#47 Lee bien el articulo que envias (Muy interesante, por cierto). La declaracion del estado de alarma y su primera prorroga fueron absolutamente constitucionales:
"En palabras del propio TC «una limitación de la circulación de las personas durante determinadas horas de la noche, en concreto desde las 23:00 hasta las 6:00 horas, debe reputarse como una medida adecuada para combatir aquella evolución negativa de la pandemia, toda vez que, de ese modo, se hizo frente a una situación de riesgo que había sido detectada como favorecedora de los contagios, la de los encuentros sociales producidos en aquellas horas de la noche del tiempo anterior al estado de alarma.» A juicio del TC se considera la medida como «proporcionada a la consecución de un fin constitucionalmente legítimo y de interés general para la comunidad social como era el de la preservación de la vida (art. 15 CE) y de la salud pública (art. 43.2 CE)."
La sentencia de inconstitucionalidad viene de hacer a los presidentes de las CCAA "Autoridades competentes delegadas", que es EXACTAMENTE lo que menciono en mi comentario, ya que en un estado de alarma el gobierno y el congreso se convierten en unicas autoridades competentes y deben asumir toda la responsabilidad.
"Según menciona el TC esta remisión es inconciliable con la posición constitucional que hubiera correspondido al Gobierno, de ser admisible tal delegación, porque únicamente corresponde a éste, en cuanto “Autoridad competente” para la gestión de las medidas oponibles a la situación de anormalidad propiciada por el estado de alarma, responder de aquella gestión ante el Congreso de los Diputados. Por tanto, esta responsabilidad constitucional únicamente tendría que haber correspondido al Gobierno según dice el propio Tribunal."
O lo que es lo mismo: Repartir culpas.
El otro unico punto de inconstiticionalidad es con repecto a la prorroga, que obviamente no se puede extender… » ver todo el comentario
#12 Ninguno. El gobierno tiene competencia absoluta para actuar en cualquier emergencia en cualquier punto del pais, eso si, asumiendo el control y mando de la operacion. Solo hay que declarar el Estado de Alarma y listo:
El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo ciento dieciséis, dos, de la Constitución podrá declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad.
a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
#15"Corresponde al Presidente del Gobierno la dirección de la política de defensa y la determinación de sus objetivos, la gestión de las situaciones de crisis que afecten a la defensa y la dirección estratégica de las operaciones militares en caso de uso de la fuerza"
#98 Si es leche de fórmula evidentemente lo cojo de donde sea, porque sería hurto famelico y no está penalizado. Pero intentaría organizar un grupo de autogestion, como el que hizo una vecina en el supermercado.
Los detenidos no estaban robando pañales si no relojes, joyas, consolas y ropa deportiva.
#84 Si, claro. En un estado de emergencia los recursos disponibles deber ser recolectados y almacenados por las autoridades, para ser distribuidos según las necesidades de cada uno.
Ir a tu bola, robar tu parte y que le den por el culo a los demás es ser un hijo de puta egoísta, además de, efectivamente, un delito de pillaje.
Y si las autoridades no lo hacen, para eso están los comités ciudadanos de voluntarios.
#40 No se trata de robar un Ipad. Se trata de mantener el orden civil. Si no cortas por lo sano los inicios del pillaje, en poco tiempo puedes tener a bandas robando en domicilios o saqueando vehículos.
#143 Por eso te digo que te "podria denunciar". La judicatura no actua de oficio en una calumnia. Lo que dices es efectivamente cierto, menos lo de asesino, que es una abstraccion.
Es como lo de corrupto. Yo puedo DECIR que Zaplana es un corrupto, porque ha sido condenado por corrupcion. Puedo OPINAR que Ayuso es una corrupta por lo que leo en la prensa. Pero si AFIRMO que Ayuso es una corrupta en un foro publico, ella me podria denunciar por calumnias (Que probablemente no haga, porque se abriria una caja de pandora en la que yo tendria derecho a pedirle un monton de cosas que no querra enseñar a nadie)
#136 ¿Cual fue la condena a Fraga? Te estoy hablando de la diferencia jurídica entre una calumnia y una valoración legítima. Tu puedes decir "Fraga fue un Franquista que firmo penas de muerte injustas", pero no puedes decir que es un asesino, ya que si estuviera vivo te podría poner una denuncia sin problemas.
#47 Varios representantes de Eh Bildu han sido condenados por terrorismo. Esto es un hecho y perfectamente legal llamarlos terroristas. Otra cosa es si se llama a alguien en particular "terrorista" son que haya sido condenado. No se si eso ha ocurrido en algún momento.
#247 Un Programa debe seguir una estructura de software determinada, documentada y siguiendo determinados patrones. Un Script es una serie de ordenes para que la maquina haga algo.
En el ambito de la quimica seria la diferencia entre un prueba experimental siguiendo el metodo cientifico o causar una reaccion mezclando varios componentes.
¿Es simplon o de poco valor? Depende. Hay scripts que solo cambian una fuente de color y otros que regulan la dosis de un medicamento. Un script puede contener un algoritmo superinnovador que te haga millonario.
Todos los scripts se pueden transformar en programas, pero la viceversa no es cierta.
#74 Blackrock tiene porcentajes muy elevados en todas las empresas americanas, pero la inmensa mayoria por sus fondos indexados. No por una gestión activa.
#83 "Strongly suggests" es MUY diferente que "sentencia":
Grayzone staff Blumenthal and Aaron Maté acted as briefers on behalf of the Permanent Mission of the Russian Federation to the United Nations at UN meetings organized by Russia.[39][40][41][42][43] Managing editor Wyatt Reed, contributor Mohamed Elmaazi and regular freelancer Jeremy Loffredo worked for Russian state media before contributing to website.
"En palabras del propio TC «una limitación de la circulación de las personas durante determinadas horas de la noche, en concreto desde las 23:00 hasta las 6:00 horas, debe reputarse como una medida adecuada para combatir aquella evolución negativa de la pandemia, toda vez que, de ese modo, se hizo frente a una situación de riesgo que había sido detectada como favorecedora de los contagios, la de los encuentros sociales producidos en aquellas horas de la noche del tiempo anterior al estado de alarma.» A juicio del TC se considera la medida como «proporcionada a la consecución de un fin constitucionalmente legítimo y de interés general para la comunidad social como era el de la preservación de la vida (art. 15 CE) y de la salud pública (art. 43.2 CE)."
La sentencia de inconstitucionalidad viene de hacer a los presidentes de las CCAA "Autoridades competentes delegadas", que es EXACTAMENTE lo que menciono en mi comentario, ya que en un estado de alarma el gobierno y el congreso se convierten en unicas autoridades competentes y deben asumir toda la responsabilidad.
"Según menciona el TC esta remisión es inconciliable con la posición constitucional que hubiera correspondido al Gobierno, de ser admisible tal delegación, porque únicamente corresponde a éste, en cuanto “Autoridad competente” para la gestión de las medidas oponibles a la situación de anormalidad propiciada por el estado de alarma, responder de aquella gestión ante el Congreso de los Diputados. Por tanto, esta responsabilidad constitucional únicamente tendría que haber correspondido al Gobierno según dice el propio Tribunal."
O lo que es lo mismo: Repartir culpas.
El otro unico punto de inconstiticionalidad es con repecto a la prorroga, que obviamente no se puede extender… » ver todo el comentario