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Nihilis

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La Junta Electoral de Madrid prohíbe la concentración convocada por Acampada de Sol para las 20 horas de hoy [341]

  1. La Junta Electoral argumenta que no concurren causas extraordinarias de urgencia en esta convocatoria. Y es que, según la legislación vigente, se debe comunicar una concentración o manifestación con al menos 10 días de margen pero, si los motivos son de alta necesidad o urgencia, puede comunicarse con el estrecho margen de 24 horas. Este organismo opina que no concurren dichas causas.

    Por otro lado, considera que "la petición de voto responsable a la que se hace referencia en la solicitud, puede afectar a la campaña electoral y a la libertad de los ciudadanos en su derecho a voto".


    Pues hay un montón de gente que no va a estar de acuerdo con respecto a la concurrencia de causas extraordinarias en este caso, que cree que este camino hacia el abismo al que tratan de llevarnos es el motivo más importante que puede existir para manifestarse y protestar.

    Por otro lado la petición de voto responsable puede afectar a la campaña electoral y al resultado mismo, pero no a la libertad de los cuidadanos en su derecho a voto. Qué cara más dura.

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