónde". Tampoco de que existiera "cuando".

Hace justo un año estaba saliendo de la cárcel, después de tres días atroces incomunicado [49]

  1. #_47 cc #40 Eres una de las personas más tristes que me he cruzado en décadas de internet. No me quiero imaginar cómo es vivir en tu cabeza. Te crees que la gente se organiza contra tí por el mero hecho de que negativicen las tonterías y mentiras que repites una y otra vez. Que pereza de persona.

    Por cierto, aplaudo tu cobardía, ya que mi único strike fue por decirte de manera sincera lo que pienso de tí. Reitero el sentimiento de aquel mensaje!

    Suerte en la vida, que falta te hace!

Se cae la web de la consulta de Podemos sobre el pacto con Sumar [38]

  1. #3 Yo creo que Sumar acepta integrar a Podemos, pero sin ciertos activos muy visibles y muy tóxicos. Es decir, diluir a Podemos pero sin condenar su marca electoral con Irene Montero o Pablo Echenique. Y por eso hacen esta consulta ahora, para justificar más adelante el "dar un paso atrás para que pueda haber la coalición que quiere la militancia".

Hace justo un año estaba saliendo de la cárcel, después de tres días atroces incomunicado [49]

  1. #35 Y por eso esta página es una fracción de lo que fue en términos de usuarios, por un sistema que en un vacío funciona, pero que es explotado y manipulado por grupos de usuarios organizados, aunque vaya contra las normas, ya que hay absoluta impunidad. Cada día que pasa entra menos gente, ya que solo quedan cibervoluntarios en busca de cámara de eco, o los que llevamos aquí tanto tiempo que tenemos síndrome de estocolmo.

    Algún día habrá que tomar la decisión sana y partir a pastos más verdes, por difícil que sea.

Podemos presiona y advierte de que las negociaciones con Sumar “van muy tarde” [47]

  1. Vale, pues si es muy tarde, hasta aquí. Ya ves que problema tenemos muchos de los que queremos votar a Sumar en que vayan sin Podemos...

El Supremo avala las rebajas de penas por la ley del "solo sí es sí" y rechaza el criterio de la Fiscalía [315]

  1. #_236 Pero que dices? Si a los pocos días de la reforma del PPPSOE (que entró en vigor el 27 de abril) se publicó la última remesa de datos (el 3 de mayo).

    Exhibes la ignorancia más beligerante que he visto en toda mi vida, y mira que existe la gente de vox en este mundo.
    EDIT: ah cierto, que este mermado también me tiene en la cueva del ignore a mí, como a todo el que ose contradecirle). Me cuelgo de #235
  1. #189 Eso no son cagadas, en tanto son actos realizados por malicia y no por incompetencia. No comparemos resultados deliberados y accidentales.

    Si a un cirujano le tiembla el pulso y se le muere el paciente es una cagada; si un asesino logra que se muera su víctima, es un éxito.
  1. #163 A mí esa interpretación que resaltas me enfurece mucho, hasta el punto de que me gustaría explorarlo en un artículo:

    Parece que últimamente es muy prevalente entre los incompetentes de izquierdas el pensar que todos los de izquierdas somos incompetentes, como ellos. Solo algo así justifica los argumentos del complot que se dan tanto para el resultado de la aplicación de esta ley como los resultados electorales, entre otras muchas situaciones.

    Centrándose en la aplicación de esta ley, la narrativa que sostienen implica que aún habiendo gobernado durante la mitad de la democracia, todas las estructuras de poder del estado son franquistas. Unanimidad en el Supremo: para sostener el argumento de "son machistas", hay que tener internalizada la idea de "la izquierda es tan incompetente que pese a ser medio país, nadie de izquierdas llega arriba". Más incompetencia aún la que es necesario creer que hay para, sosteniendo dicha narrativa, realizar actos que delegan las decisiones en quienes dicen que conspiran contra tí, a la vez que descarga la responsabilidad sobre uno mismo.

