El TJUE ha dictado hoy una sentencia en la que comienza recordando que, una vez que se ha constatado la existencia de una discriminación contraria al Derecho de la Unión, y mientras no se adopten medidas que restablezcan la igualdad de trato, los tribunales nacionales y las autoridades administrativas nacionales deben dejar sin aplicar toda disposición nacional discriminatoria, sin esperar a que la derogue el legislador.
#7:
#1 Yo soy de izquierdas y quien ha mandado el artículo.
#15:
No es algo generalizado, tal y como dan a entender titular y entrada, se refiere a esto: "....un padre de dos hijos solicitó a la Seguridad Social española en noviembre de 2020 que le reconociera su derecho al complemento de la prestación de incapacidad permanente absoluta que percibía desde noviembre de 2018".
Creo que esto fue aprobado por M. Rajoy, los del movimiento incels tampoco protestaban por esta legislación porque fue aprobada por M. Rajoy, solo se quejarán hoy, sin haberse quejado anteriormente y sin saber quien aprobó esta legislación discriminatoria hacia los hombres (esta sí porque de lo contrario el mismo TJUE hubiese dicho lo misma de la ley viogen de 2006, ley de la que tampoco se quejaban hasta 2020).
#4:
#1 Sólo hay algo más patético que los cibervoluntarios de izquierdas, los lloricas de derechas, valga la redundancia.
#33:
El titular es cuanto menos tendencioso. El TJUE no ha condenado a España sino que simplemente ha resuelto una cuestión prejudicial sobre como debe aplicarse el derecho comunitario. Cuestión distinta es que lo que el TJUE resuelve parece que va dar lugar a que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia condene al Estado.
#10:
Mucho ojo con esto, si lo aplican a otra ley se puede liar muy gorda:
El TJUE ha dictado hoy una sentencia en la que comienza recordando que, una vez que se ha constatado la existencia de una discriminación contraria al Derecho de la Unión, y mientras no se adopten medidas que restablezcan la igualdad de trato, los tribunales nacionales y las autoridades administrativas nacionales deben dejar sin aplicar toda disposición nacional discriminatoria, sin esperar a que la derogue el legislador. Por lo tanto, deben aplicar a los miembros del grupo desfavorecido –en este caso, los padres– el mismo régimen del que disfrutan las personas incluidas en la otra categoría –en este caso, las madres.
Artículo 4 – Derechos fundamentales, igualdad y no discriminación, Apartado 3:
La aplicación por las Partes de las disposiciones del presente Convenio, en particular las medidas para proteger los derechos de las víctimas, deberá asegurarse sin discriminación alguna, basada en particular en el sexo, el género, la raza, el color, la lengua, la religión, las opiniones políticas o cualquier otra opinión, el origen nacional o social, la pertenencia a una minoría nacional, la
fortuna, el nacimiento, la orientación sexual, la identidad de género, la edad, el estado de salud, la discapacidad, el estado civil, el estatuto de emigrante o de refugiado, o cualquier otra situación.
Anteriormente se definió (artículo 3 - Definiciones) "víctima" como la persona que sufre "violencia contra las mujeres" o "violencia doméstica".
Es decir, que un hombre puede ser "víctima". Creo que eso no sucede con la legislación actual.
Espero que le llegue su turno más pronto que tarde.
Rajoy: el complemento de maternidad en las pensiones es una medida de justicia
Las mujeres con dos o más hijos verán incrementadas sus pensiones entre un 5 y un 15 por ciento a partir de hoy, en virtud de una de las medidas de apoyo a la maternidad incluidas en el Plan Integral de Apoyo a la Familia aprobado por el Gobierno en mayo de 2015.
Sobre la base de esa sentencia, un padre de dos hijos solicitó a la Seguridad Social española en noviembre de 2020 que le reconociera su derecho al complemento de la prestación de incapacidad permanente absoluta que percibía desde noviembre de 2018. Ante la denegación de su solicitud, acudió a los tribunales. Mediante una primera sentencia se le reconoció su derecho al complemento de pensión litigioso, pero se desestimó la pretensión indemnizatoria que había presentado paralelamente. Tanto el padre como las autoridades españolas han recurrido dicha sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
#73:
#66 Ultrafems. Se ha aceptado dentro de la izquierda que hay que ser un poco menos justos y favorecer a la mujer más que al hombre, lo que provoca que la injusticia sea más pronunciada.
Yo me considero de izquierdas y estoy por la igualdad total y verdadera, sin favoritismos por motivos de sexo.
#55:
#22 @admin El usuario que me reporta se dedica a insultar y descalificar sistemáticamente a otros usuarios. Revisa su historial y podrás comprobarlo.
#118:
#108#93 perdón, no debí preguntarte a ti en #114, ya que la has votado "errónea", y más allá de discutir sobre si está en portada o no, no has dado argumentos sobre la razón de tu voto. Está claro que no sabes por qué debe retirarse. Lo que sabes es que debe retirarse. Menuda desfachatez de noticia ¿eh?
#66:
#7 Yo también soy de izquierdas. Pero lo que no se pueden negar son los 31 negativos que acumula el envió.
Y muchas de las cuentas que votan negativos son harto conocidas por aqui.
Artículo 4 – Derechos fundamentales, igualdad y no discriminación, Apartado 3:
La aplicación por las Partes de las disposiciones del presente Convenio, en particular las medidas para proteger los derechos de las víctimas, deberá asegurarse sin discriminación alguna, basada en particular en el sexo, el género, la raza, el color, la lengua, la religión, las opiniones políticas o cualquier otra opinión, el origen nacional o social, la pertenencia a una minoría nacional, la
fortuna, el nacimiento, la orientación sexual, la identidad de género, la edad, el estado de salud, la discapacidad, el estado civil, el estatuto de emigrante o de refugiado, o cualquier otra situación.
