#1 en los procesos de divorcio es mano de santo, te denuncian y lo primero que se dice en el juicio es que has sido denunciado y... te quedas sin hijos, sin casa, sin dinero...
luego en el juzgado de violencia de genero, unos tribunales que solo juzgan a los hombres y solo condenan a hombres, no se presenta ella o sales libre por falta de pruebas o dicen que no es delito, (tampoco aconsejan cargar las tintas) pero... ya te han jodido la vida.
que juez se va a arriesgar a no dar la razon a ella en el divorcio?
tampoco es necesario denunciar con solo amenazar se puede conseguir que la mujer consiga todo y ademas que se diga que es mutuo acuerdo.
#20 Pero el intento de robo tienes que demostrarlo aunque sea indiciariamente (repito en principio no se sabe si estaba lícitamente en la casa), sin embargo el homicidio es indiscutible
#47 CP CAPÍTULO II
Artículo 178
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.
Artículo 179
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.
Artículo 180
1. Las anteriores conductas serán castigadas con las penas de prisión de cinco a diez años para las agresiones del artículo 178, y de doce a quince años para las del artículo 179, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1.ª Cuando la violencia o intimidación ejercidas revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio.
2.ª Cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas.
3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación, salvo lo dispuesto en el artículo 183.
4.ª Cuando, para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima.
5.ª Cuando el autor haga uso de armas u otros medios igualmente peligrosos, susceptibles de producir la muerte o alguna de las lesiones previstas en los artículos 149 y 150 de este Código, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponder por la muerte o lesiones causadas.
2. Si concurrieren dos o más de las anteriores circunstancias, las penas previstas en este artículo se impondrán en su mitad superior.
[...]
Artículo 189
1. Será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años:
a) El que captare o utilizare a menores de edad o a personas con discapacidad necesitadas de especial protección con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico, cualquiera que sea su soporte, o financiare cualquiera de estas actividades o se lucrare con ellas.
b) El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere, ofreciere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de pornografía infantil o en cuya elaboración hayan sido utilizadas personas con discapacidad necesitadas de especial protección, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido. noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html#a180
#25 Con el significado de "Pero". La frase original está en #5.
(En #17 solamente he cambiado una palabra con otra para que se vea que la frase resultante tiene sentido).
Por cierto, esta noticia me parece maravillosa. Sobre todo después del día de ayer, 28 de diciembre, en el que muchos otros meneos no estaban a la altura.
#12 En caso de muerte alegando intento de robo hay un cosa que es evidente: Que ha habido un homicidio es evidente, que haya habido un intento de robo no tanto, así que ¿Quién es mas "victima" a priori?
#9 pues leyendo la noticia hacen alusión a la ley de igualdad.
Igual no entiendo qué quieres decir con "ningún caso los del profesional que no puede estar".
¿Qué significa "los del profesional"?
#1 si tienes tierra esconde el cadaver, te callas sin denunciar y entierras con todo tu ahinco en soledad. En la carcel no cuidas de tu familia. Es tremendamente ridículo pero parece ser la opcion que queda. Solo faltaba que entren en tu casa unos hijos de puta, se te rebelen al ser pillados y encima pagues carcel
#1 La legitima defensa en España esta perfecta ¿cuantos casos mas como ese puede recordar? ¿dos o tres?....ENTONCES FUNCIONA A LA PERFECCIÓN.
Cambiarla supone abrir las puertas a un territorio desconocido....en EEUU tenemos muchos ejemplos de hasta donde nos puede llevar. Y si a esos sumamos chorradas como las de VOX de llevar armas para poder defenderse cierra la puerta y apaga la luz.
#1 Es posible que mejorase la situación si la justicia fuese más dura con los ladrones y atracadores, al menos los reincidentes. Se le pide a la víctima de un delito que se deje robar o atracar, que no se tome la justicia por su mano, que para eso está el Estado, pero luego vemos que hay gente que pasa años cometiendo delitos sin consecuencias graves para ellos...
a partir de ahora la defensa, según la ley italiana, siempre será "legítima" ante una violación de domicilio. Así pues, la ley no podrá ir en contra de un agredido armado, aunque haya cierta desproporcionalidad en la defensa
Aquí en cambio condenan a un anciano por disparar al ladrón que torturaba a su mujer:
#28 ¿Exactamente qué no dice la noticia? Segundo y tercer párrafos:
Los magistrados imponen una pena de ocho años de cárcel a Ortiz Cambray por el delito continuado de abuso sexual a personas con discapacidad; otras dos de dos años y medio de prisión por corrupción de personas con discapacidad y una última de un año y tres meses de cárcel por un delito de pornografía.
En su declaración en el juicio celebrado hace un mes, Cambray negó que abusara sexualmente delos dos hombres con discapacidad. "Lo juro por Dios y la memoria de mis padres", llegó a expresar Cambray. El tribunal no da credibilidad a la defensa de Cambray, que alegó que fueron las dos víctimas quienes le ofrecieron las imágenes y vídeos de índole sexual, y en cambio avala plenamente el relato de los dos hombres abusados y de la fundación que los tutela.
luego en el juzgado de violencia de genero, unos tribunales que solo juzgan a los hombres y solo condenan a hombres, no se presenta ella o sales libre por falta de pruebas o dicen que no es delito, (tampoco aconsejan cargar las tintas) pero... ya te han jodido la vida.
que juez se va a arriesgar a no dar la razon a ella en el divorcio?
tampoco es necesario denunciar con solo amenazar se puede conseguir que la mujer consiga todo y ademas que se diga que es mutuo acuerdo.