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Archivada la querella contra el presidente de Sortu, Hasier Arraiz, por amenazas a la Guardia Civil
La Sala de lo Civil y Penal ha estimado el recurso por considerar que las declaraciones de Arraiz no fueron constitutivas de delito al estar amparadas por el derecho a la libertad de expresión. Destaca el tribunal que el derecho a la libertad de expresión solo está restringido en el caso de que haya incitación a la violencia o al discurso del odio, pero admite las declaraciones "que molestan, chocan o inquietan", aunque sean de "mal gusto" u "ofendan".
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