#19#20 No estoy de acuerdo, además de que existe el matrimonio por lo civil (aquí la cristiandad y la iglesia no pintan NADA) no existen las mismas ventajas en una pareja de hecho que en el matrimonio.
PENSIÓN DE VIUDEDAD
• Pareja de hecho. Sí, a partir de enero. Para casos anteriores, sólo si hay hijos o la pareja llevaba inscrita seis años.
• Matrimonio. Sí
PENSIÓN TRAS LA RUPTURA
• Pareja de hecho.Sí, si hay hijos comunes a su cargo o una situación económica mermada por esa ruptura.
• Matrimonio. Sí, si hay hijos comunes a su cargo o una situación desfavorable.
DERECHO DE ADOPCIÓN
• Pareja de hecho. Sólo en Cantabria, Aragón, Navarra y País Vasco. Andalucía y Extremadura reconocen el acogimiento.
• Matrimonio. Sí
DERECHO DE HERENCIA
• Pareja de hecho. Cataluña sí lo contempla. El resto de las comunidades autónomas no permiten que el conviviente herede bienes familiares ni de alto valor.
• Matrimonio. Sí
HACIENDA
• Pareja de hecho. No pueden presentar la declaración conjunta.
• Matrimonio. Pueden escoger entre hacerla individual o conjunta.
RÉGIMEN ECONÓMICO
• Pareja de hecho. Debe establecerlo la pareja.
• Matrimonio. Se aplica de forma automática el que esté vigente en la comunidad.
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL
• Pareja de hecho. No. Sí se contempla en la reforma.
• Matrimonio. sí
PERMISOS LABORALES
• Pareja de hecho. Equiparados a los del cónyuge si son funcionarios. Para el resto, depende de los convenios.
• Matrimonio. Sí. Por boda, enfermedad o fallecimiento de un familiar directo o político.
PENSIÓN DE VIUDEDAD
• Pareja de hecho. Sí, a partir de enero. Para casos anteriores, sólo si hay hijos o la pareja llevaba inscrita seis años.
• Matrimonio. Sí
PENSIÓN TRAS LA RUPTURA
• Pareja de hecho.Sí, si hay hijos comunes a su cargo o una situación económica mermada por esa ruptura.
• Matrimonio. Sí, si hay hijos comunes a su cargo o una situación desfavorable.
DERECHO DE ADOPCIÓN
• Pareja de hecho. Sólo en Cantabria, Aragón, Navarra y País Vasco. Andalucía y Extremadura reconocen el acogimiento.
• Matrimonio. Sí
DERECHO DE HERENCIA
• Pareja de hecho. Cataluña sí lo contempla. El resto de las comunidades autónomas no permiten que el conviviente herede bienes familiares ni de alto valor.
• Matrimonio. Sí
HACIENDA
• Pareja de hecho. No pueden presentar la declaración conjunta.
• Matrimonio. Pueden escoger entre hacerla individual o conjunta.
RÉGIMEN ECONÓMICO
• Pareja de hecho. Debe establecerlo la pareja.
• Matrimonio. Se aplica de forma automática el que esté vigente en la comunidad.
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL
• Pareja de hecho. No. Sí se contempla en la reforma.
• Matrimonio. sí
PERMISOS LABORALES
• Pareja de hecho. Equiparados a los del cónyuge si son funcionarios. Para el resto, depende de los convenios.
• Matrimonio. Sí. Por boda, enfermedad o fallecimiento de un familiar directo o político.