Las descargas de obras intelectuales siguen sin ser delito porque se exige ánimo de lucro, pero el concepto de copia privada se ha reducido a su mínima expresión en la última reforma, lo que las convierte en un ilícito civil.
La única razón por la que los usuarios no están hoy en los tribunales demandados por descargas no autorizadas es por el obstáculo legal que ha encontrado la industria a la hora de identificarlos en un procedimiento civil. Es decir, a la hora de transformar un número de IP en nombres y apellidos.
La Ley de Conservación de Datos dice que el deber de cesión de los datos por parte de los operadores será “siempre que les sean requeridos a través de la correspondiente autorización judicial con fines de detección, investigación y enjuiciamiento de delitos graves contemplados en el Código Penal o en las leyes penales especiales.” Como en este caso no sería penal (porque no es delito) sino civil, se encuentran con un obstáculo difícil de salvar al no poder obtener la identidad del usuario al que pretenden demandar. Así se deduce de la famosa sentencia desfavorable a PROMUSICAE del TJUE, que consideró no contraria a las directivas europeas nuestras leyes que regulan la conservación y cesión de datos, y de otras resoluciones como el auto de la Audiencia Provincial de Madrid de 12 de abril de 2010, dictado también en un caso de usuarios P2P y el de esa misma audiencia de 19 de febrero de 2010.
Es que hasta me tiemblan las putas manos cuando escucho según que cosas, o sea en serio de verdad, ¿no sabes que ha pasado Pablo Iglesias?
Pues te lo voy a explicar, coletas a ti y a tus seguidores más fieles
Te aprovechaste del movimiento 15M donde la gran mayoría eran jovenes hasta la punta de la polla de las medidas de ZP y de la situación económica de España, NO QUERIAMOS banderas de ningún puto tipo tampoco nos haciamos pajas con ideologías de décadas pasadas , eramos jovenes y no tan jovenes chillando por nuestro futuro y a los 3 putos santos días aquello ya se había convertido en otro puto estercolero de perroflautas con las banderas comunistas y las republicanas hasta en los dientes
Ahora bien, te has aprovechado (porque no tiene otro nombre) del destrozo de ZP y de las medidas tan poco populares del PP para poco a poco ir cogiendo peso en el panorama político, has canalizado toda la ira y frustración de la gente que NO TENIA PARA COMER para meter a fuego tus ideas de MIERDA
Se te dio el beneficio de la duda y pillásteis las grandes ciudades de España, OS VOTAMOS en masa para que intentaseis cambiar la puta situación, ¿qué coño habéis hecho?
1- Empezasteis a cambiar calles, plazas bustos y placas como si no hubiese mañana , algo que al padre de familia sin trabajo que os voto LE SUDABA LA POLLA
2. Empezasteis a dar privilegios a ILEGALES para vender su mercancia ILEGAL delante de sus locales mientras al padre de familia con la tienda de ropa de enfrente le quitabais en impuestos el futuro de sus hijos
3. Empezasteis a tocar tradiciones ESPAÑOLAS (estamos en España y no nos da verguenza reconocerlo como a ti, subnormal) celebraciones que eran una vía de salida para gente muy jodida la politizasteis hasta decir basta , cosa que por supuesto al padre de familia en paro LE SUDABA LA POLLA.
4 . Os pusisteis muy muy pesados con el tema de los refugiados, a todos nos parece un drama ahora bien, ahora bien dile tu al padre de familia EN PARO que ESPAÑA necesita 2… » ver todo el comentario
#2 Pues odio dar la razón a la Elena, pero se dice "iros". Nadie jamás de los jamases en castellano ha dicho "idos" como imperativo de ir. Idos significa "alocaos", nunca "marchaos".
A algún filólogo que se toma la regularidad demasiado a pecho le ha dado por decir que se debería decir "idos". Es absurdo, nadie lo dice, ni siquiera en un registro culto. El verbo "ir" es el más irregular del castellano, con "ser", y cambia incluso de raíz dependiendo del tiempo verbal. ¿Por qué no se acepta una forma irregular más?
Decir "idos" es una hipercorrección, propia de pedantes o académicos.
Por una vez, nuestra querida Elena la campechana, la que habla como el pueblo, habla bien.
#86 Los imperativos no se analizan así. Aunque se diga id, no hay por qué decir idos (en todo caso sería "íos"), igual que de "marchad" no se deduce *marchados
Las descargas de obras intelectuales siguen sin ser delito porque se exige ánimo de lucro, pero el concepto de copia privada se ha reducido a su mínima expresión en la última reforma, lo que las convierte en un ilícito civil.
La única razón por la que los usuarios no están hoy en los tribunales demandados por descargas no autorizadas es por el obstáculo legal que ha encontrado la industria a la hora de identificarlos en un procedimiento civil. Es decir, a la hora de transformar un número de IP en nombres y apellidos.
La Ley de Conservación de Datos dice que el deber de cesión de los datos por parte de los operadores será “siempre que les sean requeridos a través de la correspondiente autorización judicial con fines de detección, investigación y enjuiciamiento de delitos graves contemplados en el Código Penal o en las leyes penales especiales.” Como en este caso no sería penal (porque no es delito) sino civil, se encuentran con un obstáculo difícil de salvar al no poder obtener la identidad del usuario al que pretenden demandar. Así se deduce de la famosa sentencia desfavorable a PROMUSICAE del TJUE, que consideró no contraria a las directivas europeas nuestras leyes que regulan la conservación y cesión de datos, y de otras resoluciones como el auto de la Audiencia Provincial de Madrid de 12 de abril de 2010, dictado también en un caso de usuarios P2P y el de esa misma audiencia de 19 de febrero de 2010.