En realidad, repito que cuando el Supremo se refiere a "interés informativo" no se refiere a "que interese a la sociedad", sino que esta información está amparada constitucionalmente y, en caso de que se vulnerara algún derecho, probablemente se ponderaría a favor de la libertad de la información y el medio no tendría que pagar ningún tipo de indemnización.
Imagina que no es esta foto, sino otra en la que la modelo realmente ha buscado alejarse de cualquier mirada. Si se considera que el topless es "de interés informativo para los medios frívolos" no se vulneraría nunca, bajo ningún concepto (así de tajante), la intimidad de la otra persona.
Sinceramente, yo creo que lo peor es la actitud del gerente. Si es un problema técnico, vale, se comprende... pero al menos compensa a tus clientes, que han pagado por ir a verla... ¡con lo que cuesta el cine hoy!