Bueno, esto ya se veía venir, pero aunque sea a petición de la AGPD, siguen sin cumplir la LOPD de todas, todas. Los menores de catorce años no se podrán registrar pero tontos no son. Como muy bien han puesto por ahí arriba, se registran con edad falsa y a correr: "2010-18=1992, ya soy mayor de edad) :P.
Bien es cierto que el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece en su artículo 13.4 que el Responsable del fichero habilitará los medios necesarios para comprobar que el menor tiene la edad que dice tener. Si, vale. La idea genial y estupenda del DNI es válida, pero ¿cualquier página web de videojuegos (por poner un ejemplo) tiene acceso al listado completo de DNI de todos nosotros para verificar la edad? No, ¿verdad? Pues eso ya no sirve.
Vale, probemos con la firma electrónica del DNI-E... huys! Con catorce años ya puedo tener DNI, pero hasta los 18 la firma electrónica no está activa... Vamos que está muy bien para evitar posibles problemas de pedofilia y cuidar los derechos de los menores, pero aplicación práctica ninguna... Salvo lo que ha hecho tuenti, que si tiene indicios de que un perfil es de un menor de edad, solicita o bien el DNI o el libro de familia o en treinta y pocos días le cierran el perfil. Pero vamos esto tan complicado de conseguir como otras muchas medidas de seguridad que establece dicho reglamento de desarrollo de la LOPD.
Algunos de mis clientes (me dedico a Derecho y TIC's), cuando les comenté esto poco más que dijeron que iban a cerrar sus webs porque les era imposible el cumplirlo. Además la AGPD dice que no es válido el preguntar la fecha de nacimiento como comprobación ni tampoco el hacer una pregunta de cultura general, o acorde a la edad que dice tener, que para eso está google :p.
#16 Si, ese sistema es muy bueno e ingenioso (de hecho yo hace años que se me ocurrió algo parecido a lo que tu has propuesto, junto con lo de un techo solar en el coche). El problema viene que en cuanto haya alguna rendija o abertura para que se escape el calor, seguro que te van a entrar otras cosas en el coche, llámese manguis, ladrones de coches, graciosos que aprovecharán para tirarte cualquier cosa por la rendija en el techo, etc. Mientras no eduquemos a la gente en no estropear la propiedad ajena, mi coche estará cerrado y bien cerrado mientras esté en la calle.
hum, yo no quiero ser el proxeneta del diablo :P, pero habéis leido la noticia, si me permitis cito:
"Al final de la Avenida de Francia, en el punto kilométrico 4+980 del trazado, también se encuentra el antiguo Instituto del Distrito Marítimo (ACTUALMENTE EN DESUSO) que deberá ser demolido para mantener la alineación de la la avenida, según explica el proyecto."
Ojo que esto de los grandes proyectos que se ha marcado la Generalitat no es santo de mi devoción, prefiero que se gasten la pasta en Torrefiel, Orriols y demás barrios alejados de la mano de Dios. Solo digo que es muy fácil tirar a degüello sin leer el cuerpo de la noticia.
Solo eso, ahora enciendo el imán de los negativos y tan ricamente
Simplemente quería puntualizar varias cosillas respecto a este tema (no, no trabajo en Telefónica :P).
Comentar que trabajo en un consultoría de Derecho y Nuevas Tecnologías y que este tema en cuanto a la protección de datos es completamente legal (otra cosa es que nos toque mucho los huevos). En caso de que haya transferencias internacionales de datos, siempre, SIEMPRE, deben estar autorizadas por el Director de la AGPD, cada caso se estudia y en caso de que no sea necesario, no se autoriza dicha transferencia.
La LOPD es una transposición de una directiva Europea, por lo que todos los paises de la UE, al haber adoptado la misma directiva en sus legislaciones, se consideran que tienen el mismo nivel de protección y seguridad que España. Por lo que a priori no hay problema.
El tema está en que para que haya una transferencia internacional de datos a paises que están fuera de la Unión, se han de estudiar su legislación correspondiente, como por ejemplo Argentina, que si tiene una Ley de características similares a la LOPD.
En el caso del resto de paises, se miran todas esas cesiones para ver si las medidas de seguridad adoptadas en cada transferencia internacional son las correctas.
#2 Respecto al tema de las llamadas de orange, la solución es muy fácil, artículo 5 y 6 de la LOPD, en relación con los artículos 15 a 18 de la misma Ley (no los pongo aquí que me marcaríais como Flooder ). Coméntales que quieres ejercer tu derecho de cancelación u oposición y que faciliten el procedimiento para poder ejercerlo libremente. Que te dicen que no... Llamas a la Agencia y denuncia al canto . El procedimiento sancionador de la AGPD es un procedimiento administrativo sancionador puro y duro, a ti no te va a costar nada y las sanciones van desde los 601 € hasta los 600.000.
