#22 Pues como ya expliqué más arriba (comentario 9), a De Juana se le aplicó el viejo Código Penal y no el actual
#22 Pues como ya expliqué más arriba (comentario 9), a De Juana se le aplicó el viejo Código Penal y no el actual
#11 Aunque no soy el autor del artículo, intentaré explicarlo, el objetivo del artículo es demostrar que tenemos un Código Penal duro, que es falso el mito de que "matas a alguien y sales a los tres días". En cuanto a que hay poca policía (porque el supuesto hecho de que la policia pone poco empeño en arrestar a los delincuentes no es algo demostrable)....bueno podría ser objeto de otro artículo, pero te adelanto que en los últimos años se ha ido ampliando la plantilla de la Policía, de hecho las academias hasta hace poco estaban saturadas y lo que sí es un problema, es que la formación es menor debido a querer hacer efectivo esta ampliación en el plazo estipulado
#7 No pasa nada
#6 No olvidemos que eso fue con el viejo Código Penal, que aparte de que ahora lo que más se castiga son los delitos de terrorismo, la rebaja de la pena por buena conducta y esas cosas ya no se aplica a la condena "real" (el tiempo máximo que se pasa en la cárcel) sino a la condena del juicio (es decir que si te condenan a 60 años y te rebajan 5, tendrás una condena de 55 de la que seguirás cumplirás el tope máximo ya que en España no hay cadena perpetua, antes te lo rebajaban al tope)
#9 Gracias por la info, la verdad es que soy una ignorante en estos temas.
#6 De Juana fue condenado conforme al CP de 1973, no de 1995
#9 No. El tiempo máximo de duración de la pena, independientemente de lo establecido en la condena, son 20 años y sobre los que se aplican los permisos, tiempo para computar la libertad condicional,... Lo que pasa es que existe el artículo 78, que determina los casos y los requisitos para que se compute el tiempo total de la condena y no sólo sobre esos 20 años. No confundamos.
#31 Si pero para aplicarlo se tienen que dar unos requisitos establecidos en el mismo artículo, a saber:
1. La pena ha de ser superior a los límites establecidos en el artículo 76 (20 años como regla general, 25, 30 y 40 dependiendo de las penas)
2. La pena a cumplir si se aplicara el artículo 76 es inferior a la mitad de la suma de las penas impuestas. A saber. Si te condenan por tres delitos que suman 48 años, no te lo pueden aplicar, porque la mitad son 19. Pero si la suma de las penas por esos tres delitos fueran 55, entonces si, porque la mitad son 22 años y 6 meses.
Por tanto, no se puede aplicar siempre, si no sólo en esos casos.
#1 La próxima vez nos leemos la noticia y tal
Gracias Magec
#1 Cierto, no me salió cuando la iba a publicar, ya me parecía raro
#3 Siempre que veas es duplicada puedes descartar tu noticia dentro de la media hora siguiente del envío, si se te pasa el tiempo para editar puedes pedir en un comentario o por la fisgona por un admin para que te la auto-descarte. Para descartar un envío has de ir a editar la noticia (lápiz al final de la entradilla), y pasarla de "pendiente" a "descartada".
http://meneame.wikispaces.com/Comenzando
¿No se están pasando un poco?
El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, ha dicho en Zaragoza que se propondrán penas de hasta ocho años de cárcel para los controladores aéreos que abandonaron su puesto de trabajo por un presunto delito de sedición. Así lo ha anunciado el fiscal general antes de presidir una reunión de la Junta de Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas en la capital aragonesa, en la que se ha incluido por vía de urgencia tratar el conflicto de los controladores y sus repercusiones penales.
Por favor, antes de decir tópicos o decir que es la misma entrevista que otra (si uno la leyera se daría cuenta que está hecha por ese sitio y no es un copy&paste), leerla primero, que no cuesta tanto, coño. A mí me ha parecido muy interesante y no trata sólo del tema de siempre, también habla de cosas que no suelen tratar los medios como la vida cotidiana, claro que esta sólo es una versión del asunto pero vamos bien que la gente no se queja por las tonterías que dice Jon Sistiaga.
"Ha sido denominado presidente de por vida, pero ahora también le interesa mantenerse lozano: el presidente de Kazajistán, Nursultan Nazarbayev, ordenó la apertura de un centro de investigación científica para encontrar el "elixir" de la juventud." Pues que tenga suerte...
Gran artículo, aunque por desgracia no va a quitarle los prejuicios a la mayoría...
Lluís Recoder, número 8 en las listas de CiU por Barcelona, ha sido diputado en el Congreso desde 1986 hasta 1999, cuando dejó el cargo al ser elegido alcalde de Sant Cugat del Vallès, la localidad más grande que CiU gobierna. Además, entre 1999 y 2006 fue diputado en el Parlament de Catalunya, aunque no se presentó en las últimas elecciones, y es vicepresidente de la Diputación de Barcelona. Su lema: “Una Catalunya millor” (Una Catalunya mejor). Les dejamos con la entrevista a Lluís Recoder.
Laporta es más, nada de trilinguismo, ¡¡¡cuatrilinguismo!!!
#26 Hombre si nos creemos que las estadísticas son falsas y que la palabra de uno vale más, apaga y vámonos, ¿por qué será que todos estos comentarios hacen referencia a experiencias personales? En plan, "trabajo en una comisaría y sé que la mayoría de los delincuentes son extranjeros", "me han atracado, por tanto las calles no son seguras", etc...
Pues mira, yo he sufrido atracos e intentos de atraco desde que tenía 14 años, época post-80, con yonkis por todos lados, y te aseguro que la situación ha mejorado mucho y voy por la calle seguro, además nunca he recibido un navajazo, ni han violado ni matado a ningún conocido mío, eso si estuvieramos en otras ciudades sería un milagro.
Nadie está diciendo que España sea el mejor país del mundo para vivir en cuestión de criminalidad, no, se está diciendo que nuestro Código Penal es de los más duros.
Podemos hacer caso a las estadísticas, o seguir como hasta ahora, basándonos en nuestras impresiones personales (como si vivir en todos las ciudades y barrios fuera igual) o los titulares (Alecto #20 nos deja una gráfica muy reveladora al respecto)