Anteriormente se definió (artículo 3 - Definiciones) "víctima" como la persona que sufre "violencia contra las mujeres" o "violencia doméstica".
Es decir, que un hombre puede ser "víctima". Creo que eso no sucede con la legislación actual.
Espero que le llegue su turno más pronto que tarde.
#36 Efectivamente, en todas las legislaciones extranjeras que conozco la violencia de género es aplicable con indiferencia del sexo, únicamente he visto que sea exclusivamente aplicable a la mujer en España (y que me corrija alguien si hay algún otro país en el que así sea).
No es algo generalizado, tal y como dan a entender titular y entrada, se refiere a esto: "....un padre de dos hijos solicitó a la Seguridad Social española en noviembre de 2020 que le reconociera su derecho al complemento de la prestación de incapacidad permanente absoluta que percibía desde noviembre de 2018".
Creo que esto fue aprobado por M. Rajoy, los del movimiento incels tampoco protestaban por esta legislación porque fue aprobada por M. Rajoy, solo se quejarán hoy, sin haberse quejado anteriormente y sin saber quien aprobó esta legislación discriminatoria hacia los hombres (esta sí porque de lo contrario el mismo TJUE hubiese dicho lo misma de la ley viogen de 2006, ley de la que tampoco se quejaban hasta 2020).
El titular es cuanto menos tendencioso. El TJUE no ha condenado a España sino que simplemente ha resuelto una cuestión prejudicial sobre como debe aplicarse el derecho comunitario. Cuestión distinta es que lo que el TJUE resuelve parece que va dar lugar a que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia condene al Estado.
Mucho ojo con esto, si lo aplican a otra ley se puede liar muy gorda:
El TJUE ha dictado hoy una sentencia en la que comienza recordando que, una vez que se ha constatado la existencia de una discriminación contraria al Derecho de la Unión, y mientras no se adopten medidas que restablezcan la igualdad de trato, los tribunales nacionales y las autoridades administrativas nacionales deben dejar sin aplicar toda disposición nacional discriminatoria, sin esperar a que la derogue el legislador. Por lo tanto, deben aplicar a los miembros del grupo desfavorecido –en este caso, los padres– el mismo régimen del que disfrutan las personas incluidas en la otra categoría –en este caso, las madres.
#10Una vez que se haya constatado discriminación contraria al derecho de la UE
A ver, entonces tiene que haber sentencias de este tipo. Lo cual requiere que haya una denuncia al TJUE de cada caso distinto, lo cual creo que requiere haber pasado por lo menos por el supremo, si no el constitucional. Es decir, en mi opinión, sin saber mucho del tema, no requiere que se revise todo el código penal y en todo caso, la revisión sería según los motivos de la denuncia en concreto.
Rajoy: el complemento de maternidad en las pensiones es una medida de justicia
Las mujeres con dos o más hijos verán incrementadas sus pensiones entre un 5 y un 15 por ciento a partir de hoy, en virtud de una de las medidas de apoyo a la maternidad incluidas en el Plan Integral de Apoyo a la Familia aprobado por el Gobierno en mayo de 2015.
#5 En 2021 modificaron la norma para que los hombres pudiesen cobrarla con estas condiciones:
Para que los hombres tengan derecho al complemento deberán acreditar alguno de los siguientes requisitos:
Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad. (O sea que se ha muerto la madre que ya la cobraba)
Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con arreglo a las siguientes condiciones:
En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha
En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, que la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer. (O sea que solo lo puedes cobrar si la madre cobra mas que tu y ademas durante los dos años siguientes al naciomiento has cobrado mas de un 15% menos de lo que cobrabas 2 años antes)
El percibo del complemento es incompatible con la percepción de este complemento por el otro progenitor, por los mismos hijos o hijas.
En el supuesto de que los progenitores sean dos mujeres, se reconocerá a la que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.
En el supuesto de que los progenitores sean una mujer y un hombre que cumpla con los requisitos anteriormente señalados, podrá percibirlo el hombre si la suma de las cuantías de sus pensiones reconocidas es inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.
Si los dos progenitores son hombres, se reconocerá a aquel que perciba pensiones públicas cuya suma de menor cuantía.
#86 al revés, con la nueva norma se ha aumentado el perjuicio para el hombre
Yo he dejado de trabajar para atender a mis hijos. Pero como no fue en los dos años inmediatamente posteriores al nacimiento, y tampoco hubo una bajada de la cotización a la seguridad social (el paro cotizas lo mismo y las reducciones de jornada por guarda cotizas lo mismo) no cumplo los requisitos que solamente se exigen a hombres.
Sí bajaron mis ingresos pero eso no me otorga ningún derecho.
#80 El problema es que ante las reclamaciones de los perjudicados, deniegan sistemáticamente la reclamación, y tienen que acudir vía judicial para conseguirlo. Por esto es por lo que la UE condena por discriminación a la Seguridad Social
#5 Habrá que avisar a los de la ralea ultra, que han venido en manada a votar negativo. Se debían de pensar que esta noticia era contra el ministerio de igualdad y han venido a tapar las posibles críticas a la mujer del amo
#66 Ultrafems. Se ha aceptado dentro de la izquierda que hay que ser un poco menos justos y favorecer a la mujer más que al hombre, lo que provoca que la injusticia sea más pronunciada.