Con que te digan que te llaman de cualquier empresa y no te hagan caso, palo al canto (y te puedo decir que a la AGPD esto le mola y se pone las pilas enseguida, porque en parte se financia con las sanciones que impone).
#28 Ah bueno, entonces al menos después de leer un rato esa web no lanzaré rayos por los ojos cual mazinger Z (XD), pero de todos modos, conozco a varios diseñadores web y sociólogos que recomiendan tipos de letras como Arial o Verdana y un fondo blanco para leer y "zonas de descanso" para la vista dentro de la web.
Lo del ancho fijo, la verdad es que no me había fijado, a mi particularmente me gusta que la web ocupe toda la pantalla, eso de que queden zonas vacias a los lados me parece cutre cutre :P.
Respecto al tema legal, yo me refería al tema de la LO 15/99 de protección de datos de carácter personal, que no tiene nada que ver con el tema de la distribución de OJO y TPC :P. Esa ley dice que cualquier persona que use o trate datos de carácter personal, ha de (a grandes grandísimos rasgos) inscribir los ficheros ante la agencia, informar a los interesados de que trata sus datos y demás historias que pide la ley, que aquí no voy a comentar porque nos estamos desviando del tema.
#23 Hombre, que quieres que te diga, a mi particularmente el diseño no me gusta, eso de usar un fondo negro con letras blancas me quema los ojos , al menos en la portada y diferentes secciones. Pero como dice el dicho, para gustos colores
De todos modos una web que dice que tiene ficheros con datos de carácter personal inscritos ante la agencia y que cumple con la LO 15/99, y luego vas al buscador de la AGPD y no encuentras nada, pues que quieres :S, no me da buen rollo :P.
Pero bueno, como he dicho antes, a cada uno le gusta una cosa y no se pueden imponer unos gustos sobre otros. Yo particularmente me quedo con VJ, me ha gustado el cambio de look que le han dado y por fin tienen un servidor en el que no aparece el Apache cada dos por tres (XD)
apeiropa, solo un comentario. Hay páginas webs dedicadas a los VJ (videojuegos), que se automantienen sin apenas inversión y que en cuanto calidad de texto, actualización de noticias, diseño y demás, no tienen nada que envidiarle a Meri.
Por lo demás, la verdad es que como han dicho en diferentes comentarios, Meri desde hace tiempo deja muy mucho que desear, con tufonoticias, reporteras japonesas que no existen y cuando un forista descubre el pastel, le banean e intentan esconder todo el follón tras la excusa de que van a mandar a 10 reporteros al TGS para ofrecer "la mejor cobertura por parte de un medio español" (sic). Al igual que el derecho de pernada que Nacho Ortiz tiene sobre todos los artículos que se publican, vamos que si le apetece, coge tu artículo y lo pone como suyo propio.
#20 viciojuegos.com y vandal.net, segunda y tercera página web españolas sobre videojuegos más visitadas. La primera se de buena tinta que no tiene ningún grupo empresarial detrás y está echa completamente por gente que tiene como hobby los videojuegos. Autofinanciándose como única opción para tirar adelante. Ah y no se inventan las noticias como en otras webs
Bien es cierto que el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece en su artículo 13.4 que el Responsable del fichero habilitará los medios necesarios para comprobar que el menor tiene la edad que dice tener. Si, vale. La idea genial y estupenda del DNI es válida, pero ¿cualquier página web de videojuegos (por poner un ejemplo) tiene acceso al listado completo de DNI de todos nosotros para verificar la edad? No, ¿verdad? Pues eso ya no sirve.
Vale, probemos con la firma electrónica del DNI-E... huys! Con catorce años ya puedo tener DNI, pero hasta los 18 la firma electrónica no está activa... Vamos que está muy bien para evitar posibles problemas de pedofilia y cuidar los derechos de los menores, pero aplicación práctica ninguna... Salvo lo que ha hecho tuenti, que si tiene indicios de que un perfil es de un menor de edad, solicita o bien el DNI o el libro de familia o en treinta y pocos días le cierran el perfil. Pero vamos esto tan complicado de conseguir como otras muchas medidas de seguridad que establece dicho reglamento de desarrollo de la LOPD.
Algunos de mis clientes (me dedico a Derecho y TIC's), cuando les comenté esto poco más que dijeron que iban a cerrar sus webs porque les era imposible el cumplirlo. Además la AGPD dice que no es válido el preguntar la fecha de nacimiento como comprobación ni tampoco el hacer una pregunta de cultura general, o acorde a la edad que dice tener, que para eso está google :p.
(Perdón por el tochazo :))