    El mismo argumento con las campañas mediáticas: "es que todos los medios son de derechas". Es una narrativa que solo se sostiene en un mundo en el que la izquierda carece totalmente de agencia, y no es más que un espectador de su propia historia, a la deriva marcada por el viento que decidan soplar los medios. Lógicamente es una opción extremadamente cómoda, pues a quien la sostiene le aleja de cualquier responsabilidad, pues no está haciendo otra cosa que vivir su destino, pero que es insultante.
  1. #119 Si, me di cuenta. Como menciono, un problema surge únicamente a raíz del otro, que aunque puede responder a una intencionalidad como bien dices (no cuestionar la resistencia, cosa que realmente la ley no consigue, únicamente hace que dicha cuestión no afecte a la elección del tipo penal), da un resultado que a nivel penal es bastante negligente, que es retirar la progresividad del tipo. De hecho, el recién renovado TC admitió a trámite la cuestión de constitucionalidad planteada por VOX al respecto (que no quiere decir que tengan razón, pero si es digno de estudiarse).

    Al final, es cierto que no se emitió informe alguno sobre la ausencia de disposición transitoria. Que esto fuese por auténtica negligencia, o por creer que se iba a tener en cuenta su informe para solucionar la cuestión de fondo, es algo que no sabemos, y dudo que lleguemos a saber. En cualquier caso, una cagada con evidentes resultados.
  1. #87 Es un problema mixto, no de una cosa o la otra. Sin esa indiferencia valorativa no podría haber rebajas, pues la nueva ley no impondría penas mínimas menores para lo que antes era delito de agresión. Pero una vez presente esa equiparación de tipos, la cuestión de las rebajas de sentencia firme se podría haber parado incluyendo una DT de revisión de penas, como hacen todas las reformas del CP que disponen penas inferiores.

    De la ausencia de disposición transitoria no avisaron, cierto es, pero una vez que manifiestas que te es indistinto un tipo penal o el otro, sólo cabe razonar que es la voluntad del legislador que se aplique dicho tipo a todo el que cometa un delito u otro.

    En cualquier caso, si hubiesen solucionado el problema mencionado por el CGPJ, el problema de la transitoria no hubiese existido. Quizás informaron considerando que dicha indiferencia se solucionaría, y por lo tanto no sería necesaria la DT, al no reducirse el marco penológico en su parte inferior (o intermedia). Es un fallo no haberlo apuntado, sobre todo teniendo en cuenta el resto de la ley, pero más grave es haberlo aprobado.
  1. #64 También habla de la indiferencia valorativa del tipo refundido, diciendo exprasamente:

    Por un lado, puede tener un efecto de desprotección de las víctimas, pues para el autor del delito no tendrá mayores consecuencias emplear un medio comisivo más lesivo que otro de intensidad menor. Para evitarlo sería necesario prever una modalidad agravada de agresión sexual cuando concurra un medio comisivo especialmente lesivo (claramente, con violencia, con amenazas), imponiendo la pena en su mitad superior.
  1. #53 Pues todos esos "adalides de la firmeza" como me gusta denominarlos, que repetían incansablemente en cada comentario que los datos de rebajas eran fake news por no ser sentencias firmes, y que ya llegaría el Supremo a revocar esas rebajas, ya que las tenía todas recurridas la fiscalía.
  1. #43 Y encima de dicha ausencia de gradación ya avisó el CGPJ en 2021:
    "La creación en el artículo 178 del Código Penal de una única categoría delictiva de agresión sexual que aglutina lo que hoy constituyen dos tipos distintos, el de agresión sexual y el de abusos sexuales, conlleva -según señala el informe - una indiferencia valorativa de los medios comisivos que choca con el principio de proporcionalidad en una doble dirección:"

    El informe recoge explícitamente que esta indiferencia en el tipo refundido puede conducir a que se penalicen menos conductas más graves, y a lo contrario, a que se impongan penas mayores a conductas menos lesivas. Más allá de las máximas y mínimas, esa indiferencia valorativa es legislar de manera perezosa, más si cabe haciéndolo desde una posición que sostiene que "los jueces están contra mí" (lo cual agrava aún más la deficiente técnica legislativa).
  1. #37 Se te ve puesto en el tema, considerando que aplicar la nueva legislación (manteniendo el mismo razonamiento de sentencia) es rejuzgar el caso (cuando en tu mensaje anterior te quejas de que no rejuzguen el caso).

