#1 Claro, porque despiden a uno vamos a dejar de ir al CI para que quiebre, y así, en lugar de despedir a uno despiden a 100.000, pero claro para gente como tú eso sería cojonudo porque así podrías, entonces, despotricar contra los dueños de CI que dejan a 100.000 personas en la calle mientras ellos se van forrados.
Anda que lo que tiene uno que leer de buena mañana....
Fijaros en lo que dice #22, con el que estoy totalmente de acuerdo: ¿a santo de qué callar la presunta falta?
#26 ¿de dónde sacas que ahora sí se puede despedir a una embarazada? EL art. 55.5.b del TRET no ha sido modificado, sigue exactamente como antes.
#25 Sí se puede despedir a una mujer embarazada desde la última reforma laboral. Ahora vale todo.
#10 Entiendo (después de haber leído la noticia) que se presentó pero no salió elegido. Si te presentas tienes un año de "protección" en el que no te pueden despedir. Si sales elegido en el comité de empresa cinco (los cuatro en los que perteneces al comité y uno extra). Eso al menos en mi convenio (consultorías) si es que estas cuestiones depende de él.