#13 Voy a escribir un tercer artículo explicando cómo reclamar, quizás si me cuentes por privado con más detalle te pueda ayudar, ya que cada caso es un mundo, pero en resumen es:
1.- Hablarlo cordialmente y educadamente con la empresa.
2.- Acudir a redes sociales para quejarte en público, sin caer en la difamación, exponiendo los hechos en Twitter por ejemplo sin juzgarles demasiado y mucho menos insultarles o acusarles de estafadores.
3.- Publicar la queja en paltaformas de opinión o la web de la OCU.
4.- Reclamación formal.
5.- Denuncia.
Depende mucho de cada caso, puedes escribirme a ferran@ferran.org si quieres.
#15 Ni lo más mínimo, sólo amplío la información. Me parece igual de fascinante que a Bardeen se lo concedieran dos veces en la misma categoría como que a los otros tres les premiaran en dos categorías distintas. Disculpas aceptadas
#46 yo tuve que dejar el coche un día por avería en zona de carga-descarga con horario partido: 2 denuncias del controlador, una por lla mañana y otra por la de la tarde.
La alegación la rechazaron y en el recurso de reposición me pedían pruebas de estar averiado. Me negué a presentar las pruebas (no hay obligación de que el denunciado tenga que presentarlas ante la administración, sólo ante el juez). Los funcionarios del ayuntamiento se pusieron chulos, así que cogí y planté el contencioso-administrativo.
La demanda se basó en el Reglamento de circulación (en caso de avería hay que apartar el vehículo lo más rápido posible a una zona donde no suponga un riesgo o una molestia para la circulación), y en la falta de autoridad y de presunción de veracidad del controlador del SER.
Resultado: gané el juicio y condenaron al ayuntamiento a pagar las costas. El controlador sólo presentó un escrito de su jefe en el declaraba que el controlador tenía la ruta de trabajo XXXXX el día dd-mm-yyyy.
#31 si te notificaron con 3 meses de retraso te la deberían quitar. Si no ha cambiado mucho el procedimiento,prescribe a los 30 días. Índicalo en el recurso de reposición (tienes 45 días de plazo). En caso de llegar a un contencioso-administrativo la mayoría de los seguros tienen defensa jurídica, ellos ya te lo dirán.
De todas formas, si te pillaron con el carrito de los helados, no podrás presentar un testigo (a no ser que testifique en falso, con el consiguiente riesgo a que el controlador del SER sí que hubiera echado la foto o llamase a un agente de movilidad. Las únicas pruebas válidas que suelen presentar).
Por sí mismo, el testimonio del controlador no es prueba de cargo suficiente en juicio. Absolución "in dubio pro reo".