Yo me considero de izquierdas y estoy por la igualdad total y verdadera, sin favoritismos por motivos de sexo.
Sobre la base de esa sentencia, un padre de dos hijos solicitó a la Seguridad Social española en noviembre de 2020 que le reconociera su derecho al complemento de la prestación de incapacidad permanente absoluta que percibía desde noviembre de 2018. Ante la denegación de su solicitud, acudió a los tribunales. Mediante una primera sentencia se le reconoció su derecho al complemento de pensión litigioso, pero se desestimó la pretensión indemnizatoria que había presentado paralelamente. Tanto el padre como las autoridades españolas han recurrido dicha sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
#70#19 Lo que se dice en esta noticia no es que no se corrigiese esto, es que los que se vieron perjudicados tienen que reclamar judicialmente algo de lo que no se pudieron beneficiar, y eso es discriminación.
El Tribunal de Justicia de la UE ha fallado en contra de la Seguridad Social, que obliga a los progenitores a acudir a los tribunales para que les reconozcan este plus: somete a “una doble discriminación”.
#75 El Ministerio que controla la Seguridad Social (o la Seguridad Social en si) no tocan nada que suponga un desembolso de dinero, a no ser que les den un toque importante desde alguna otra institución.
La ley se modificaría en 2021, pero obliga a reclamar judicialmente, y ahí está la discriminación
Otro medio que posiblemente os sea más afín (y en el que se encargan de "descargar" de culpas al PSOE
#79 Ya veo: Sin embargo, respecto a los padres afectados por la pasada normativa, la Seguridad Social no reconoció el complemento de oficio a los progenitores y además llevó a cabo un criterio de recursos sistemáticos de estos, obligando a los progenitores a litigar en los tribunales para que este plus les sea reconocido. El INSS argumentó que ese criterio cambió más adelante, para intentar que la justicia europea no resolviera el asunto, sin éxito.
Se han negado a aplicar retroactividad en la ley. * Eldiario lo explica bastante mejor.
#2 El problema está en que como no se ha solucionado por parte de los legisladores españoles que se de ese complemento, el hecho de denegar "sistemáticamente" ese "derecho europeo", obligando a pasar por juzgado, podría suponer en si mismo un segundo nivel de discriminación distinto al primero.
Lo que viene siendo un pez que se muerde la cola, porque la única forma de solucionar el segundo caso es solucionando el primero, y parece que no están por la labor.
Tambien es importante esto que dice. Hay que incluir los costes. "Por consiguiente, el órgano jurisdiccional nacional que conoce de una demanda presentada frente a dicha resolución denegatoria no puede limitarse a reconocer al afiliado de sexo masculino de que se trate el derecho al complemento de pensión litigioso con efectos retroactivos. En efecto, ello no subsanaría los perjuicios derivados de la nueva discriminación. En consecuencia, debe concederse asimismo al afiliado de sexo masculino una reparación pecuniaria adecuada, que permita compensar íntegramente los perjuicios efectivamente sufridos como consecuencia de la discriminación. Esta reparación debe tener en cuenta los gastos efectuados por el afiliado, incluidas las costas y los honorarios de abogado."
Quién lo iba a decir, si tenemos un ministerio para esto y todo...
...a no ser que sea una mentira y deba cambiásele el nombre a ministerio de la mujer.
#47 Da igual que sea de Rajoy, de Zapatero, de Franco o de Perico de los palotes: Un ministerio "que se dice" "de igualdad" debería haberse encargado de analizar y corregir esto. Para otras cosas si que se han movido bien, pero para esto han tenido que venir de fuera a darnos un toque de atención.
#47 Qué rabia le debe haber dado a alguno de los ofendiditos que ha venido a votar negativo pensando que estaba haciendo un favor al ministerio de igualdad
#14 No te molestes, este tipo se dedica exclusivamente al insulto y la descalificación. Repasa un poco su historial y podrás comprobar que no tiene otro oficio nada mas que ese.
#55 Lo que no entiendo es por qué esa cuenta sigue activa. Es como dices, es uno de las cuentas que se dedican a hacer el aire irrespirable por aquí y los administradores no actúan. Este sitio va cada vez a peor.
@admin repasa el historial de este usuario - -si eres tan amable. Podrás comprobar que sus comentarios se limitan a insultar y descalificar a otros usuarios y me reafirmo en ello.
#50@admin he estado revisando el historial de este usuario que tenía ignorado y veo que no es la primera vez que utiliza la difamación contra mí.
No tengo por qué aguantar acoso de ningún tipo.
Me fio cero de lo que publique diario16. Desde que quebraron y pasaron a la nueva directiva no tienen reparo alguno de vender artículos como si fueran noticias.
El comando aliade vota negativo porque ve cómo se escapa su única oportunidad de poder arrimarse a una mujer a ver si así alguna les deja rozar una teta.
#31 Es que la noticia es una gilipollez. Es un caso muy, muy concreto que corrige una ley del 2015 (sí, de tiempos de Rajoy, así que dejad da dar el peñazo con Igualdad). No merece estar en portada, resoluciones como esta hay muchísimas. Pero se os pone el trapo de la "discriminación hacia los hombres" y embestís.
#4 Pues la proporción está clara de civervoluntarios (metiendo cosas debajo de la alfombra) vs lloricas ... porque al final han sacado la noticia de portada. Erróneamente, porque la noticia no es un bulo. Está también en eldiario.es, pero edulcorada (en la entradilla dicen que se corrigió, etc, pero reconocen que el tribunal europeo falla en contra de la seguridad social porque discrimina a los hombres que no se pudieron ver beneficiados por esa ley, ya que tienen que recurrir judicialmente para conseguirlo.
