#46 no sé que tiene que ver una cosa con la otra.
Para empezar te has tenido que ir a una noticia de 2015 que encima si te la lees te explica claramente que esa sanción es anulable al no poner en riesgo la integridad física de un agente porque estos ni siquiera salen en la foto.
En definitiva si te lees las dos noticias. Una persona que no debería haber sido denunciada por dicha ley (y claramente recurrible) y la otra un delito de calumnias. Cosas que no tienen que ver pero que algunos os empeñais en que tengan, supongo que será por ignorancia y no por repetir mantas absurdos....
#16 a ver, pides demasiado, aquí la gente aún se cree que la "ley mordaza" es algo penal, no saben diferenciar una ley administrativa con el código penal, aún recuerdo a algunos diciendo que a valtonic le imputaban por culpa de la ley mordaza, en fin siempre es más divertido defender a capa y espada cosas de oídas que por informarte bien
#60 hombre, que un juez, que su labor es aplicar la ley, vaya indultando a gente también es una buena aberración. Con el ego que tienen para que se les dé un poco más de poder,... Serian algo así como el dios sol.
#44 el sistema de indultos es necesario, no para aplicarlo de forma ideológica o sectaria, pero para casos como el arrepentido que destapó la trama gurtell es una buena herramienta. Será condenado y en estos casos viene muy bien el indulto, para animar a otros y mandar un mensaje positivo, pero no sé, este hombre no ha secuestrado a sus hijos...
a ver anoréxico mental, te lo repito otra vez, que me da igual este caso, no por poner las cosas en mayúsculas tienes algo de razón y hablas de cuñadeces sin tener ni la más remota idea de derecho penal. Solo te estoy diciendo que donde pone algo de centímetros en el código penal, alomejor esa clase me la perdí, y sólo vengo aquí a que tú me ilustres, catedrático.
Luego nos quejamos de auge de Vox, pero con personajes como tú lo que me sorprende es que no tengan ya mayoría absoluta...
Edito este mensaje va para el gran Harkon el cual insulta y me bloquea
#44 te lo pregunto a ti porque parece que eres experto en la materia, no sobre este caso, (que me la suda lo que haya pedido el fiscal y la parte acusatoria). Sino porque no sabía que el código penal exigía longitudes en heridas para aplicar este tipo penal. Todos los días se aprende algo nuevo de un meneante no extremista. ️
#26 jajjaajajajajjajajaja, me encanta, "no tienes ni puta idea" y luego dices estupideces q te acabas de inventar, mira pequeño padawan, la legítima defensa se puede aplicar hasta para salvaguardar tus bienes, no solo por la integridad física. Ahora, no tiene absolutamente nada q ver q la agresión sea leve o grave. Hay varios requisitos que se tienen q cumplir para que se aplique. Agresión ilegítima, falta de provocación suficiente por parte del defensor y necesidad racional del medio empleado (esto último también hace referencia al marco temporal, teniendo que ser en el momento o momentos antes de que ocurra).
Pero claro es más de macho de meneame tirar de inventiva y faltar el respeto, lo más gracioso es que luego irás llamando cuñado a todo el mundo, recuerda que si nadie lo dice el cuñado eres tú
#11 creo q estás mezclando churras con merinas, las antiguas faltas fueron modificadas en el 2015 por delitos leves en la reforma del código penal, es decir, tanto un delito leve como una falta (que es lo mismo pero con otra nomenclatura) la presunción de veracidad no existe y seguía siendo el acusador (policía) el que tiene q demostrar que el delito leve o falta se ha cometido. Otra cosa es la llamada ley mordaza (ley de seguridad ciudadana) que es una ley administrativa en la cual se registran sanciones pecuniarias. Si un individuo se salta un semáforo y un policía lo ve y lo sanciona, tiene presunción de veracidad porque de otro modo casi nadie podría ser sancionado por hechos similares. Ese es el motivo de la presunción de veracidad en las leyes administrativas
#10 a ver si te enteras q el policía solo tiene presunción de veracidad en cuestiones administrativas, que en un juicio es un testigo/victima/acusado más.
Pero claro repites el mismo mantra mil veces a ver si cuela y vienen tus palmeros a aplaudirte
#50 no solo eso, si llevas el DNI encima y no quieres identificarte, es una sanción administrativa leve, si sigues en esa actitud seria una sanción administrativa grave. Ahora bien si a la cuarta vez que te es requerido el DNI te sigues negando se convierte en un delito de desobediencia a agentes de la autoridad. NO lo digo yo, lo dice el tribunal supremo y al haber jurisprudencia sobre el tema es una de las fuentes secundarias del derecho.
Todo esto cuando el agente necesita identificarte para sancionarte como, por ejemplo, una fiesta covid.
En el caso de la chica del video que ha salido hace pocos días diciendo que no podían entrar en la casa, dicha chica, ha solicitado un habeas corpus, siéndole negado por el juez, por lo tanto la entrada y la detención fueron legales.
Resumen, los agentes vienen a sancionar, se niegan (administrativa leve), siguen en lo mismo (administrativa grave) continunan (delito de desobediencia), al ser delito flagrante se puede entrar en la vivienda. Ese es el camino que se sigue en estos casos.
#4 atentado contra agente de la autoridad no es solo cuando vayas de uniforme, sino también con ocasión de ello, es decir, que te agredan por ser policía aunque no estés de servicio.
#137 lo que yo quiera no, lo que es, pero hay que ser racional con lo que se dice y se hace, los cayetanos, unos subnormales por salir a decir estupideces en medio de una pandemia, estos lo mismo, lo que no puede ser es que antes nos pareciese "fatal" que saliesen y que esto nos parezca un despliegue de derechos que nos quiere cercenar esta dictadura. Algo que nunca he entendido de esta pagina es que siempre os estéis quejando de que en la policía hay gente de derechas mientras lo único que hacéis es machacar todo lo que hacen y poniendo en duda su imparcialidad, pero eso si, cuando detienen a políticos corruptos del signo contrario no ponéis ni un ápice de duda en esas diligencias, como palabra divina...
Para empezar te has tenido que ir a una noticia de 2015 que encima si te la lees te explica claramente que esa sanción es anulable al no poner en riesgo la integridad física de un agente porque estos ni siquiera salen en la foto.
En definitiva si te lees las dos noticias. Una persona que no debería haber sido denunciada por dicha ley (y claramente recurrible) y la otra un delito de calumnias. Cosas que no tienen que ver pero que algunos os empeñais en que tengan, supongo que será por ignorancia y no por repetir mantas absurdos....