#44#32 no está tan mal para gente con capital si le salen los números. Habría que ejercer la acción de división de cosa común del Código Civil.
El CC establece que nadie puede estar en una copropiedad si no quiere y faculta a cualquiera de los propietarios, independientemente del porcentaje, a poner el bien a subasta con derecho de retracto para los copropietarios
#1 la empresa que más he recomendado en mi vida, Pepephone. Por desgracia no tienen cobertura en sitios rurales y ahora no puedo ser cliente, pero ojalá hubiese más empresas así
#4 hay muchos mercados que parecen eBay, con sus valoraciones de compradores, ratings y demás. Miles de productos disponibles.
Suele tener su intríngulis acceder, pero es fácil ver lo que se vende y que es verdad lo que dicen.
#78 no, estamos hablando de aplicación de derecho penal. Hay normas básicas y principios para aplicar las penas. No es una facultad discrecional del juez
#69 crees que funciona así la justicia? Un abogado tiene la obligación de procurar el tratamiento más favorable posible para su cliente. Los jueces aplican leyes y, en este caso, el problema ha venido del legislador.
#105 violencia física, esa es la clave y el motivo por el que ese estudio no demuestra nada en relación a la violencia de género recíproca puesto que las mujeres acuden a la violencia física, en general, frente a un hombre. Obvio que va a ser mayoritariamente masculina. Lo que queremos es más estadísticas de la violencia psicología
#97 A ver, vaya tela. Aquí unas leyes:
En primer lugar tienen Juzgados exclusivos para tratar delitos en los que la víctima es una mujer y el agresor es un hombre, los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer. Ley Organica del Poder Judicial, artículo 87.
Asimismo, el Código Penal dispone en su artículo 148.4 en relación al delito de lesiones del 147:
“Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido:
4º.- Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.»
También en el Código Penal, sobre el maltrato psicologico y lesiones de menor gravedad, artículo 153.1:
«El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad de las previstas en el apartado 2 del artículo 147, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días.»
Sobre las amenazas, también el Código Penal, artículo 174.4:
«El que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada… » ver todo el comentario
#52 tener en cuenta la nacionalidad es útil para identificar problemas si los hubiere. Siempre se toman mejores decisiones usando datos que mirando hacia otro lado. Qué quieres decir con que fallan las leyes? La leyes condenan duramente este tipo de comportamientos (en este caso no tanto, pues son menores) y la sociedad también.
#142 no tergiverses. El criterio está bien claro y la única confusión es la causada por tu ignorancia. Si una obra artística alienta directamente a emplear la violencia contra una persona, con nombres y apellidos, está penado por ley.
Caso distinto son las amenazas generales o expresiones sin destinatario concreto incluidas en obras artisticas. Quizá para ti es lo mismo una letra barata de reggaeton que animar a cometer un homicidio pero, por suerte, para la ley no lo es.
Qué pasa, por aquí os habéis olvidado cuando se prohibían los grupos de extrema derecha y nazis que hacían apología a la violencia? Permitimos la apología a la violencia en función del color o cómo va eso?
#89 Lo que es de de cara dura es abogar por el racionamiento de la comida y la imposición de una dieta a un tercero sin mirarse su propio ombligo.
Total, los chinos ya están en una dictadura, haber estudiado!
#163 menudo sinsentido. Y cómo haces para que los funcionarios hablen esas 4 lenguas? Hay que ser toca huevos para no participar en un juicio por no utilizar la lengua que usamos todos, el castellano. Si no me equivoco, en el juicio del proces se pudo observar claramente la doctrina de los Tribunales, vaya forma de marear la perdiz y querer desperdiciar recursos. Art 3. CE
#173 El aumento de beneficios de las PYMES, en comparación, es nimio. Alrededor del 20% es un crecimiento razonable. No solo el volumen de las grandes empresas es mayor (no es lo mismo aumentar el 80% en 1 millón de € que en 1.000 millones), sino que la diferencia es del 40%!!! Las grandes empresas han aumentado sus beneficios EL TRIPLE, sobre un volumen muuuucho mayor.
