#8 Solo los indefinidos por sentencia y por qué así lo señala la jurisprudencia del Supremo y los de obra/eventuales (aunque con indemnización más reducida). Los interinos laborales, sin ir más lejos, no tienen derecho a indemnización al impedirlo expresamente el art. 49 del Estatuto de los Trabajadores (otra cosa es que se les pueda otorgar por aplicación de la novedosa jurisprudencia del TJUE, pero teniendo claro que la legislación española no les otorga indemnización alguna)
#4 Es imposible obtener la fijeza por sentencia sin pasar una oposición. A estos trabajadores, que son los más puteados de la administración, trabajando sin ninguna estabilidad y con muchos menos derechos, ahora los van a dejar hasta sin indemnización. Es una vergüenza.
#1 Aquí lo que importa es pagar impuestos para montar un Eurovegas o traerse unas Olimpiadas, no para que los ciudadanos tengamos derecho a la vida. Ten por seguro que en caso de haber muerto nadie asumiría responsabilidades, como mucho indemnizarían a la familia.....también con nuestros impuestos.
#63 Vía penal y laboral son diferentes. La vulneración de la buena fe es un abuso de confianza por una de las partes de la relación laboral. Existen pruebas de que Sepulveda se ha aprovechado de su condición de miembro del pp para beneficio propio, y eso con independencia de que los hechos no sean delictivos, pero si constituyen en todo caso una conducta inadecuada o poco ética, que sobre todo en organizaciones políticas, sindicales u ONG constituyen una causa legal para el despido.
#4 Si ya estás afiliado a un sindicato antes de ser contratado por una empresa basta con guardar silencio y no comentar en el sindicato que cambias de empresa para que ellos no se enteren, y mucho menos los delegados sindicales de la nueva empresa. Por lo que se los sindicatos se alimentan de los datos que le da el afiliado. Si te callas pasarás desapercibido. Mejor no decir nada antes que levantar la liebre pidiéndoles que guarden esa información.
#2. Por poder preguntar pueden, otra cosa es qeu no deban hacerlo. Pero ya sabemos como funciona esto. La empresa no puede saber si estás afiliado a un sindicato antes de contratarte, salvo que tu lo expreses abiertamente, son datos de carácter personal. Por último, los representantes sindicales si que suelen tener un censo de todos los afiliados en la empresa, es lo normal, pues en base a eso se constituyen las secciones sindicales.
#5 Por lo menos alguien se ha tomado la molestia de hacerlo, por que te aseguro que el 99% de los españolitos no tienen ni puñetera idea de que existe.