#39 se puede considerar abandono cuando abandonas y no te hacen el seguimiento para comprobar el abandono de la prostitución, que es el principal objetivo.
#32 En ningún momento he dicho que sea incompatible, simplemente indico el porcentaje de abandonos y si la hostelería en Madrid es el mejor mercado para la acción según estan los sueldos y las condiciones de trabajo.
Creo que la noticia está incompleta, supongo que las condiciones son las mismas que la acción del año pasado [ www.huffingtonpost.es/2015/07/30/becas-prostitucion-madrid_n_7903700.h ]; 2.400 euros por mujer repartidos en bloques de 600 euros durante cuatro meses.
Visto el resultado del año pasado, no conozco los totales desde 2007, casi el 30% ha encontrado trabajo y otro 22% está en búsqueda activa de empleo, significaría que la mitad abandonan. ¿Por qué?
Ofrecer itinerarios relacionados con la hostelería en una ciudad saturada en ese ámbito ¿es lo ideal?
Dejo mi análisis personal:
- No era una vuelta de las elecciones del 20D, eran una nuevas.
- El PP fue castigado el 20D por la corrupción, recortes, etc. Quienes no supieron llegar a un acuerdo fueron PSOE, C's y Podemos. Esa falta de acuerdo ha producido que los temas entre las elecciones no fuera la gestión del PP en los cuatro años que gobernó, el tema ha sido el sorpaso.
- Unidos Podemos, no es una confluencia, es una coalición.
- Podemos se considera una herramienta para el cambio, no se comporta como tal.
- Las formas democráticas mostradas por Podemos: círculos, listas ciudadanas,... No son democráticas, son formas de control.
- No se puede pensar en una mayoría absoluta en dos años de andadura tras ocho años de una crisis que con la ayuda de gobiernos y empresas han marcado el miedo y la individualidad en la clase obrera que es la mayoría de la población. El discurso de la clase media ha calado tanto que se ha perdido la solidaridad, el apoyo mutuo,... que la clase obrera tenía.
También se cierra, esto ha pasado desapercibido en Valladolid, la rotativa de El Norte de Castilla (Printolid) y que supone la extinción de 35 empleos directos que se empieza a negociar el próximo 6 de abril.
Ampliación de mi anterior comentario, pulsé enviar por error.
No podemos juzgar a Noelia Cotelo por un artículo de 2007. No es un secreto que entró con 19 años para cumplir una condena de dos años y cuatro meses de hurto y que actualmente lleva 8 años en las prisiones españoles donde ha sufrido aislamiento, dispersión continua lejos de su familia en Galicia, torturas físicas (palizas, encadenamientos a su cama…) y psicológicas (incomunicación, presión por parte de sus carceleras/os…) y un intento de violación, que le han costado, entre otras cosas, días en coma y lesiones graves.
También es verdad que no tiene un Programa Individualizado de Tratamiento para la consecución de la finalidad resocializadora de la pena privativa de libertad. Vive en AISLAMIENTO PERPETUO encubierto con la aplicación del 1º grado, Noelia siempre ha demuestrado su interés de progresar y es la propia administración penitenciaria quién lo impide, y más sorprendente aún que se le señale en informes como “inadaptada”.
El trasfondo de la noticia que deberíamos de ver, es el seguimiento que se hace a las presas y presos del FIES (Ficheros Internos de Especiales Seguimiento). Los FIES no son ficheros de datos, son formas de control:
- Grabación de todas las llamadas telefónicas que el Interno realice al exterior.
- Fotocopia de toda la correspondencia entrante y saliente del Interno.
- Grabación de las Comunicaciones.
- Observación y anotación diaria por parte de los funcionarios del módulo de todas las actividades que realiza el Interno (compañeros, paseos, lecturas, destino, etc.)
- Control de la comunicación del Interno con su abogado.
- Restricción de las personas que comunican con el Interno, ya sean comunicaciones directas o telefónicas.
- No pueden convivir dos Internos F.I.E.S. en la misma celda.
- Cambio continuo de celda.
- Cambio constante de Centro Penitenciario, sin tener en cuentala vinculación familiar del Preso a una ciudad determinada.
- Dificultad para trabajar en un Destino.
- Demora en exceso para lograr los Permisos de Salida.
- Al interno o interna no se le aplicará la Libertad Condicional a las 2/3 partes de la condena como correspondería por su buen comportamiento y la ausencia de partes, sino a las 3/4 partes de la condena.
- Cacheos continuos de su celda.
Viendo que uno de los puntos es control de la lectura, ¿qué problema de seguridad es Viviendo mi vida (www.rebelion.org/noticia.php?id=191896) de Emma Goldman?
No podemos juzgar a Noelia Cotelo por un artículo de 2007. No es un secreto que entró con 19 años para cumplir una condena de dos años y cuatro meses de hurto y que actualmente lleva 8 años en las prisiones españoles donde ha sufrido aislamiento, dispersión continua lejos de su familia en Galicia, torturas físicas (palizas, encadenamientos a su cama…) y psicológicas (incomunicación, presión por parte de sus carcelerxs…) y un intento de violación, que le han costado, entre otras cosas, días en coma y lesiones graves.
#89 Lo que quiero decir es que el concepto de jornada de reflexión ahora mismo es tontería porque: los media en sus noticias dan informaciones de los partidos del día anterior donde se pide el voto, la propaganda electoral en la que se pide el voto no es recogida (pancartas, banderolas, casetas electorales,...) y sigue viéndose con la petición del voto.
Y respecto al respaldo del TC a manifestarse en jornada de reflexión, en la sentencia lo que dice es:
- Qué si no hay petición ni captación de votos hacia un partido determinado, o partidos. No se puede desautorizar.
- Qué no es lo mismo la finalidad de la manifestación que la de un manifestante. En el objeto de la manifestación cuando se entrega, que no es una solicitud de manifestación porque una manifestación no se solicita se comunica. Se tiene que indicar en el objeto de la misma, que 'no se pide el voto ni el voto es el objeto de la manifestación'.
- Y que es necesario algo más que la sospecha para desautorizar una manifestación.
- Sobre la jornada de reflexión, ¿Se quita la propaganda electoral que pide el voto de nuestras paredes, farolas, etc? Mirad los artículos 53, 144, 151 y 153 de la LOREG.
- El TCS respaldó por sentencia las manifestaciones en jornada de reflexión [ www.tribunalconstitucional.es/es/jurisprudencia/Paginas/Sentencia.aspx ]