Meter a ambos tipos de empresa en el mismo saco es un error, son mundos distintos y la diferencia del triple en el aumento de los beneficios así lo demuestra.
#208 Lo que no se puede es meter en el mismo saco las PYMES que empresas del IBEX35. En el caso de las pequeñas y medianas empresas la productividad por empleado suele ser menor, el % de ganancias también. Sin embargo, las grandes empresas, los principales empleadores, sí obtienen mucha más rentabilidad y son quienes de verdad están generando % de beneficios insanos sin que repercuta en el bienestar del trabajador. La economía a escala y la automatización no beneficia a todos por igual.
#57 Al hijo del empresario no le pagamos nosotros el sueldo. Al funcionario, sí. Que exista un régimen disciplinario no quiere decir que se aplique o se cumpla. El trato que reciben los funcionarios es mucho más favorable que el de cualquier currito medio.
Ya me dirás a ver qué supervisor de una empresa privada permite que los empleados fichen la entrada y se vayan de compras (o a su casa) de forma habitual. Tengo contacto directo con muchas instituciones y servicios del Estado y el rendimiento y comportamiento de muchos de los que están en nómina deja mucho que desear.
#36 estás equivocado, sí es relevante y #29 tiene toda la razón. Los beneficios que una empresa obtiene por trabajador han aumentado más del 40%.
Toda el aumento de productividad por la automatización ha beneficiado al empresario, apenas al trabajador.
Adivina qué pasa cuando una empresa solo busca ampliar sus márgenes? Sus beneficios crecen y las condiciones de sus trabajadores disminuyen.
El 1% tiene más riqueza que el 99% por ciento restante, de verdad te crees que influye más el gas que un grupo de privilegiados con dinero infinito que despilfarrar?
#15 jajajaja un nivel de estudios más exigente? Y qué se supone que es la Universidad? La vergüenza es que hayan hecho las carreras para que cualquier inepto las pueda aprobar con tal de que vaya a clase y haga unos trabajos.
#68 Es teoría de la conspiración absurda mucha información que circuló, pero los mails y la existencia de los establecimientos está probada. Te has parado a leer la documentación?
#1 tranquilos que también han dado 300 billones (si, con b), para un plan de cambio climático a Jon Podesta, uno de los principales colegas de Jeffrey Epstein e involucrado en el PizzaGate.
Esperemos que no sean para puestos de perritos calientes.
#132 la adicción no depende de la cantidad de la dosis, depende de la habitualidad y de cómo uses la droga (y por qué).
Da igual que estés 2 meses consumiendo 0,20g de heroína esnifada que un gramo por vena. Eres adicto física y psicológicamente de igual manera y, al cesar el consumo, vas a tener síndrome de abstinencia. Si consumes más cantidad, los efectos secundarios serán más agudos pero tu cuerpo va a estar inutilizado igualmente.
Mucha gente que consume la dosis mínima de tranquimazin 0,25 diariamente por prescripción facultativa. Si se olvidan de tomarlo, a lo largo del día empiezan con mareos, vómitos, dolores de cabeza, ataques de ansiedad...
Nuestro cuerpo tiene memoria y siempre tiende a buscar un balance químico, prácticamente toda sustancia que altere la química del cerebro y que tomes con la suficiente habitualidad va a producir efectos secundarios notables.
#37 puedes leerlo también en Reddit, los propios argentinos lo consideran un ataque de falsa bandera. Coincide justo después de ser imputada por varios delitos serios, parece haber pruebas de que su familia ha robado más de 1.000 millones de $.
Casualmente, el fiscal que la imputó apareció suicidado. Al igual que algún chivato más. Esta mujer es pura mafia y tiene muchas razones para querer desviar la atención de la mierda que tiene encima.
#42 pues si, a estas alturas los medios han perdido gran parte de su seriedad e imparcialidad. Las noticias, en su mayoría, en vez de informar objetivamente sobre hechos, tienen como objetivo condicionar e influir a la opinión pública.
El CC establece que nadie puede estar en una copropiedad si no quiere y faculta a cualquiera de los propietarios, independientemente del porcentaje, a poner el bien a subasta con derecho de retracto para los copropietarios