#18 En caso de que en el contrato se refleje el número concreto de días de vacaciones anuales, sería plausible (en caso de despido o baja voluntaria) que se minore la cantidad correspondiente si se han disfrutado más días de los devengados a esa fecha? Un saludo
#28 El pase a situación de excedencia se comunica tanto a la Seguridad Social como al SEPE. A la SS según la clave de la baja (no es la misma para un fin de contrato o un despido o una excedencia) y al SEPE con la clave que se marca en el certificado de empresa que se les envía telemáticamente. No se les escapa nada.