    El nuevo delito es un único delito, y dentro de su texto no se especifica que haya unas conductas más graves que otras en relación a la gradación previa. Que tu quieras aplicar los razonamientos de la ley anterior a la nueva no quiere decir que la legislación contenga dicha gradación.

    La cuestión es simple: si te condenan a la mínima imponible al hecho, y la nueva ley define una mínima imponible al hecho menor, en ausencia de disposición transitoria, corresponde rebaja de la pena. Y desde la barra del bar tacharas de incompetentes a la mayor parte de juezas y jueces de lo Penal de este país, incluída la totalidad del Supremo, pero por suerte tu opinión expresada desde un total desconocimiento de la ley no cuenta, y la suya sí.
  1. #27 No te he respondido a la cuestión de Mónica Oltra por dos motivos:
    - No estoy suficientemente informado al respecto del caso, y no acostumbro a opinar sobre aquellas cuestiones sobre las que no tengo ni idea.
    - No es relevante al tema que trata la noticia, que es un debate técnico jurídico bastante más transversal que un caso particular.

    Por otro lado no he dicho que el lawfare no exista. Pero ya veo cómo vas de comprensión lectora.
  1. #21 La decisión es la esperable: llevan fallando así desde la STS 4677/2022. Han rebajado un total de 20 condenas antes de este pleno, en cuestiones que les correspondían a ellos directamente. Creer que el criterio iba a cambiar es ilusorio, y creer que es lawfare es meter la cabeza en el suelo como una avestruz.
  1. #17 Paletos con toga según tú, pero al menos saben que no pueden ejercer el arbitrio judicial en revisión de sentencia, sino que tienen que aplicar el razonamiento penológico original a la nueva legislación, determinando así la nueva pena. Volver a determinar la gravedad del delito en revisión de sentencia sería rejuzgar el caso, y es ilegal.

    Por cierto, acabas de llamar paletos con toga a todos los magistrados del Supremo, pues todos ellos han rebajado sentencias en aplicación de la nueva ley.
  1. #8 Claro, fijaron este pleno el 6 y 7 de Junio a principios de Abril con la clara intención de afectar a las elecciones que iba a adelantar el gobierno. Es una experiencia piloto de "pre-crimen", en la cual vislumbraron el futuro para prever el adelanto y así realizar el lawfare en la fecha óptima. xD
  1. #2 Y es que así es: la LO 10/2022 tiene algunos fallos de técnica legislativa deficiente. Refunde dos conductas diferenciadas sin establecer gradación alguna entre ellas (delega por completo dicha gradación al arbitrio judicial), y no incluye DT que regule la consideración de más beneficiosa, como si incluyen otras reformas anteriores del CP.

    Pese a esto supone un avance en otros aspectos, como por ejemplo medidas de protección, asistencia psicológica a las víctimas, o asesoramiento jurídico gratuito, sin necesidad de presentar denuncia necesariamente.
  1. Como cabía esperar, ya que es lo mismo que venían haciendo en recursos de casación. A ver ahora a qué instancia judicial se encomiendan los que afirmaban incansablemente que al final se iban a revocar todas las rebajas, sin fundamentar dicha afirmación en la realidad.

El Supremo avala la mayoría de las rebajas de penas a delincuentes sexuales aplicando la ley del 'solo sí es sí [2]

  1. Descarto por dupe (2 minutos de diferencia, pero dupe igualmente): www.meneame.net/story/supremo-avala-rebajas-penas-ley-solo-rechaza-cri

La lista más votada [6]

  1. Lo de "la lista más votada" es una gilipollez tremenda en un sistema representativo con múltiples partidos.
    Escenario: 8 fuerzas políticas con una ideología cercana entre sí, 1 fuerza política con una ideología radicalmente opuesta. Cada una de las 8 fuerzas políticas similares saca 10 escaños, mientras que la que tiene ideología opuesta a las otras 8 saca 15. ¡Un 50% más que la segunda lista más votada!
    Pero creo que es evidente que la mayoría de la población en dicho ejemplo no quiere a dicha fuerza.

    Por no marear la perdiz: si quieren que gobierne la lista más votada, que reformen la constitución, mientras tanto vivimos en un sistema parlamentario en el cual el parlamento elige al gobierno, siendo totalmente normal (y esperado) que realicen pactos entre sí.

menéame