#56 No no, si a mi lo que me molesta es que el periodista no cuente la película tal y como es, que a fin de cuentas es su trabajo. Es normal que quien no sepa de esto lea la noticia y entienda otra cosa, como me puede pasar a mi o a cualquier otra persona con otros cientos de temas. Y estoy contigo, espero que ninguno de estos asuntos acabe en agua de borrajas por cualquier gilipollez/cagada de alguien. Aunque yo personalmente veo al Ruz este bastante concienzudo en su trabajo, que igual me equivoco, pero me da la impresión de que no es muy de meter la pata. Y sí, las prácticas de los partidos y demás han sido de cojones, por eso habría que explicar un poco mejor la información para que la gente no esté tentada de sacar la guillotina a la plaza pública.
Perdona si mi tono sonaba hostil, no quería ofenderte.
#47 Si te lees la noticia observarás que el Juez ha rechazado la petición basándose en que no han aportado elementos nuevos que permitan justificar estas medidas cautelares solicitadas. La postura del fiscal obedece a este mismo motivo, sin elementos nuevos ¿qué interrogatorio va a hacer? Cuando además esa medida cautelar la solicitó una parte que no ha aportado tales datos, necesarios para modificar la situación de un imputado.
De todos modos, sé que aquí todos veis indicios claros de dejación de funciones, aunque no sepáis en absoluto cómo funciona un proceso penal, pero eso no quiere decir que haya habido tal dejación. Y ya para terminar, este interrogatorio se refería simplemente a la adopción de esas medidas cautelares, no tenía nada que ver con la recopilación de pruebas para el juicio posterior y para eso el fiscal sí que ha hecho bastantes preguntas.
#80 Yo creo que con intentar que te arranque el izquierdo, en principio, puedes usar el derecho para llamar a la policía mientras se entretiene con tu miembro amputado.
#4 Hay quien recoge y hay quien no. Algunos equipos (yo conozco personalmente a algunos que lo han hecho), en las horas muertas, se dedican a recoger la basura que pueden, no soluciona el problema pero al menos queda gente concienciada.
#61 Vale, vale, ahora lo entiendo. Había entendido que habías escalado la pared de 200 metros sin cuerda ni hostias, por eso me sonaba raro. De todos modos, la arista esa sí que tiene una buena caída ¿eh? No sé si 200 metros, pero un buen viaje sí que te metes. Muy guapo el sitio
#37 Lo corroboro, la última que vez que hice el Naranjo fue en 2005 creo recordar (joder como pasa el tiempo) y escuché varias veces a gente que hablaba del "Naranco", todos eran de fuera así que supongo que pensarían que esa era la traducción de Naranjo en bable o algo así.
#29 Veo que te ha picado el negativo, lo suficiente como para rebuscar entre mis comentarios y cascarme uno. Tranquilo, me la trae floja, pero quería que quedase constancia pública de tu pataleta. Un saludo.
#133 La ropa sale en la foto porque es material incautado, ese material se incauta junto con las armas y las drogas que según los mossos se han encontrado porque en el juicio puede usarse como prueba de que pertenecen a algún tipo de organización o grupo criminal más o menos organizado. Que igual luego no vale para nada, pero todo eso hay que cogerlo y llevarlo al juez que es el que valora las pruebas, no los mossos.
#18 En principio podría ser un delito de daños del artículo 264.2 CP (6 meses a 3 años de prisión), pero el resultado producido tendría que ser grave. A mi en este caso el resultado sí que me parece grave, pero dependería de lo que dijera el Juez.
Creo que conviene precisar una cosa, el Código Penal sí que prevé la prohibición de alterar la calificación de los terrenos incendiados por un plazo de hasta 30 años.
Artículo 355
En todos los casos previstos en esta Sección, los Jueces o Tribunales podrán acordar que la calificación del suelo en las zonas afectadas por un incendio forestal no pueda modificarse en un plazo de hasta treinta años. Igualmente podrán acordar que se limiten o supriman los usos que se vinieran llevando a cabo en las zonas afectadas por el incendio, así como la intervención administrativa de la madera quemada procedente del incendio.
Ahora bien, esto solo se aplica a los incendios provocados en los que haya un responsable identificado, dado que lo acuerda el Juez en un proceso penal. En caso de incendios accidentales o provocados sin que se haya determinado la responsabilidad penal tendría que entrar en juego esa reforma que han tumbado. Sé que no es lo mismo ni es suficiente esta regulación, pero me parece un detalle importante a tener en cuenta.
#16 Sin tener el resultado de la autopsia difícilmente se pueden apreciar indicios de criminalidad a simple vista, y más si el cadáver ha aparecido en unas rocas expuestas al mar.
Perdona si mi tono sonaba hostil, no quería ofenderte.