#0 Verá yo no le voto negativo porque supondría cierta similitud con @ikipol y distorsionaría la realidad, pero la noticia se las trae...
Sí que insisto en que debería Vd. desamigarme, oiga, jajja y solo porque yo no quiero ser su amiga, porque no me gusta, y porque ya le dije que mi corazón está semi enlazado con el de quien me regaló un perfume... por cierto, me voy mangada, quedé con él.
Pero qué mal hecha está esta web111, no me extraña nada de nada que esté "en oferta"
Gracuas @albertojleal por valorar una noticia que es buena y que interesa, y mucho!!!, pero sobre todo porque tu voto supone un acto de valentia frente a lo "irrelevante", con nick y personalidad perfectamente identificados.
La imagen va por ellos, para ti mi afecto ¡tío grande!!!
#73 Disculpa tú, no sé catalán, pero sí conocía “el cierre de cajas”, como actitud de los comerciantes frente a la imposición por el gobierno, creo que Raimundo Fdez Villaverde, de una importante e irregular subida de impuestos, especialmente en Cataluña.
Sí me imaginaba que la propuesta era ajena al Derecho y por eso hablé del principio de Legalidad,. Mi opinión es que cualquier actuación en ese sentido está abocada al fracaso porque actualmente, y respecto a lo que es un impago en el marco del Derecho Tributario se aplica de manera inmediata el procedimiento ya establecido al efecto: vía ejecutiva/AEAT/providencia de apremio/embargo de bienes.
Es algo automático y aplicable a nivel general porque existen convenios entre la AEAT y cada una de las CC AA, que permiten, sin ningún esfuerzo, acceder a las cuentas bancarias y bienes del “moroso”, al que lo único que le salva, y de forma transitoria, es la insolvencia.
#69 No comprendo la expresión que entrecomillas y tampoco conozco precedentes de un "plante fiscal". Yo hablo desde lo que implica el Principio de Legalidad y tengo la impresión de que tú tampoco conoces los impuestos gestionados por las CC AA.
#4 Ya existe esa esención, si quieres más datos puedes leer el reglamento del IVA, yo en #2 describí la situación real, y lo estoy flipando a la vista de los triples que se marca el personal sin conocer el tema y pensando que va a tener más gastos.
#5 ¿De parte de Mario Conde o Cospedal, ambos excedentes, o de otro en ejercicio? jajja
La Abogacía del Estado ni pincha ni corta, le es ajeno todo esto. Existe una regulación clara y precisa, si tienes curiosidad, a nivel de consulta vinculante, deberías dirigirte a la Dirección Gral. de Tributos
#3 jajja, ese palabro acabo de inventármelo, creo que es muy fácil saber lo que quiero decir y a muy corto plazo, no te preocupes.
Se trata de "users" que, en contra del "teórico" objetivo de esta web que sería publicitar noticias de interés, algo que debería marcar el criterio mayoritario, para eso estánlos votos, en función por razones arbitrarias, y en ningún caso justificadas, impiden que determinadas noticias lleguen a ser publicadas, incluso conocidas, negativizándolas locamente y cuanto antes mejor.
Es el caso de esta noticia, puedes ver en "votos" quienes se la han merendado, y en la trayectoria de los votantes, que es su práctica habitual, Lo realmente grave, y que descalifica a la web, es que tan lamentable práctica se permite. Poco inteligente, desde luego...
#1 Pues saldrán, como siempre, manipulando normativa, criterios y voluntades, sobre todo si hay gente a la que esta noticia, realmente trascendente en un Estado de Derecho, le parece "cansina" ufff!!! serán peperos...
¡Ah no!!! son los que siempre votan negativo, son "limitaderos" jajja
En consonancia con la normativareguladora del impuesto que determina existe exención en determinados supuestos, entre los que se encuentra el devengado por bienes de Servicios públicos propiedad del Ministerio deDefensa, y que obviamente habrían de estar vinculados a las competencias de ese departamento, requisito que no se da en este caso.
El resto de los contribuyentes ni perdemos, ni ganamos, la situación es análoga a la anterior. Es un gasto cuyo importe se ingresará en el Tesoro Público y formará parte de los ingresos del Estado cuya gestión "habría" de ser la correcta, como la del resto de ingresos.
Y ese sí es el problema: cómo y en qué se gasta el dinero el Estado. Habrían de informar de ello, y de forma correcta y a justada a la verdad, tanto el Tribunal de Cuentas, máximo órgano fiscalizador, como la Intervención Gral, Admon. Estado del Ministerio Hcda. y Admones Públicas.
Para hacer efectivo ese principio de solidaridad, la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) recogió en su artículo 16 los principios generales del Fondo de Compensación Interterritoria
¡Tanta osadía como ignorancia! ¿Se desconoce que existe el Fondo de Compensación Interterritorial que pretendía ejercer un principio de solidaridad establecido en la LOFCA y que gestiona el Estado para financiar a las CC.AA.?
#0 La noticia es muy clara y concreta, no procede calificarla como copia, plagio o refrito porque la alternativa que se menciona está redactada en inglés, lengua que no todo el mundo conoce ni está obligado a ello porque estamos en España.
Me parece muy correcto el negativo de @bluebird-planet al comentario y quienes votan negativo la noticia son los "tristes" que ya les gustaría ser una mafia siendo lo menos que se despacha...
Y para colmo ni siquiera se añade el punto final...
www.meneame.net/story/fiscal-acusa-exalcaldesa-betanzos-prevaricacion-