Bueno se justifica porque es "universal" y se supone que va a llegar a toda la geografía española.
Los que vivimos en sitios donde hay mas oferta no tenemos que acogernos a eso. Por ejemplo: particulares.mundo-r.com/R/3megas/1/1307528519143/gl
Llamar simple funcionario al Director General de la Marina Mercante, es cuanto menos curioso (solo hay uno para toda España). Y si bien esta ley la modificaron después del tema Prestige, no era un simple figurista, otra cosa es que entre bomberos no se quieran pisar la manguera y tiraran para adelante que luego ya se sabe que en España muchos cargos cobran como si fuesen responsables y la hora de la responsabilidad, ni están ni se les espera.
1. El Director General de la Marina Mercante es la Autoridad competente para la toma de decisiones respecto de los buques necesitados de asistencia, entendiendo por tales aquellos que, por su propia situación o por circunstancias externas, se encuentren en peligro de naufragar o que, en general, supongan una amenaza para la navegación o la integridad del medio ambiente marino.
2. El Director General de la Marina Mercante adoptará la decisión que estime pertinente sobre la acogida de buques necesitados de asistencia en lugares de refugio, pudiendo imponerla, si considera que tal acogida es la mejor solución para la protección de la vida humana y el medio ambiente marino.
A modo de cultura general, ETA no fue un movimiento aislado y no nació originalmente violenta (como la conocimos los de ahora) ni para luchar contra la dictadura, cosa distinta es las sucesivas escisiones que fueron teniendo y en lo que se fue transformando.
Hay que ver las cosas en un contexto y una época mas amplia:
#8 Podría ser, pero saben de sobra donde vives (por el padrón por ejemplo) las multas de trafico y las notificaciones de Hacienda siempre llegan y no necesitan el DNI.
Pero claro igual algún amijo queda sin su comisión-negocio.
Por mi parte veo un absurdo la obligación de renovarla igual que andar perdiendo el tiempo renovando el DNI cada 5 años, las huellas dactilares no cambian señores políticos.
#79 El problema, en este caso y en el del asunto de trafico, es que no es un delito lo que hacen, es una falta:
"Falta y delito son infracciones penales que se distinguen entre la mayor gravedad del delito que suele conllevar penas de prisión, y la menor de la falta que por regla genera conlleva pena de multa.
La infracción administrativa, es una conducta antijuridica pero no merecedora de reproche penal, no es un juez quien sanciona sino la administración y conlleva por regla general una multa."
Y para mas inri, en el caso del árbol se esta grabando a alguien en una propiedad privada y luego haciéndolo publico sin el consentimiento del infractor, con lo que el que gravó el vídeo probablemente este cometiendo un delito/falta mas grave que el del propio infractor(violar su derecho a la intimidad art. 18 CE que es un derecho fundamental). Otra cosa sería si fuese un asesinato, secuestro... Así esta el país.
Lo dicho, la única solución es que venga un agente de la autoridad y presente él la denuncia.
#28 Si que admiten el testimonio, faltaría mas, pero esa prueba, por desgracia, no vale para nada.
"Las grabaciones realizadas por particulares en el ámbito de las reaciones privadas que, por lo tanto, suponen una injerencia en la intimidad de otros particulares, no tienen una regulación legal específica y deben ser, por tanto, valoradas en cada caso concreto.
En general, hoy en día es doctrina dominante que la grabación del sonido o de la imagen que vulnere la intimidad o descubra secretos de otro, aunque sea realizada por uno de los protagonistas o intervinientes en el acto de la intimidad, constituye delito en el art. 197.1 del CP
En general, los Tribunales, en relación a los delitos mas graves, han dado primacía al interes en la averiguación de la verdad, y respecto a los menos graves, por el contrario, han dado primacía a la protección del ambito privado."