#108#93 perdón, no debí preguntarte a ti en #114, ya que la has votado "errónea", y más allá de discutir sobre si está en portada o no, no has dado argumentos sobre la razón de tu voto. Está claro que no sabes por qué debe retirarse. Lo que sabes es que debe retirarse. Menuda desfachatez de noticia ¿eh?
#93 Porque la gente no lee, se queda con lo que le interesa y ha entendido que "atacaba" a su color ...
Porque si leyesen vería que la noticia no era un bulo como aseguraban. La misma noticia (desde otro punto de vista) la dan en eldiario.es y (dejando claro que la ley original era del PP, por supuesto) reconocen que Europa condena a la seguridad Social por discriminación porque está rechazando todas las reclamaciones de los afectados y les obliga a hacerlo por la vía judicial.
Unos tan solo han dicho "bulo" porque no corresponde con "sus colores" (o eso creen) y otros han aprovechado lo que otros decían, solo por lo mismo. O antigua (esta noticia es nueva, no se refiere a la modificación que hicieron a 2021 o a periodos anteriores, sino a lo que ha venido pasando desde la modificación hasta ahora, al rechazar todas las reclamaciones)
#1 bromeas? Pero si en Menéame son los primeros en criticar cualquier cosa que huela a feminismo transnochado. Tienes a tu imposible en portada ahora mismo. Precisamente es la gente de izquierdas en general quienes creen que el feminismo se ha corrompido en hembrismo y desean cambiarlo.
#44 Mucha cosas se solucionan creciendo. De adolescente he dicho chorradas que no pensaba. Hoy día, a pesar de tantos pesares, la educación ha mejorado y hay comportamientos que no se toleran. Como el caso Rubiales. La hemeroteca está llena de ejemplos.
Por eso me reafirmo, a pesar de #42.
Pero coincido contigo, hay cosas que deberían ser transversales. Una mujer de derechas o de izquierdas debería tener los mismos deseos de libertad, y las mismas garantías de lograrlos.
Desde luego, yo pienso luchar por ambas.
En esta ocasión parece que los 21 negativos (según escribo estas líneas, ya aumentarán) no han conseguido tumbar la noticia. Pero no por ello debe obviarse la existencia injustificable de los 21 negativos, ni que en muchas ocasiones bastan muchos menos para tumbar una noticia. La queja de #1 tenía base.
#83 y la gente que no lee, la noticia es que aunque se arregló en 2021, los hombres que no pudieron beneficiarse de esta ley tienen que reclamarlo judicialmente, uno por uno, con las molestias que esto genera, y esto es la discriminación por la que la UE condena a la Seguridad Social.
Comentarios
No se podía saber
Y a la LIVG ya le llegará su turno.
#9 Convenio de Estambul (https://rm.coe.int/16804625439)
Artículo 4 – Derechos fundamentales, igualdad y no discriminación, Apartado 3:
La aplicación por las Partes de las disposiciones del presente Convenio, en particular las medidas para proteger los derechos de las víctimas, deberá asegurarse sin discriminación alguna, basada en particular en el sexo, el género, la raza, el color, la lengua, la religión, las opiniones políticas o cualquier otra opinión, el origen nacional o social, la pertenencia a una minoría nacional, la
fortuna, el nacimiento, la orientación sexual, la identidad de género, la edad, el estado de salud, la discapacidad, el estado civil, el estatuto de emigrante o de refugiado, o cualquier otra situación.
Anteriormente se definió (artículo 3 - Definiciones) "víctima" como la persona que sufre "violencia contra las mujeres" o "violencia doméstica".
Es decir, que un hombre puede ser "víctima". Creo que eso no sucede con la legislación actual.
Espero que le llegue su turno más pronto que tarde.
#36 Efectivamente, en todas las legislaciones extranjeras que conozco la violencia de género es aplicable con indiferencia del sexo, únicamente he visto que sea exclusivamente aplicable a la mujer en España (y que me corrija alguien si hay algún otro país en el que así sea).
No es algo generalizado, tal y como dan a entender titular y entrada, se refiere a esto: "....un padre de dos hijos solicitó a la Seguridad Social española en noviembre de 2020 que le reconociera su derecho al complemento de la prestación de incapacidad permanente absoluta que percibía desde noviembre de 2018".
Creo que esto fue aprobado por M. Rajoy, los del movimiento incels tampoco protestaban por esta legislación porque fue aprobada por M. Rajoy, solo se quejarán hoy, sin haberse quejado anteriormente y sin saber quien aprobó esta legislación discriminatoria hacia los hombres (esta sí porque de lo contrario el mismo TJUE hubiese dicho lo misma de la ley viogen de 2006, ley de la que tampoco se quejaban hasta 2020).
#15 es que las leyes repercuten en la sociedad conforme pasa el tiempo, y si cada vez hay más damnificados, más quejas se suman.
#15 sin insultar pescado
#15 ¿Pero que tontería dices?
Si sobre las quejas sobre la discriminización al hombre empezaron con la LIVG todavía anterior a Rajoy, aprobada durante el gobierno de Zapatero.
El titular es cuanto menos tendencioso. El TJUE no ha condenado a España sino que simplemente ha resuelto una cuestión prejudicial sobre como debe aplicarse el derecho comunitario. Cuestión distinta es que lo que el TJUE resuelve parece que va dar lugar a que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia condene al Estado.
