#5 Pasar de la queja a la escoba es la respuesta: Barrera a esta gentuza de todos los resortes que controlan pasan por fortalecer alternativas políticas y sindicales que den caña.
#151 Se llame referéndum, consulta, pregunta ciudadana, incógnita, o pepito grillo, no deja de ser un maldito referéndum. Los juegos de palabras son meras gilipolleces, cuando estamos hablando de un concepto. Un concepto constitucional, que me parece aberrante, pero que está vigente. La ley aprobada no es constitucional porque contradice una ley de orden superior, y por tanto la consulta basada en esa ley también es ilegal. Lo miremos como lo miremos. Lo llamemos como lo llamemos. Como si lo quieren llamar con su nombre en suahili, es ilegal y no hay más vuelta de hoja.
Otra cuestión es que el gobierno catalán o la sociedad catalana se quiera jugar el tipo, que está en su derecho bajo pena de sanción. Y si finalmente deciden declarar la independencia, otra vez será ilegal, pero es que dará absolutamente igual. En cuanto quieran decidirlo serán independientes y punto. No pagarán impuestos al Estado español. No rendirán cuentas a nadie. Establecerán sus propios mecanismos. Es tan sencillo como eso. Otra cosa son las decisiones que tomen el resto de países, incluido España, con respecto a dicha independencia, y que finalmente les convenga.
#5 La gente es cerda si pero eso pasa en toda fiesta, luego pasa la limpieza y se limpia lo que dejaron los cerdos, para eso pagamos impuestos tambien.
Lo que claro eso es un botellon y eso es malo. No me lo pase yo bien en los botellones de joven y aun ahora con 35 años como para que los prohíban.
Otras fiestas dejan más mierda o de otro tipo y más no hay problema. Además son fiestas puntuales, no es que se este todas las semanas llenando de mierda la playa.
#5 prohibamos conducir porque hay gente que conduce mal, prohibamos beber porque hay gente que pega a su mujer cuando bebe... prohibamos todo y todo se hará bien no hará falta hacer nada bien porque no se podrá.
#54 No me cuentes historieras, te retratas cuando llamas "gabacho" (por cierto, con minúsculas) a alguien.
Me he reído de ti porque te molesta más que France2 haga reportajes negativos sólo de empresas francesas que el triste hecho de que ninguna cadena española haya hecho un reportaje como este sobre Inditex, lo cual como español que soy encuentro bastante alarmante.
Ahora me río porque te lo he tenido que explicar 2 veces. La tercera voy a empezar a sentir pena...
Qué triste es que ante críticas a empresas por explotadores salte gente como #2, dando a entender que mientras crees puestos de trabajo puedes hacer lo que te salga de los huevos porque oye, el que viene criticándote (que si no uses un látigo tan largo, que si no lo tengas empapado de orín) no va a crear puestos de trabajo nuevos, así que punto en boca. La cosa es que su cerebro ha saltado por ahí sin llegar a darse cuenta de todos los puestos de trabajo que Inditex ya ha destruido (las condiciones injustas destruyen empleo: menos contratados y cada uno con menos sueldo, por lo que puede gastar menos) y asumiendo que las alternativas son esclavismo o paro, sin ningún punto medio.
Luego nos preguntamos que porqué somos un país de lacayos y caciques... Ahí tenéis la predisposición a lamer el ojete del que te paga un jornal injusto, bien atornillada en nuestra cultura.
También me parece digna de comentar la reacción de, por ejemplo, #33, quien se queja de que una televisión francesa investigue a una empresa española pero no de que la prensa española no lo haga. Para más ironía menciona la paja en el ojo ajeno.
#25 Los Juzgados Centrales de Instrucción (popularmente englobados en la AN) no son superiores jerárquicos de ningún Juzgado de Instrucción de España, insisto. Su superior jerárquico es la Sala de lo Penal de la AN y de ésta, a su vez, el Tribunal Supremo, que es el superior jerárquico común de ambos.
#28 Efectivamente lo que dijo el JCI fue eso. Y el Juzgado de Instrucción dice que sí hubo delito contra las instituciones del Estado.
A nivel procesal, al que me refería en #24, el JCI declina la competencia del asunto porque califica los hechos como delitos de atentado, lesiones, resistencia, desobediencia y desórdenes públicos y éstos son competencia de los Juzgados de Instrucción ordinarios. El Juzgado de Instrucción de Madrid, en cambio, lo califica, además de los delitos antedichos, como el mencionado delito contra las instituciones del Estado y estima que el competente para conocer es el JCI. Ambos Juzgados niegan la competencia para conocer, por uno u otro motivo, por lo que es una cuestión de competencia de libro.
Sobre el fondo del asunto, no tengo datos para opinar. No, los medios de comunicación en el ámbito jurídico son muy poquito fiables. El que el Congreso diga que no afectó, puede no ser definitivo para la calificación, ya que se podría considerar una tentativa, habría que ver el asunto en profundidad, el informe de la policía, la convocatoria efectuada por los promotores de la manifestación, etc. El dividir la continencia de la causa (que el JCI investigue un delito y los de Instrucción de Madrid el resto) es dudoso también, ya que podría estimarse una conexidad entre ellos.
De todos modos, este asunto de la competencia es mucho más común de lo que podéis suponer. Y más con los JCI por medio, que son una máquina de rebotar asuntos a Juzgados de Instrucción, como dice #26, por cuestiones de volumen de trabajo.
#24 no tienes razón. En ningún caso la AN dijo que no era competente. Lo que hizo la AN fue indicar que el delito del que sí es claramente competente (ni la AN ni el Juzgado de Instrucción lo discuten) no se produjo (no porque lo diga él, sino porque el propio Congreso así lo indica, al reconocer que no afectó al normal desarrollo). Yo no veo conflicto de competencia por ningún lado.
Además, la jueza no lo hace bien, ella puede juzgar el resto de delitos si quiere (el otro no, es competencia de la AN) pero le quiere pasar la patata caliente y subirlo a la AN sin que haya base legal para ello. Ahí es cuando se produjo el conflicto de competencias, al hacer la jueza como si no tuviese competencias para juzgarles, cuando es claro que sí lo tiene (yo veo indicios de prevaricación, ya que no justifica legalmente su empecinamiento).
#3 "el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, renunciando a su anterior nacionalidad, salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal."