#35 Me he confundido, me refería al comentario #24:
4. El que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.
De todas formas, en el «sigue leyendo» también aparece esto: limita los atenuantes que puede aplicar un juez en caso de que el delincuente sea un varón
#24 Excelente ejemplo el que has traído.
Ya he mirado el apartado 4. Ahora, compáralo con el apartado 1 del mismo artículo: ambos castigan las amenazas y la pena máxima es la misma.
¿Dónde están las diferencias? (entre paréntesis mi opinión, que -sería obvio matizarlo- puede estar equivocada)
a) En que el Código Penal limita la posibilidad de aplicar la pena en su mitad inferior (el legislador entiende que la violencia machista no puede situarse entre los delitos más leves: la misma situación que se da si quien amenaza ha conseguido su propósito);
b) En que da la posibilidad de conmutar la pena de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad (el legislador entiende da al delincuente la posibilidad de mostrar su intención de corregirse);
c) En que, a diferencia de las amenazas genéricas, se priva a quien amenaza temporalmente de la tenencia de armas (el legislador trata de responder a la situación constatada de que un gran porcentaje de los crímenes machistas cometidos con arma vienen precedidos de amenazas)
d) En que da la posibilidad a la autoridad judicial de imponer como pena accesria la inhabilitación especial para la patria potestad y similares (inciso que no se trata más que de un recordatorio, porque esa posibilidad ya está contemplada en el artículo 56 del Código Penal y se aplica únicamente en interés del menor o persona discapacitada)
#6 Es que no se trata de igualdad, sino de Justicia: debe haber Justicia cuando cada año decenas de mujeres son asesinadas por criminales que se decían sus cónyuges o parejas, centenares se ven necesitadas de protección para sí o sus familias y millares tienen que soportar la violencia de los hombres con quienes conviven. Frente a eso, está la violencia física o psicológica que sufren algunos varones y que, en contra de lo que parecen creer en Ciudadanos, también está castigada por el Código Penal
Rectificación: en #11, donde pone "no me cabe ninguna duda de que es mejor el primer caso", debe poner "no me cabe ninguna duda de que es mejor el segundo caso".
#470 No quiero quitarte la razón. Pero sí me gustaría recalcar la diferencia posición entre "lengua mayoritaria" y "lengua minoritaria (y minorizada en el pasado)".
Si en vez de tratarse de lenguas se tratase de personas, ¿quién creéis que debe ser especialmente protegido, un opresor o un oprimido? (sí, es solo una comparación absurda, claro...)
¿Qué pasará en las regiones de habla de lenguas minoritarias en estado de bilingüismo con una lengua mayoritaria (como en España)? Yo, sinceramente, creo que si no se hace una "protección especial" va a desaparecer muy lentamente, generación a generación. (Lo digo sin posicionarme en como se está haciedo en España)
El tema está en si se desea conservar la pluralidad cultural o si, por el contrario, es algo poco importante y que no aporta nada.
#6 Profesores de francés dando música, de educación física dando plástica, de filosofía dando educación física, de física y química dando matemáticas, de tecnología dando matemáticas, maestros de primaria dando módulos de PCPI, etc.
#39#46 Los costes vienen de arreglar los estropicios que les hace la gente. Porque usar no se usan, pero pedradas, quemaduras, cosas metidas en el micrófono, gente que pirateaba la señal telefónica para llamadas internacionales, postes víctima de accidentes... De todo esto y más. Y si se deja una cuarta parte, es un ahorro del 75%.