Hace unos meses estuve enfermo y la mutua Asepeyo me mandó un SMS para que me personara en sus dependencias. Como tengo tanto Spam y mensajes ni me enteré del SMS ni del correo . El caso es que de un día para otro me suspendieron la prestación. Imaginaros qué faena pagando hipoteca y llegando justito a fin de mes. Bueno conseguí al final que me pagaran esos quince días. Para que no me pasara lo mismo otra vez les solicité amablemente lo siguiente: "Estimados señores de Asepeyo, debido a que recibo muchísimos SMS y correos electrónicos. Les agradecería por favor que me comunicasen las citas y lo que fuera pertinente por correo certificado". Es decir NO por vía telemática.
La respuesta de la mutua me dejo de piedra. Tras una parrafada monumental repleta de leyes, artículos y bla bla blas, (no voy a poner el texto entero porque os echáis a dormir) me dijeron: "Los datos personales no tiene su base en el consentimiento de los interesados, sino que se lleva a cabo por obligación legal..."
Me sentó muy mal y les contesté con todo mi respeto, que la La Agencia de Protección de Datos considera por que el número de teléfono constituye un dato de carácter personal. (Ley Orgánica 15/1999) de Protección de Datos Por ello, la aportación del número de teléfono requiere de quien lo cede un acto libre, inequívoco, específico e informado. Y que contempla el Derecho de Cancelación, de Supresión ("Al olvido").
La Ley 35 de 2014 Art. 68 - .3 - c), asimila a las Mutuas como parte del Sector Público Estatal Administrativo. Por lo tanto, están sujetas a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Y en ese sentido, tienen la obligación de notificar al ciudadano la información por escrito, motivada y con comunicación que deje constancia de quién y en qué momento recibe la notificación (carta certificada con acuse de recibo, telegrama o burofax).
Me contestan en el mismo sentido, Los datos personales no tiene su base en el consentimiento de los interesados...
Al final he desisitido. Hoy son los datos personales, mañana el derecho de pernada.
Un saludo a todos.
Comentarios
Pues nada, denuncia ante la AEPD y que se peleen con ellos.
Supongo que se trata de una mutua laboral, no una mutua privada a parte. Las empresas deben tener un seguro obligatorio a parte ya que la Seguridad Social no se puede hacer cargo de accidentes laborales en el sector privado y horario laboral.
https://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/9ea93d20-69dc-4958-a83d-d354a52a2581/F45_3_07.pdf?MOD=AJPERES
https://revista.seg-social.es/-/%C2%BFqu%C3%A9-son-las-mutuas-
A estas mutuas les llega tu información privada para que puedan contactar contigo, eso es normal. La cosa cambia cuando te comienzan a preguntar sobre tu problema de salud, ya que si estás de baja y siendo tratado por la Seguridad Social no tienes obligación de ceder los informes detallados de tu caso.
#2 Sí, pero, ¿dichas mutuas no deberían tener una notificación fehaciente de que el accidentado ha recibido la notificación de cita? Al menos una llamada de teléfono, respuesta del SMS o, como dice #0, BuroFax.
#3 Entiendo que deberían.