#181 Si el catalán no estaba prohibido, ¿por qué en las escuelas no se podía hablar? ¿Por qué mi padre tenía un profesor que les hablaba en catalán y no era oficial? ¿Por que, como dijo #186 su madre sólo pudo publicar, como muchos otros, un libro escrito en catalán con una editorial de París, mientras su padre fue encarcelado por poseer libros en catalán?
Que se publicasen libros no significa que no estubiese prohibido, pero a ver quien era el guapo que se atrevía a comprarlos.
¿Por qué muchos de los cantautores catalanes de la época tubieron que exiliarse? No sólo lo hacían por cantar lo que cantaban, también eran perseguidos por hacerlo en el idioma que lo hacían.
Ya no hablemos de si te oían hablar en catalan una patrulla de grises...
¿No es eso para tí una prohibición? Cómo le llamamos entonces... ¿Cómo te sentirías si te obligasen dejar de usar el castellano POR COJONES?
No he dicho en ningún momento que la gente emigrase a Catalunya antes del franquismo. Te repito que mi familia por parte de padre y madre lo hicieron, como otros 400.000 más. Es por eso que es Catalunya se habla el castellano en tantos sitios, porque son barrios y pueblos creados por los inmigrantes.
Y el tema de la financiación, te repito que ni siquiera nosotros sabemos lo que hacen. Lo que llega fuera en la prensa, televisión y radio no tiene porque ser como es. Además interesa más que Carod diga algo fuera de lo normal a mostrar que es lo que pasa con nosotros.
Y si no hay trabajo en otros sitios es porque no hay gente que se mueva para montar cosas. ¿Qué culpa tenemos de tener puestos de trabajo?
Con lo de tontos, y harto de darle vueltas a lo mismo, ya se sabe que en todos sitios cuecen habas, pero en algunos se aseguran, o lo intentan, que sepan mejor.
En fin, un no parar. Por cierto, Catalunya será independiente en un plazo de 15 años. sinó al tiempo.
#198 Puedes indicar de donde sacas ese artículo?
TÍTULO III. DE LAS CORTES GENERALES
CAPÍTULO PRIMERO.
DE LAS CAMARAS
Artículo 76
1. El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas.
2. Será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras. La ley regulará las sanciones que puedan imponerse por incumplimiento de esta obligación.