La nota de prensa original en español:
https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2023-09/cp230141es.pdf
La sentencia original en español:
https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?docid=277412&doclang=ES
Mucho ojo con esto, si lo aplican a otra ley se puede liar muy gorda:
El TJUE ha dictado hoy una sentencia en la que comienza recordando que, una vez que se ha constatado la existencia de una discriminación contraria al Derecho de la Unión, y mientras no se adopten medidas que restablezcan la igualdad de trato, los tribunales nacionales y las autoridades administrativas nacionales deben dejar sin aplicar toda disposición nacional discriminatoria, sin esperar a que la derogue el legislador. Por lo tanto, deben aplicar a los miembros del grupo desfavorecido –en este caso, los padres– el mismo régimen del que disfrutan las personas incluidas en la otra categoría –en este caso, las madres.
#10 Una vez que se haya constatado discriminación contraria al derecho de la UE
A ver, entonces tiene que haber sentencias de este tipo. Lo cual requiere que haya una denuncia al TJUE de cada caso distinto, lo cual creo que requiere haber pasado por lo menos por el supremo, si no el constitucional. Es decir, en mi opinión, sin saber mucho del tema, no requiere que se revise todo el código penal y en todo caso, la revisión sería según los motivos de la denuncia en concreto.
Creo que se refieren a esta ley :
Rajoy: el complemento de maternidad en las pensiones es una medida de justicia
Las mujeres con dos o más hijos verán incrementadas sus pensiones entre un 5 y un 15 por ciento a partir de hoy, en virtud de una de las medidas de apoyo a la maternidad incluidas en el Plan Integral de Apoyo a la Familia aprobado por el Gobierno en mayo de 2015.
https://www.larazon.es/espana/rajoy-el-complemento-de-maternidad-en-las-pensiones-es-una-medida-de-justicia-FM11597417/
Cierto que en otros países como Francia , indistintamente uno de los progenitores (ignoro que pasara en caso de divorcio)
#5 teniendo en cuenta que este asunto se estaba juzgando ya en 2019 muy difícilmente sería por una ley del actual gobierno.
Meneo la noticia, pero si dijese de que ley concreta se habla y que gobierno la implementó la noticia sería mucho esclarecedora.
#11 https://www.eldiario.es/economia/padres-derecho-indemnizacion-negarles-plus-maternidad-pension_1_10513092.html
Aquí te lo explican
#11 Menéame siempre priorizando el esclarecer quién lo ha hecho para saber si hay que apoyarlo o criticarlo.
#53 Es importante saber quien hace leyes discriminatorias por sexo y contrarias a derecho ¿no crees?
Por cierto veo a mucho adalid de la auténtica igualdad TM votando negativo, deben de ser pepesunos camuflados
#92 Puede ser importante pero más importante que el hecho?
A qué conclusión has llegado?
#1 Pues la medida que se recurre es de Rajoy. Menudo comunista-feminazi.
Go to #5
#16 encontré algo de comentario en tu demagogia, debe ser que estás practicando lo del elefante en la habitación...
#5 En 2021 modificaron la norma para que los hombres pudiesen cobrarla con estas condiciones:
Para que los hombres tengan derecho al complemento deberán acreditar alguno de los siguientes requisitos:
Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad. (O sea que se ha muerto la madre que ya la cobraba)
Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con arreglo a las siguientes condiciones:
En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha
En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, que la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer. (O sea que solo lo puedes cobrar si la madre cobra mas que tu y ademas durante los dos años siguientes al naciomiento has cobrado mas de un 15% menos de lo que cobrabas 2 años antes)
El percibo del complemento es incompatible con la percepción de este complemento por el otro progenitor, por los mismos hijos o hijas.
En el supuesto de que los progenitores sean dos mujeres, se reconocerá a la que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.
En el supuesto de que los progenitores sean una mujer y un hombre que cumpla con los requisitos anteriormente señalados, podrá percibirlo el hombre si la suma de las cuantías de sus pensiones reconocidas es inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.
Si los dos progenitores son hombres, se reconocerá a aquel que perciba pensiones públicas cuya suma de menor cuantía.
( https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/4c43ce49-6636-4a12-bacf-5e6697eb81da )
#80 dado que los requisitos no son iguales para la mujer, se puede concluir que el perjuicio para el hombre sigue existiendo aunque se haya reducido.
#86 al revés, con la nueva norma se ha aumentado el perjuicio para el hombre
Yo he dejado de trabajar para atender a mis hijos. Pero como no fue en los dos años inmediatamente posteriores al nacimiento, y tampoco hubo una bajada de la cotización a la seguridad social (el paro cotizas lo mismo y las reducciones de jornada por guarda cotizas lo mismo) no cumplo los requisitos que solamente se exigen a hombres.
Sí bajaron mis ingresos pero eso no me otorga ningún derecho.
#80 El problema es que ante las reclamaciones de los perjudicados, deniegan sistemáticamente la reclamación, y tienen que acudir vía judicial para conseguirlo. Por esto es por lo que la UE condena por discriminación a la Seguridad Social
#5 Habrá que avisar a los de la ralea ultra, que han venido en manada a votar negativo. Se debían de pensar que esta noticia era contra el ministerio de igualdad y han venido a tapar las posibles críticas a la mujer del amo
#66 Ultrafems. Se ha aceptado dentro de la izquierda que hay que ser un poco menos justos y favorecer a la mujer más que al hombre, lo que provoca que la injusticia sea más pronunciada.
Yo me considero de izquierdas y estoy por la igualdad total y verdadera, sin favoritismos por motivos de sexo.
#73 "Yo me considero de izquierdas y estoy por la igualdad total y verdadera, sin favoritismos por motivos de sexo."
No puedo estar mas de acuerdo, pero para esos que presumen de izquierda verdadera tu y yo somos unos fachas.
