Respecto al tema, soy poco partidario de las donaciones en proyectos empresariales porque no recuerdo que en los beneficios haya participado ninguna vez. Me parece una falta de respeto para que cuatro internautas piquen apelando al sentimiento de comunidad.
Para complementar, aunque el resto está en el blog de Javier de la Cueva, una lástima que SGAE -a pesar de anunciarlo- no recurrieran para que al ser confirmada, encontrar esta sentencia en las bases de datos de resoluciones de las Audiencias Provinciales.
#1: El ADSL se presta sobre la red de Tele2 con un naked ADSL, mientras que el de voz se presta sobre la red 3G de Vodafone. La tarifa plana de llamadas solo tiene efecto dentro de la cobertura del repetidor en el que es activado. Si se utiliza la SIM en otro lugar, las llamadas a fijos no son gratuitas y tampoco se reciben las llamadas que se realicen al teléfono fijo, llegando en ese caso una notificación por SMS.
No enlazaste lo mejor del párrafo 22 bis: "(...) eviten la adopción de medidas que vayan en contra de los derechos humanos, de los derechos civiles y de los principios de proporcionalidad, eficacia y efecto disuasorio, como, por ejemplo, la interrupción del acceso a Internet".
#6: Me resulta curioso, sin más, disculpa el titular Tanto es así que sólo por estas estadísticas y la insistencia de la AI, ONO reconoció en su día la priorización en sus redes. No vimos más allá, ellos lo dijeron.
#1 y #2: Es velocidad de descarga, plana la última media hora, y también el resto del uptime del sistema, unos 14 días. Algo que no ocurre con Rapidshare ni con uTorrent por ejemplo. Es una curiosidad, ningún notición
#2: Si tu portavoz de Cultura entiende el canon digital distinto a ti, prefiere entidades de gestión sin auditar en vez de otra fórmula más transparente y le gusta primar el trabajo de unos pocos, ¿es lógico que la lleves? Si luego es portavoz de energías renovables, me callo, pero desautorizó a sus compañeros por dos veces, a su propio grupo del Senado. Me cuesta verlo
Mucho cuidado con esto. Hablan de un "código de conducta" para los ISP, dueños de los derechos y consumidores para asegurar no solamente la oferta extensa de contenido online sino también la adecuada protección de los trabajos con copyright y estrecha colaboración en la lucha contra piratería y el P2P no autorizado.