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Gorgojo_Rojo

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Pensión mínima frente a pensión no contributiva [13]

  1. A ver, el que una persona no devengue derecho a pensión de jubilación de carácter contributivo no quiere decir que, automáticamente, pase a obtener una pensión de jubilación de carácter no contributivo (entre otras cosas, se requiere carecer de rentas o ingresos suficientes). En 2019, el sistema de la Seguridad Social destinó a pensiones de jubilación no contributivas 1.339,12 millones, mientras que el gasto en pensiones de jubilación contributivas (sin considerar el complemento a mínimos) ascendió a 94.045,17 millones.

Son los mismos: apoyan a Pablo Hasel mientras te ponen un strike [61]

  1. Pablo Rivadulla ha sido condenado a prisión (se le han impuesto penas de multa por injurias y calumnias a la Corona y las Instituciones del Estado) por el delito de enaltecimiento del terrorismo.
    La Unión Europea, a través de la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/475/JAI del Consejo y se modifica la Decisión 2005/671/JAI del Consejo, impone a los Estados miembros tomar medidas para combatir la "provocación pública a la comisión de un delito de terrorismo".
    Algunos tweets de Hasel recogidos en la sentencia como hechos probados:
    "ANTE EL TERRORISMO DE ESTADO, EL BARRIO ORGANIZADO"
    "LAS MANIFESTACIONES SON NECESARIAS, PERO NO SUFICIENTES. APOYEMOS A QUIENES HAN IDO MAS ALLA"

Hilo de tuiter que interpreta los resultados de las elecciones catalanas estupendamente [8]

  1. El independentismo catalán tiene, con los resultados electorales que se han dado, una oportunidad de oro para alcanzar su meta final. A mi modo de ver, la estrategia más eficaz sería la expuesta por JxCat (a través de su candidata Laura Borrás), es decir, una DUI en el Parlament (donde los independentistas cuentan con mayoría absoluta) que difícilmente se podría combatir desde el Congreso (aplicando otra vez el art. 155 CE) ya que, de una parte, no contaría con el apoyo de Unidas Podemos y, de otra, requeriría que el PSOE (bueno, la facción "sanchista" del PSOE) solicitara el apoyo del Partido Popular y .......¡¡¡¡ de Vox!!!! (esto es impensable).

¿Quién está intentando cerrar Menéame? [435]

  1. Creo que gran parte del asunto que aquí se trata tiene como causa la "ignorancia". En primer lugar, un requisito para conseguir el "ingreso mínimo vital" (como supongo que ocurriría con una RBU) es "tener residencia legal y efectiva en España" (art. 7.1.a del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital).
    Por otra parte, la entrada legal en España para los extranjeros está condicionada (art. 25 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
    Por tanto, la coordinación entre Ingreso Mínimo Vital (pequeña ampliación en elgorgojorojo.wordpress.com/2020/06/10/ingreso-minimo-vital-y-vulnerab) y el control de fronteras ya se contempla en nuestro derecho y las restricciones de entrada al país existirán al margen de las RBU u otras figuras afines.

Las cotizaciones sociales tambien son impuestos [12]

  1. A ver, a nivel conceptual los impuestos (que son una especie particular de tributos) tienen como fin el sostenimiento de los gastos públicos, en tanto que con las cotizaciones sociales se pretende cubrir determinadas contingencias, como el desempleo, la jubilación o los accidentes de trabajo.

    El primer escollo sobre la materia es que en nuestro pobre país ni los primeros son suficientes para financiar el gasto (insostenibilidad de las cuentas públicas), ni los segundos pueden hacerse cargo al total de las contingencias de nivel contributivo (insostenibilidad de la Seguridad Social).

    Por lo que respecta a lo que creo que se pretende exponer, la "presión fiscal" en España, que no es sino la proporción entre recaudación por impuestos más cotizaciones sociales y el Producto Interior Bruto, fue del 35,4% en 2019 (en la UE se superó el 41%).