#77 Y si me dicen facha me da igual. Soy marxista y lo que digan los ultrafems me trae sin cuidado.
#78 Groucho es Grande!
#77 Facha no sé si eres, pero un Talibán ortográfico debería darle un buen repaso a tu escritura.
#82 Que pasa? Te has dado por aludido nene?
Que yo sepa esto ya se corrigió hace tiempo.
#2 En el segundo párrafo queda claro que no:
Sobre la base de esa sentencia, un padre de dos hijos solicitó a la Seguridad Social española en noviembre de 2020 que le reconociera su derecho al complemento de la prestación de incapacidad permanente absoluta que percibía desde noviembre de 2018. Ante la denegación de su solicitud, acudió a los tribunales. Mediante una primera sentencia se le reconoció su derecho al complemento de pensión litigioso, pero se desestimó la pretensión indemnizatoria que había presentado paralelamente. Tanto el padre como las autoridades españolas han recurrido dicha sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
#12 #6 Se modificó en 2021.
https://civio.es/el-boe-nuestro-de-cada-dia/2021/02/03/cambios-en-imv-pension-maternidad-y-prorroga-moratoria-hipotecas/
#17 se modificó para nuevos jubilados pero entiendo que los que se jubilasen antes de 2021 podrían reclamar
#34 Si, claro.
En cualquier caso es un complemento que solo puede cobrar uno de los miembros de la pareja.
Ni idea de lo que ocurre con los divorciados.
#37 Y los viudos
#39 y la europea
#39 Supongo que lo cobrará el vivo ¿no?
#6 Mi padre la ha recibido. Como expone #17 hace un par de años que se corrigió. Voto antigua.
#70 #19 Lo que se dice en esta noticia no es que no se corrigiese esto, es que los que se vieron perjudicados tienen que reclamar judicialmente algo de lo que no se pudieron beneficiar, y eso es discriminación.
La noticia en un medio más afín a menéame #29 #52 etc
https://www.eldiario.es/economia/padres-derecho-indemnizacion-negarles-plus-maternidad-pension_1_10513092.html
El Tribunal de Justicia de la UE ha fallado en contra de la Seguridad Social, que obliga a los progenitores a acudir a los tribunales para que les reconozcan este plus: somete a “una doble discriminación”.
#68 Se modificó en el 2021 como señala #17 además eso supongo que corresponde al ministerio que controla la seguridad social.
#75 El Ministerio que controla la Seguridad Social (o la Seguridad Social en si) no tocan nada que suponga un desembolso de dinero, a no ser que les den un toque importante desde alguna otra institución.
La ley se modificaría en 2021, pero obliga a reclamar judicialmente, y ahí está la discriminación
Otro medio que posiblemente os sea más afín (y en el que se encargan de "descargar" de culpas al PSOE
https://www.eldiario.es/economia/padres-derecho-indemnizacion-negarles-plus-maternidad-pension_1_10513092.html
El Tribunal de Justicia de la UE ha fallado en contra de la Seguridad Social, que obliga a los progenitores a acudir a los tribunales para que les reconozcan este plus: somete a “una doble discriminación”. La medida, aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy, estuvo en vigor desde 2016 a febrero de 2021
(esto es sobre todo para los que dicen que es un bulo, con tal de tirar la noticia y que no se vea)
#79 Ya veo: Sin embargo, respecto a los padres afectados por la pasada normativa, la Seguridad Social no reconoció el complemento de oficio a los progenitores y además llevó a cabo un criterio de recursos sistemáticos de estos, obligando a los progenitores a litigar en los tribunales para que este plus les sea reconocido. El INSS argumentó que ese criterio cambió más adelante, para intentar que la justicia europea no resolviera el asunto, sin éxito.
Se han negado a aplicar retroactividad en la ley. * Eldiario lo explica bastante mejor.
#2 El problema está en que como no se ha solucionado por parte de los legisladores españoles que se de ese complemento, el hecho de denegar "sistemáticamente" ese "derecho europeo", obligando a pasar por juzgado, podría suponer en si mismo un segundo nivel de discriminación distinto al primero.
Lo que viene siendo un pez que se muerde la cola, porque la única forma de solucionar el segundo caso es solucionando el primero, y parece que no están por la labor.
#12 muy bien explicado, de hecho, es lo importante de la sentencia.
#91 Y es lo que no quieren ver los que votan negativo metiendo la noticia debajo de la alfombra.
Ya se modificó en 2021.
https://civio.es/el-boe-nuestro-de-cada-dia/2021/02/03/cambios-en-imv-pension-maternidad-y-prorroga-moratoria-hipotecas/
#67 Puedes esperar sentado. Es un protegido de los admin.
#93 no lo han entendido ni los que han votado
sensacionalista: 26 bulo: 7 errónea: 5 spam: 2 irrelevante: 2 antigua: 1
Tambien es importante esto que dice. Hay que incluir los costes.
"Por consiguiente, el órgano jurisdiccional nacional que conoce de una demanda presentada frente a dicha resolución denegatoria no puede limitarse a reconocer al afiliado de sexo masculino de que se trate el derecho al complemento de pensión litigioso con efectos retroactivos. En efecto, ello no subsanaría los perjuicios derivados de la nueva discriminación. En consecuencia, debe concederse asimismo al afiliado de sexo masculino una reparación pecuniaria adecuada, que permita compensar íntegramente los perjuicios efectivamente sufridos como consecuencia de la discriminación. Esta reparación debe tener en cuenta los gastos efectuados por el afiliado, incluidas las costas y los honorarios de abogado."
