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El empresario responderá con su patrimonio de las deudas sociales si faltan 3 años de cuentas en el Registro Mercantil
Antes del 31 de julio, fecha límite para que las empresas apunten el balance del ejercicio pasado, las sociedades deben presentar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil (RM). Sin embargo, mucho han cambiado las cosas desde la entrada en vigor del Reglamento de la Ley de Auditoría (RD 2/2021, de 12 de enero), el pasado 1 de febrero, ya que incluye un nuevo régimen sancionador para los incumplidores.
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