36.000 personas obtienen más de 300.000 euros al año en España [3]

  1. La medida tiene dos componentes:
    a) incremento de 2 puntos porcentuales en el tipo con el que se grava la base imponible general para importes superiores a 300.000€; es decir que, con pequeñas variaciones según CCAA, el 49% de los rendimientos por trabajo irá a IRPF
    b) incremento de 3 puntos porcentuales en el tipo con el que se grava la base imponible del ahorro para importes superiores a 200.000€; es decir que un 29% de lo recibido por dividendos (actualmente no existe deducción por doble imposición interna), intereses, rendimientos de seguros de vida y ganancias patrimoniales irá a IRPF

    El incremento de ingresos previsto de 491 millones es la suma de los aumentos estimados para los años 2021 y 2022.

En general, yo veo bien los presupuestos [39]

  1. Los PGE, que se conforman por la agregación de los presupuestos del Estado, organismos autónomos, Seguridad Social y otras entidades del sector público estatal, tienen especial relevancia política (también económica), porque el fracaso en su aprobación se asocia a la obligación moral del Gobierno de turno de convocar elecciones (aunque, como es sabido, se ha estado gobernando el país con unos presupuestos aprobados en 2018 y elaborados por una Administración de distinto color político al de la que los " ha ejecutado" y no ha pasado nada).

    Pero, desde un punto de vista más amplio (el que utiliza la Unión Europea), no son mas que una pieza del total presupuestario de las Administraciones Públicas (que incluye a las CCAA y CCLL) y de una perspectiva temporal plurianual. En último término, la valoración de los PGE se supedita al objetivo de la sostenibilidad financiera de las cuentas públicas en el medio plazo, concretada en el principio de que la deuda pública no debe superar el 60% del PIB.

    Por lo anterior, a mi entender, debiera ponerse el foco en la valoración del Plan Presupuestario 2021 (resumen en elgorgojorojo.wordpress.com/2020/10/24/plan-presupuestario-de-2021/) que se remitió el pasado 15 de Octubre a Bruselas y que está pendiente de un dictamen por parte de la Comisión Europea que debe evacuarse antes del próximo 30 de Noviembre.

El desbarajuste presupuestario atenaza al Gobierno [5]

  1. Gracias.
    La Constitución Española no contempla otra consecuencia a la omisión que planteas que la de la prórroga de los Presupuestos vigentes. Respecto del Proyecto de Plan Presupuestario para 2021, que el Gobierno debe presentar antes del 15 de Octubre, no hay precedente de incumplimiento por parte de España de esta obligación.
    El Reglamento (UE) n° 473/2013 dispone que el proyecto de plan presupuestario debe ser coherente con las recomendaciones formuladas en el contexto del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y, cuando proceda, con las recomendaciones formuladas en el contexto del ciclo anual de supervisión (son las acordadas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 20 de Julio de 2020), incluidos el procedimiento relativo a los desequilibrios macroeconómicos establecido en el Reglamento (UE) nº 1176/2011.
    Si la Comisión Europea considera que contiene un incumplimiento especialmente grave de las obligaciones de política presupuestaria establecidas en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento solicitará a España la presentación de un proyecto de plan presupuestario revisado a la mayor brevedad.
    De no atenderse el requerimiento anterior, a mi juicio, la Comisión podría activar un procedimiento de infracción que, al estar España en el "componente preventivo" de Pacto de Estabilidad y Crecimiento, podría concluir con la obligación de constituir un depósito con intereses equivalente al 0,2% del PIB correspondiente al ejercicio precedente, amén de la paralización en la distribución de fondos europeos.

Echando cuentas con los funcionarios [20]

  1. A mi entender, nuestro país tiene un muy serio problema respecto del gasto de los empleados públicos.
    Sin entrar en la cuestión de su número, lo que es claro es que son una importante causa de la desigualdad social. En este sentido, el INE en "Decil de salarios del empleo principal.
    Encuesta de Población Activa (EPA) Año 2018" (ver www.ine.es/prensa/epa_2018_d.pdf) ya indicaba que:
    "El salario medio bruto en el sector público alcanzó los 2.598,4 euros en 2017, mientras que en el sector privado se situó en 1.719,7 euros."
    Por su parte, en Marzo de 2018, el Gobierno de M. Rajoy acordó con los sindicatos CCOO, UGT, y CSIF subir los sueldos de los empleados públicos en los años 2018, 2019 y 2020.
    Los Gobiernos del Doctor en Economía, Pedro Sánchez Pérez-Castejón, han respetado escrupulosamente el acuerdo citado, lo que ha supuesto incrementos salariares del ,1,50% más un 0,25% desde mitad de año, 2,25% y 2,00% para cada uno de los años citados (con discrecionales complementos adicionales de 0,20% y 0,25% en los ejercicios 2018 y 2019) cuando el IPC de esos años ha sido el 1,1%, 1,2% y 0,8%, respectivamente.
    A fecha de hoy, con un enorme número de nuestros compatriotas al borde de la penuria, ya habréis oído que el Partido Popular no admite la congelación del sueldo de los empleados públicos (J. Azcón, alcalde de Zaragoza) y que los sindicatos representativos del colectivo rechazan esta posibilidad.

El registro de alquileres como solución a la ocupación [22]

  1. Con más precisión, hay que apuntar que el problema de la "ocupación" afecta al delito de "usurpación" (art. 245.2 del C. Penal) y no tanto al delito de "allanamiento de morada" (art. 202 del C. Penal).
    Efectivamente, en torno al alquiler de inmuebles existe una enorme bolsa de evasión de impuestos, que se podría combatir imponiendo la obligatoriedad de contrato escrito (hoy por hoy, no requiere de forma escrita) y su inscripción en un registro.
    Ahora bien, lo anterior no justifica una protección desproporcionada de la "okupación", como así vino a reconocer el Tribunal Constitucional en sentencia del 28 de Febrero de 2019 (breve comentario en elgorgojorojo.wordpress.com/2019/03/11/constitucionalidad-del-procedim).

Señoras y caballeros, nos vamos al guano. Por segunda vez. [147]

  1. #140
    Como ya dije, cierto, rectifico. La expresión exacta de Pedro Sánchez Pérez-Castejón fue:

    "Gracias al estado de alarma hemos podido salvar miles y miles de vidas en el conjunto del país"

    Puede comprobarse en este vídeo youtu.be/QuI8LxkruyQ (hacia el minuto 5)

    Respecto de las consecuencias en las principales economías europeas y EEUU, los resultados han sido los siguientes:

    PIB 2º TRIM/PIB 1º TRIM ESPAÑA ALEMANIA FRANCIA ITALIA REINO UNIDO EEUU

    Variación porcentual  -18,5% -10,1% -13,8% -12,4% -20,4% -9,5%

¿Qué es y cómo funciona el Concierto Económico Vasco (y Navarro)? [25]

  1. La materia presenta dos cuestiones básicas objeto de debate (más ampliado en elgorgojorojo.wordpress.com/2017/12/19/el-cupo-vasco-breve-exposicion-):
    a) el Concierto Económico con el que se materializa el derecho de las instituciones vascas a establecer -y recaudar- sus fuentes de ingresos con los que afrontar los gastos derivados por las competencias asumidas. Este asunto, amparado por la Constitución Española, en cuanto que fomenta la autonomía y la responsabilidad me parece positivo
    b) el Cupo con el que se concreta la contribución de la CCAA del País Vasco a las cargas no asumidas pero cuyo gasto soporta el Estado, aunque aprovechen a todos los ciudadanos. Sobre este particular es claro que, si no se determinan (infravaloran) correctamente las cargas no asumidas, se produce un agravio frente al resto de los españoles y, hasta ahora, el oscurantismo sobre su método de determinación hace pensar lo peor

Señoras y caballeros, nos vamos al guano. Por segunda vez. [147]

  1. He de recordar que el "estado de alarma" fue apoyado por todos los grupos parlamentarios y, cuando alguno se opuso, nunca fue por razones económicas.
    Por tanto, no busco culpables para los devastadores efectos económicos (puesto que son todos) sino que, de cara al futuro, pido una aplicación ponderada de las medidas que se vayan a tomar.
  1. #24 Tienes razón en resaltar la importancia del turismo para el PIB español (en torno al 15%), pero también es relevante para Francia (sobre el 7%) e Italia (alrededor del 13%) y el impacto en la economía de las medidas adoptadas en materia de actividad empresarial ha sido bastante menor.
    Por otra parte, estamos hablando de la evolución en la economía en el 2º Trimestre que, de cara al turismo, no es el más trascendente.
  1. #45 Cierto, rectifico. La expresión exacta de Pedro Sánchez Pérez-Castejón fue:

    "Gracias al estado de alarma hemos podido salvar miles y miles de vidas en el conjunto del país"

    Puede comprobarse en este vídeo youtu.be/QuI8LxkruyQ (hacia el minuto 5)
  1. #20 Gracias. Mi argumento, seguramente errado, es que hay que ponderar las medidas que se toman con un objetivo (evitar el colapso del sistema público de salud) y los efectos que producen en otros aspectos (quiebra de empresas, desempleo, deudas para las próximas generaciones, etc.). Como flojo apoyo a mi argumentación, aporto algunos datos sobre la variación intertrimestral del PIB de otros países (en el 2º TRIM de 2020) que, con la misma problemática sanitaria, no han recurrido a una "parada total de la actividad comercial" o a un "confinamiento domiciliario" y han tenido logros comparables o mejores que los de nuestro país respecto de la salud pública. En cuanto a los mayores, recomiendo que se proteja el aislamiento de quienes viven en residencias y a los que residen en sus domicilios que se aíslen, si tienen esa posibilidad.
  1. #39 Tienes razón, pero de alguna manera Pedro Sánchez Pérez-Castejón asumió el mérito (en tal sentido www.cope.es/actualidad/espana/noticias/sanchez-arroga-haber-salvado-45)
  1. La paralización de la actividad económica y el confinamiento domiciliario impuestos por el Gobierno para evitar el colapso del sistema sanitario han tenido unos efectos catastróficos para la economía española (en este sentido PARALIZACION ECONOMICA POR EL COVID-19 Y DEFICIT) sin que, salvo que admitamos la afirmación de P. Sánchez de que se evitaron 450.000 decesos, los resultados hayan sido muy espectaculares.

    La caída intertrimestral del PIB del 18,5% en el 2º trimestre del ejercicio fue mucho más pronunciada que la ocurrida en otras economías desarrolladas (13,8% en Francia, 12,4% en Italia, 10,1% en Alemania o 9,5% en EEUU)

    Hay que ponderar adecuadamente los costes económicos que se asuman para "proteger la salud de los españoles" porque, desgraciadamente, afectarán a las generaciones futuras.

No mezclar churras con merinas [4]

  1. #3 Muy amable. Para una visión más amplia de la cuestión, si puedes, lee el artículo del profesor Ignacio Muro al que remito en mi comentario que, con una posición diferente a la mía, hace aportaciones para meditar.
  1. En primer lugar, gracias por tus puntualizaciones. Remarco en negrita lo que, a mi juicio, son las ideas y datos más relevantes. Efectivamente, ningún autor de los artículos que he leído califica la actuación de Holanda de ilegal y, simplemente, me limito a resaltar eso, es decir, que no contraviene norma comunitaria alguna en contraposición a lo ocurrido en el caso que ha enfrentado a la Comisión Europea con Irlanda, donde la primera considera que hay una vulneración de las normas sobre ayudas estatales.

    Por último, en mi exposición, seguramente algo chorra, menciono el asunto concreto del tratamiento impositivo que Holanda otorga a los ingresos procedentes de la propiedad intelectual porque, a mi entender, puede favorecer la investigación en las empresas (objetivo loable). En esa misma dirección, apunto en mi NOTA una posible medida que tendría como finalidad combatir la extrema desigualdad salarial.

El nuevo rescate bancario que está ocurriendo en la sombra: 65 mil millones y creciendo [7]

  1. No me cabe la menor duda de que, a través de la línea de avales para las empresas y autónomos para paliar los efectos económicos del COVID-19 por 100.000 millones, habrá entidades de crédito que conseguirán garantizar riesgos que ya tenían comprometidos (de hecho se admitía que los préstamos concedidos tuvieran como destino financiar necesidades de liquidez derivadas de vencimientos de obligaciones financieras).

    Dicho lo anterior, hay que señalar que hasta Abril se habían activado dos tramos de la línea por 40.000 millones (acuerdos del Consejo de Ministros de 24 de Marzo y de 10 de Abril) y que, según los datos de Banco de España, el crédito al sector residente (resumen del trimestre en elgorgojorojo.wordpress.com/2020/06/26/credito-evolucion-en-el-1o-trim) creció en los meses de Marzo y Abril en algo más de 29.000 millones.

    En todo caso, las finalidades de los créditos que podían quedar avalados puede verse en este documento del Instituto de Crédito Oficial: www.ico.es/documents/19/2221442/Informacion-LINEA+AVALES+RDL+82020+de+

La Presidenta de la AIReF y el respeto a la verdad [3]

  1. El caso es que fue propuesta para el cargo por María Jesús Montero. En fin, paradojas.

Sacrificando vidas no se salva la economía (y viceversa) [60]

  1. #11 Puede ser que hubiera algún caso justificado, pero en principio el trabajador por cuenta ajena únicamente puede interrumpir su actividad y abandonar el puesto cuando considere que hay riesgo grave e inminente para salud (art. 21.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales), aunque la empresa estaría obligada a tomar las medidas de protección que se establecieran por las autoridades sanitarias (por ejemplo, en su caso, facilitar mascarillas quirúrgicas).

    Las actuaciones del trabajador contrarias a la normativa (por ejemplo, no acudir al puesto de trabajo) podrían ser objeto de sanción (incluido el despido disciplinario).

    La Ley de Prevención de Riesgos Laborales es aplicable también en el ámbito de las Administraciones Públicas, donde los expedientes disciplinarios podrían terminar en la "separación del servicio".
  1. Como bien se plantea, ante la emergencia sanitaria se tomaron medidas (limitación de la circulación de personas y suspensión de actividades mercantiles) que han tenido efectos en la economía (retroceso del PIB y aumento del paro).

    Vistos los tremendos efectos negativos que las actuaciones han tenido en la economía española (el retroceso del PIB español en el primer trimestre del año -respecto de trimestre anterior- ha sido del 5,2%, cuando en la UE la disminución ha sido del 3,2%) conviene ver lo que han hecho otros países, como por ejemplo Alemania o Suecia, y tratar de emularlos en alguno de sus planteamientos.

    Si la situación sanitaria lo permite, con todas la medidas precautorias posibles (control del aforo en locales, comprobación de temperaturas personales, utilización de protectores faciales plásticos por los trabajadores, empleo de mamparas separadoras, uso de mascarillas quirúrgicas en general, ...), debe permitirse el reinicio de actividades comerciales y levantar el confinamiento "domiciliario".

Que preguntar para destapar a un conservador [18]

  1. Este asunto tiene muchos aspectos que discutir, algunos de los cuales reseñaré más abajo, pero debe partir de una premisa elemental que es (art. 31 CE): "todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio".

    En primer lugar, hay que tener en cuenta que, aunque lo habitual es que los hijos hereden a los padres, el sucesor por razón de muerte no tiene por qué ser un descendiente consanguíneo de primer grado en todos los casos. Entonces la pregunta es: ¿debe pagar el impuesto sobre sucesiones el heredero que no tiene relación de parentesco con el fallecido?, ¿y si el heredero tiene una relación parental por afinidad?, ¿y si es una relación parental por consanguinidad, pero lejana?, etc.

    En segundo lugar, si admitimos que la herencia del hijo no debiera gravarse, por qué no se excluye igualmente la donación cuando, a lo mejor, ésta se hace en un momento de verdadera necesidad o para un fin justificado (crear una empresa, comprar la vivienda habitual, etc....).

    Al margen de lo anterior, si la herencia no tributa (entiendo que el hijo, descendiente de primer grado, argüirá que "porque ya pagó su padre", el hijo de éste que "ya pagó su abuelo", el hijo de éste que "ya pagó su bisabuelo", .......), cuál sería el razonamiento del descendiente de, por ejemplo, vigésimo grado (creo que la respuesta es que "ya pagó alguien").

menéame