#109 Tambien dice que eso se tiene que corregir.
Mira #95
Quién lo iba a decir, si tenemos un ministerio para esto y todo...
...a no ser que sea una mentira y deba cambiásele el nombre a ministerio de la mujer.
#35 Es una ley de Rajoy, deberías leer los comentarios o las noticias ....
#47 Da igual que sea de Rajoy, de Zapatero, de Franco o de Perico de los palotes: Un ministerio "que se dice" "de igualdad" debería haberse encargado de analizar y corregir esto. Para otras cosas si que se han movido bien, pero para esto han tenido que venir de fuera a darnos un toque de atención.
#47 Qué rabia le debe haber dado a alguno de los ofendiditos que ha venido a votar negativo pensando que estaba haciendo un favor al ministerio de igualdad
#35 Sí, el ministerio de discriminación contra los varones.
¿Clon yo? ¿Puedes demostrarlo o simplemente te ciega el odio?
#14 No te molestes, este tipo se dedica exclusivamente al insulto y la descalificación. Repasa un poco su historial y podrás comprobar que no tiene otro oficio nada mas que ese.
#22 Reportado por Bulo.@admin este usuario me está difamando.
#22@admin El usuario que me reporta se dedica a insultar y descalificar sistemáticamente a otros usuarios. Revisa su historial y podrás comprobarlo.
#55@admin El usuario que me reporta por bulo acosa a otros muchos usuarios. Revise su historial.
#55 Yo doy fe de que lo que dices es cierto, el usuario Mltfrtk se dedica a insultar y descalificar y luego a ignorar.
@admin
#55 Lo que no entiendo es por qué esa cuenta sigue activa. Es como dices, es uno de las cuentas que se dedican a hacer el aire irrespirable por aquí y los administradores no actúan. Este sitio va cada vez a peor.
#14 Seguro que tienes cara de oveja 🐑
Ufff, Diario 16, conocidos por difundir bulos y por tener a Beatriz Talegon como asesora.
¿No hay otra fuente?
@admin repasa el historial de este usuario - -si eres tan amable. Podrás comprobar que sus comentarios se limitan a insultar y descalificar a otros usuarios y me reafirmo en ello.
#50@admin he estado revisando el historial de este usuario que tenía ignorado y veo que no es la primera vez que utiliza la difamación contra mí.
No tengo por qué aguantar acoso de ningún tipo.
#30 ya está con el cartelito que no tenía hace 5 min y 14 negativos.
Voy a añadir el mío
para rebañar karmaporque es de diario 16Huy, si ya no puedo
Estos son los que aceptan artículos pagados?
este es el mismo medio que publica lo que le mandes por 200€, no?
#48 De hecho esta noticia es un bulo.
¿"Diario 16 PLUS"?
#62 Diario 16 "plas"... como Disney....
#69 Sé que no viene a cuento pero es estúpido que una palabra en latín, plus, la pronuncien como ingleses, es decir: mal.
Me fio cero de lo que publique diario16. Desde que quebraron y pasaron a la nueva directiva no tienen reparo alguno de vender artículos como si fueran noticias.
Desde hace tiempo:
https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/14693-la-justicia-europea-declara-que-la-ley-espanola-discrimina-a-los-hombres-respecto-a-los-complementos-de-pension-por-hijos-/
El comando aliade vota negativo porque ve cómo se escapa su única oportunidad de poder arrimarse a una mujer a ver si así alguna les deja rozar una teta.
Luego hasta Yolanda Diaz se ríe de ellos.
#31 Es que la noticia es una gilipollez. Es un caso muy, muy concreto que corrige una ley del 2015 (sí, de tiempos de Rajoy, así que dejad da dar el peñazo con Igualdad). No merece estar en portada, resoluciones como esta hay muchísimas. Pero se os pone el trapo de la "discriminación hacia los hombres" y embestís.
#51 Ahora dilo sin llorar.
Esto es Menéame, no saldrá a Portada.
Demasiados cibervoluntarios de izquierdas.
#1 Sólo hay algo más patético que los cibervoluntarios de izquierdas, los lloricas de derechas, valga la redundancia.
#4 acaba de dejar de estar en portada, por lo que veo. ¿Volverá? CC #1, #18, #_08, #20, #23, #24...
#89 Te remito a #93
PS: Mientras dura el lloriqueo, daos prisa a votaros entre vosotros...
#4 Pues la proporción está clara de civervoluntarios (metiendo cosas debajo de la alfombra) vs lloricas ... porque al final han sacado la noticia de portada. Erróneamente, porque la noticia no es un bulo. Está también en eldiario.es, pero edulcorada (en la entradilla dicen que se corrigió, etc, pero reconocen que el tribunal europeo falla en contra de la seguridad social porque discrimina a los hombres que no se pudieron ver beneficiados por esa ley, ya que tienen que recurrir judicialmente para conseguirlo.
#1 Yo soy de izquierdas y quien ha mandado el artículo.
#7 Cuenta clon junio de 2023 enlazando al periodico de las noticias a 200 euros. BULO.
#7 Yo también soy de izquierdas. Pero lo que no se pueden negar son los 31 negativos que acumula el envió.
Y muchas de las cuentas que votan negativos son harto conocidas por aqui.
#1 Si llega a portada, rectificarás públicamente ¿verdad? ¿verdad?
#8 ¿Ya lo ha hecho?
#18
#8 #18 #20 #24 #32 #43 ahora que está retirada de portada podéis entrar a dar la razón a #1
#87 ¿Has entendido por qué está retirada?