Y por desgracia me lo saco de la vida real, hace unos años, a raíz de una discusión de trafico, un delincuente en moto, se dedicaba a hacer la vida imposible a un compañero de trabajo en su ruta habitual: se le ponía delante con la moto a 20 por hora, andaba en zigzag, frenaba de repente..., como lo cogió por costumbre decidimos grabarlo con una videocámara e ir a denunciarlo a la policía municipal por delito contra la seguridad del trafico.
Para nuestra sorpresa no solo no la admitieron como prueba ni se dignaron a verlo, sino que para denunciarlo, al ser una denuncia entre particulares, teníamos que poner todos nuestros datos personales con lo que individuo iba a saber nombres y nuestras direcciones y también podría aportar testigos para su defensa con lo que acabaría siendo la palabra de unos contra otros, así que lo dejamos, como amablemente nos recomendaron en la policía sin aportarnos otra solución.
Lo fantástico es que para trabajar con cualquier empresa un poco grande (y no tan grande) te piden TCs, recibos de estar al día con la SS, seguros de responsabilidad civil, temas de prevenciones de riesgos laborales y otros 20.000 papeles y para trabajar con un Ayuntamiento, y que te lo pasen por alto no hace falta mas que contactos.
Que país.
Desgraciadamente una grabación para una denuncia no vale para nada en este país, no te las admiten como prueba, así están las leyes para proteger a los poderosos. Debería haber llamado al Seproma in situ y con muchísima suerte que se pasaran por allí.
Y a modo de curiosidad, lo del agujero en el árbol es para introducir gasoil o sal, que es una practica relativamente habitual.
#58 Podría ser, pero es que no te dan una formula o unas tablas para aplicarlas, no, te remiten a la ley, con todas sus variantes a tener en cuenta, para que sin saber nada de todos estos temas te la mires y bajo tu responsabilidad la apliques. Si fuese una nomina, que siempre el mismo importe, pues podría tener un pase, pero en facturas de diferente importe es muy probable que se calculase mal y a saber que consecuencias tendría ademas de la perdida de tiempo.
El problema, como ya estábamos de vacas flacas, se solucionó a la española: "Pedrito pasa esto, no podemos seguir trabajando contigo"
Mucho mas sencillo para todos que le embargasen de su cuenta aparte que hacía mas facturas no solo a nuestra empresa.
#3 No te quejes donde trabajaba yo, nos llegó la cartita para que embargáramos el sueldo en las facturas de un autónomo, lo gracioso es que no te decían que lo que tenías que embargar cada mes, noooo te remitían a un montón de leyes y reglamentos para que calculásemos nosotros lo que había que ir quitandole cada mes e ingresarlo hasta completar el total. Para que van a trabajar ellos, manden la cartita amenazadora y a trabajar gratis tú por ellos.
Lo lógico y natural es que el inquilino siguiese pagando la renta en la cuenta bancaria donde venía haciéndolo y que Hacienda, a través del banco, embargase el dinero sin molestar al inquilino. Pero no hay que pringar a quien ni pincha ni corta. Valientes HDGP.
Polémica medida. Llegado un punto todos podemos tener esta necesidad de ser Autoridad Publica, por ejemplo los cobradores de la ORA o los gruistas que retiran vehículos que seguro que se ven en mas apuros que un profesor en su día a día.
"En los procedimientos sancionadores que se instruyan en las materias objeto de la presente Ley, las informaciones aportadas por los agentes de la autoridad que hubieren presenciado los hechos, previa ratificación en el caso de haber sido negados por los inculpados, constituirán base suficiente para adoptar la resolución que proceda, salvo prueba en contrario y sin perjuicio de que aquellos deban aportar al expediente todos los elementos probatorios disponibles"
Y claro puede haber abusos por parte de algún profesor sin escrúpulos, que estadisticamente tiene que haberlos.
También se podría aplicar a los coches así veríamos como cuando vamos a adelantar o estamos adelantando a otro coche justamente se pone a acelerar para "facilitarnos" la maniobra.
Es tan absurdo como decir que desde que se quito el cheque bebe dejaron de nacer niños.