#138 Sí, creo que, en efecto, estamos básicamente de acuerdo. De hecho, justamente por ese papel de consolidación de la democracia muy exitoso jugado por la CE78 creo que sería bueno asumir que estamos ya en condiciones, gracias a ese bagaje, de ir más allá y plantear algo más de flexibilidad y alguna reforma ambiciosa. Por ejemplo, aligerar algo el 167 y eliminar el 168.
Tomo nota de eso de la bio que me dices. Gracias por el consejo. ¡A ver si me aclaro!
#139 Cierto, la rigidez del sistema español no sólo tiene como explicación el 167 y el 168. También un cierto "culto social" a la intangibilidad del texto y del consenso constitucional, que hace más difícil aquí lo que es fácil en otros países. Pero, además, aquí exigimos mayorías reforzadas en una institución, el Senado, que tiene un evidente problema de representatividad, como explico en el artículo, lo que hace particularmente conflictiva y explosiva una situación como la que esxplico que se podría producir: un partido muy lejos de ese tercio de los votos que, sin embargo, pudiera bloquear el proceso desde el senado (los resultados actuales demuestran que algo así es perfectamente posible). La combinación de ambos factores hace que nuestro proceso de reforma constitucional haya sido inoperante hasta la fecha. Y eso es un riesgo de futuro. Adicionalmente, en casos como el catalán, la cosa se complica, porque a veces hay que articular el juego de mayorías en espacios territorialmente diferenciados (o se necesita cierta ductilidad para asumir consensos políticos ya logrados, como el estatuto de 2006). Nuestro sistema adolece de falta de flexibilidad, a mi juicio, a todos esos niveles. Y hace peligroso que no se pueda "soltar presión" por estas vías, pues se acumula demsaida. Un saludo y de nuevo garcias por el comentario y el debate.
#3#16 Hola a ambos y gracias por las críticas. El término "enjuague" no es por el contenido de la reforma, que no valoro en ningún momento, sino por las formas y maneras de hacerla: sin debate, sin tiempo, en verano, etc.
Respecto del valor de la "estabilidad" y todos esos riesgos sin cuento a que os referís, creo sinceramente que el ejemplo comparado no avala lo que decís. Todos los países de nuestro entorno reforman constantemente sus constituciones para ir adaptándolas a las necesidades sociales (así sentidas por las mayorías de sus respectivas poblaciones, es como funciona el invento este que nos hemos dado) y no pasa nada, no hay caos ni peligros serios de cuestionamiento del Estado de Derecho o de los derechos fundamentales por ello. Simplemente, tienen un sistema más flexible, que les permite reaccionar mejor y evitar tensiones como la que produce un España un modelo que obliga a consensos enormes y, en consecuencia, da un desproporcionado poder de veto a los defensores del statu quo (que representan, simplemente, consensos pasados o la capacidad de haber impuesto normas hace décadas de ciertos poderes).
En todo caso, gracias por el debate, muy interesante.
Gracias, metalbender, por meter el texto en Menéame por juzgarlo de interés. ¡Pero veo que lo están friendo a negativos desde un principio!
Intuyo que debe de ser por el título, que como lo hice parodiando a los blogs reformistas más famosos de este Reino nuestro, pues puede generar confusión si uno no pincha el enlace y se lo lee.
#87 Cuando he escrito el artículo sabía que el momento "aceite de colza" iba a llegar, pero aún así me ha sorprendido que alguien afirme que el problema del aceite de colza se produjo en los bares en el aceite de ensalada y tostada del desayuno y que una norma así lo habría podido evitar. Y luego, a continuación, se dice no sé qué de inexactitudes interesadas. Para rematar la faena bien.
Hola. Soy el autor del texto. Gracias por menearlo. #4 y #8. A mí también me parece perfecto que me saquen un buen aceite, en alguna de las botellas que ahora ya vendéis y que cada vez tienen más locales. De hecho, busco muchas veces esos locales precisamente por eso. Pero es una cuestión de libertad y de mercado. Si lográis que haya mucha gente como yo habrá cada vez más bares que se lo curen. De eso se trata. De eso va el libre mercado. Y el respeto a los derechos de los ciudadanos. No de que el Estado nos lo diga, ya sea "por nuestro bien" (porque considera que es mejor que tomemos buen aceite y ya se encarga él mismo de garantizar que así sea), ya sea por el bien de la industria.
#17 No digo eso, sino todo lo contrario, que el 17 CE no tiene nada que ver con las relaciones de trabajo y por ello no las regula. En todo caso, tienes razón en que el Tc interpreta muy restringidamente el 17 CE y prefiere irse al principio del 1.1 (principio general de libertad) para estas cosas. En el fondo, da un poco igual (excepto en que el 17 es derecho fundamental y el 1.1 no, lo que importa a efectos de control jurisdiccional).
Las cuestiones sobre ser varón o caucásico no tienen que ver con la libertad sino con la igualdad. El problema que le veo a tu interpretación es que cualquier "regulación" puede ser admisible. Como la que llegó al TC alemán sobre la prohibición de llevar pasajeros en tu coche o la del Gobierno chino que prohibió hace unas décadas usar corbata... No sé. ¿Qué tipo de obligación o prohibición crees que atentaría contra nuestra libertad según tu visión?
#14 Porque pones como ejemplo de falla argumental del texto una cuestión, la del casco para motoristas o cinturón de seguridad, que sí está tratada (otra cosa es que lo esté mejor o peor, que te convenza o no el argumento). A mí no me importa que me puedan rebatir, es más, me gusta. Pero tu réplica me parecía increíble por estar eso que comentabas expuesto. Si eso piensas que es juzgar a los demás arbitrariamente, mis disculpas. Simplemente trataba de pedir que, si discutimos, lo hagamos a partir de lo dicho efectivamente. Un saludo.
#12 Hay diferencias obvias: el reflectante es una medida de seguridad vial que también (y esencialmente) está pensada para proteger a otros (que si no te ven pueden tener un accidente por tu culpa), un trabajador está desarrollando una actividad reglada y ordenada a partir de criterios que se confrontan con la libertad de empresa, que es un derecho fundamental mucho más "debil" que el 17 y permite, por esta razón, una intervención mucho mayor (además de que la relación laboral no es una relación de "libertad", como es obvio).
#8 Creo que tú mismo eres consciente de las diferencias entre ordenar el uso de un bien de todos, como es la calzada, y decirle a un ciudadano cómo ha de vestir. En todo caso, supongo que eres cosciente de que la misma lógica que defiendes permite al Estado todo tipo de medidas paternalistas que afectan a nuestros hábitos y costumbres. No digo que no entienda esta pulsión paternalista. Simplemente, la verdad, no me gusta nada. Gracias por la contestación.
#1 Lamento que tu prejuicios te hayan impedido leer el texto. Si lo hubieras hecho verías que yo sí llevo casco. #2 Lamento que no hayas leído el texto, donde precisamente se alude a esa cuestión a partir de un análisis jurídico que podrá ser mejor o peor pero que intenta ser coherente. #3 Lamento que no hayas leído el texto, porque puede estarse de acuerdo o en desacuerdo con mi tesis, pero es imposible decir que "la Constitución ni pincha ni corta" en temas de libertad personal, que es justamente la parte por nadie discutida de lo que intento explicar. #4 Lamento que no hayas seguido leyendo, porque quizás habrías entendido lo que significa que algo es "ilegal" y los problemas jurídicos que plantea (la obligatoriedad de uso del cinturón no es ilegal porque cumple con las exigencias constitucionales para restringir la libertad personal: que se apruebe por medio de una ley)
Lamentando todas estas cosas, os agradezco el interés por el tema. Un saludo.
Gracias, de nuevo, por la aclaración. La regla, por así decirlo es "no subas nunca nada tuyo", ¿no? Oído cocina. ¡Y muchas gracias, de verdad, por las explicaciones.
Ah, perdón. No tengo costumbre de meter las cosas que escribo, pero he pensado, a la vista del follón que había organizado con el tema (y la desinformación al respecto), que podía tener interés hacerlo.
Me llama la atención, de todos modos, que la penalización tiene que ver con haberlo hecho de manera "sincera", por así decir, usando mi usuario habitual y esas cosas. Me parece una regla equivocada porque incentiva la creación de falsos usuarios y esas cosas, ¿no?
Por bueno, son las reglas. