#57 Mira, está claro que no te gusta la policía, tus afirmaciones son fantasiosas. La identificación la llevan en el pecho, si no la llevan visible por la razón que sea, igualmente están identificados ya que se sabe unidad o lo que sea que está ese día. si vas de tranqui en medio de los disturbios violentos y te llevas un palo es que no deberías estar ahí, solo te pido que leas los 10 primeros artículos de la L.O 2/86 y un poquito de la 1/2015 que es el código penal y volvemos a hablar, todo desde la lógica y el respeto. Y si no te gusta lo que escribo, siempre estarán las urnas que para eso es un estado democrático. Un saludo
#19 ahí no hay ninguna suplantación ni leche, en el c.p la.suplantación es otra cosa, ni se usa la violencia de forma indiscriminada, si no de manera proporcional, el colaborador este, se llevó un golpe en el muslo!!!, sería delito leve o sea multa y no lo es xq está amparado en el legítimo ejercicio de un cargo y probablemente estaría en medio de una carga policial contra los desgraciados que reventaron la manifestación. Con un chalequito que ponga prensa seguro que le habría ido mejor.
#17 y con los que acorralaron a esos Policías, trataron de lincharlos, reventaron una manifestación pacífica, intentaron prender fuego a un edificio oficial, tiraron piedras de manera indiscriminada... Con esos que hacemos? También los mandamos al medievo?
#7 échale un vistazo a la ley primero y luego me cuentas. L.O 4/2015 art del 35 al 37 y descubrirás que no hay una sola sanción por "movilizarse" dentro de un orden. Al que le ponga en una manifa lanzar adoquines, cortar calles y liarda parda entonces esta ley le viene al pelo (ahora me dirás que una manifa no es manifestación si no se hacen esas cosas )
No digo que tenga fácil y pronta solución, pero en esa comunidad una reunión de vecinos, cambiar los estatutos de la comunidad para prohibir los pisos turísticos y poner un vigilante jurado en el acceso a la portería para impedir el acceso a toda persona no autorizada, a mayores con los candados que hay ubicados en vía pública, denuncia por usurpación de espacio público y a esperar...
#261 artículo 3 de la C.E: el castellano es la lengua oficial del estado...
3.2 Las demás lenguas españolas serán también oficiales en sus respectivas C.A
Aquí el que debe de aprender castellano, o quizás estudiar un poquito más eres tú para luego hablar con papá, Pailán.
#53 No, el castellano es oficial, y el resto de lenguas son cooficiales en las C.A que por sus estatutos venga recogida. Todo español debe saber la lengua oficial. Lo dice la C.E ameego
#3 Si que lo es, te vas a ir a juicio si o si por un delito de lesiones que variará según el daño causado, luego en el juicio, el acusado expondrá lo que motivaron esas hostias y podrá alegar que fué en legítima defensa por poner un ejemplo, esto quiere decir que para defender un bien jurídico (el niño) ataca otro (el agresor del niño) y si el juez considera que esa justificación es válida, lo exime de responsabilidad penal...más o menos
En 2014 estaban a ese precio, para reformar, excepto la zona de Sor Ángela de la cruz. En Tetuán el Pilar y Peñagrande encontrabas pisos de 2 hab con ascensor y de segunda mano a partir de 75k. En 10 años esos inmuebles han triplicado su precio.
Seguro que vives en el mundo burbuja con olor a piruleta, puede que no hayas sufrido un robo, o una agresión y también pienses que por eso no hace falta que exista un artículo en el c.p que los penalice y puede que lo mejor es que sigas en tu casa, no vaya a ser que te pase algo.
Hace 20 y 30 años, las grandes ciudades, si eres de alguna, eran la puta jungla, sobre todo algunos barrios.
#40 Una polla con cebolla, antes de la reforma el delito de agresión sexual partía de 6 años de pena, con la reforma, parte de 4, es decir, que al revisar la pena a un violador que antes le habían puesto 6 años de prisión, podrá acogerse a una reducción xq ahora la ley establece el mínimo de pena en 4, en definitiva, es para tirar la reforma a la papelera y volver a hacerla de nuevo
Vamos a ver, ¿alguien se ha leído la ley?
La LO 4/2015 es una continuación del c.p en el que se derogan algunas faltas y pasan a normativa administrativa.
La Ley en solo 3 de sus artículos establece el catálogo de sanciones.
Si se deroga, un fulano podrá por ejemplo apuntarte con un laser desde un puente mientras pasas por delante en coche, podrán drogarse en un parque infantil y dejar las chustas o jeringuillas, podrán amenazarte con una barra de hierro por disputarse una plaza de parking, la policía no podrá cachear a alguien que sospecha que lleva un arma o lo que ha robado en una tienda, el que quiera, podrá fabricar armas, modificarlas, tener explosivos en el bajo de su casa sin registro, podrá sobrevolar un dron por uan central nuclear, en una manifa se podrá interrumpir el acceso a gente que presta servicios básicos a la ciudadanía e interrumpirlos etc
Si la sociedad fuese más cívica no haría falta está ley. Pero no, todavía nos queda muchísimo para llegar a eso.
Si alguien contesta, que antes se lea un poco la ley, que para cuñados ya tengo un par.
#34 Pero vamos a ver, lée el código penal y comprenderás el porqué.
Un juez ,si el abogado del reo solicita la revisión de la pena por suponer que esta es más favorable, tendrá que hacer esa revisión, punto.
Son las garantías del derecho penal, no hay más vueltas.
#23 Si no sabes de qué hablas, lo mejor, todo desde el mayor de mis respetos es que te ahorres el comentario, te recomiendo que leas la L.o 1/2015 y te aclarará muchas dudas.
#13 Irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables, (Libro I del código penal) es decir, al condenado que se le aplicó una ley, no se le puede imponer otra a posteriori de más gravamen.
Decadente cuanto menos, un alarde de despilfarro y gula que da entre pena y pavor por no decir asquete.
En un planeta cada vez con menos recursos, un océano con menos biodiversidad que nunca.
¡Está gente reparte el marisco con una pala!
#172 Tranquilo Sito Pons, que no todos llegamos a tu control de mecánico de barra de bar en el mundo "motoril"
Lo que queda claro es que moto vieja contamina, por muy bien carburada o limpias las bujías o que solo consuma 2 litros cada 20 leguas...
#6 una sr250 de 2 tiempos, suelta tanta mierda por el escape como un Barreiros siempre en proporción.
NOx, hidrocarburos sin quemar, partículas de la combustión del aceite, en Bangladesh sólo hay motos como esa y el aire que se respira harìa vomitar a una cabra.