#108 #93 según los votos mayoritarios, por sensacionalista, pese a que la noticia no dice nada que no diga el TJUE. ¿Tú qué interpretas sobre eso?
#108 #93 perdón, no debí preguntarte a ti en #114, ya que la has votado "errónea", y más allá de discutir sobre si está en portada o no, no has dado argumentos sobre la razón de tu voto. Está claro que no sabes por qué debe retirarse. Lo que sabes es que debe retirarse. Menuda desfachatez de noticia ¿eh?
#93 Porque la gente no lee, se queda con lo que le interesa y ha entendido que "atacaba" a su color ...
Porque si leyesen vería que la noticia no era un bulo como aseguraban. La misma noticia (desde otro punto de vista) la dan en eldiario.es y (dejando claro que la ley original era del PP, por supuesto) reconocen que Europa condena a la seguridad Social por discriminación porque está rechazando todas las reclamaciones de los afectados y les obliga a hacerlo por la vía judicial.
Unos tan solo han dicho "bulo" porque no corresponde con "sus colores" (o eso creen) y otros han aprovechado lo que otros decían, solo por lo mismo. O antigua (esta noticia es nueva, no se refiere a la modificación que hicieron a 2021 o a periodos anteriores, sino a lo que ha venido pasando desde la modificación hasta ahora, al rechazar todas las reclamaciones)
#87 Pues al final #1 tenía razón. Al César lo que es del César.
#8 aquí se viene a apostar. A veces dependiendo del horario de los que vienen a fichar con el negativo tarda más o menos.
Además si se tumba en portada, da más karma
#8 Si la sacan de portada rectificarás públicamente, ¿verdad? ¿Verdad?
#100 Yo no tengo que rectificar nada porque no he asegurado nada desde mi atalaya de superioridad
#1 Pues llegó a portada.
No obstante, este medio me da que hay ponerlo mucho en cuarentena.
Y no por esta noticia (que tampoco me he parado a comprobar su precisión) sino más bien por chorraditas irrelevantes de estas
Tamayo, el youtuber caído: de estrella de internet a explotador laboral
Tamayo, el youtuber caído: de estrella de internet...
diario16plus.comy alguna más por ahí.
#20 Por 200€ publican lo que sea sin contrastar lo más mínimo. Periodismo de nivel...
Pd: No te extrañe que al final esto sea un bulo, o una noticia real pero retorcida y sacada de contexto.
#1 bromeas? Pero si en Menéame son los primeros en criticar cualquier cosa que huela a feminismo transnochado. Tienes a tu imposible en portada ahora mismo. Precisamente es la gente de izquierdas en general quienes creen que el feminismo se ha corrompido en hembrismo y desean cambiarlo.
#21 Yo soy de izquierdas y tengo claro que el feminismo no se ha corrompido en hembrismo.
#27 la noticia implica lo contrario. No eres empático ni consistente. Seguro que eres de izquierdas?
#44 Mucha cosas se solucionan creciendo. De adolescente he dicho chorradas que no pensaba. Hoy día, a pesar de tantos pesares, la educación ha mejorado y hay comportamientos que no se toleran. Como el caso Rubiales. La hemeroteca está llena de ejemplos.
Por eso me reafirmo, a pesar de #42.
Pero coincido contigo, hay cosas que deberían ser transversales. Una mujer de derechas o de izquierdas debería tener los mismos deseos de libertad, y las mismas garantías de lograrlos.
Desde luego, yo pienso luchar por ambas.
#27 Ser un reaccionario es transversal, yo mismo me he visto en comportamientos machistas que he podido cambiar.
#27 tan claro como percibes todo lo demás entonces...
#21 creo que te ha faltado un " "
#1, la gente que te está votando positivo lo está haciendo después de que la noticia llegue a portada.
No sé si seréis cibervoluntarios de derechas pero está claro que la verdad os importa un comino.
#23 A ti si que te importa la verdad un comino, tanto de la noticia como del compañero que ha acertado y han tumbado la noticia de la portada.
#1 Además de estar en portada, creo que no sabes ni de qué va la noticia...
#1 Cree el ladrón...
#1 Ahora está la primera en portada. LOL
#1 Cada acusación vuestra es una confesión.
#40 #43 ejem ... mira de nuevo y dime si la ves en portada
#1 Pues portada en media hora
En esta ocasión parece que los 21 negativos (según escribo estas líneas, ya aumentarán) no han conseguido tumbar la noticia. Pero no por ello debe obviarse la existencia injustificable de los 21 negativos, ni que en muchas ocasiones bastan muchos menos para tumbar una noticia. La queja de #1 tenía base.
Ooops. esto iba para #_08 que es muy dialogante.
#61 me respondo a mí mismo porque sólo 8 minutos después la cuenta ya va por 33 negativos.
#76 Han debido darse un toque de atención "oye, que estáis tardando ya en entrar a votarla negativo. Os voy a dejar sin sugus!"
#1 sois patéticos.
noticia en portada a pesar de ser una manipulación de libro, pues viene de una ley de 2015
#83 y la gente que no lee, la noticia es que aunque se arregló en 2021, los hombres que no pudieron beneficiarse de esta ley tienen que reclamarlo judicialmente, uno por uno, con las molestias que esto genera, y esto es la discriminación por la que la UE condena a la Seguridad Social.
#102 Mi comentario está destacado porque la he votado negativo.
Aunque en mi caso es por el medio que publica la noticia.
No quita que al final #1 tenga razón en que vaya a caer de portada ... y tampoco quita que se merezca el negativo.
#1 Visto los negativos que te han metido les molestaba que señalases una obviedad (que podemos corroborar como acertada medio día después).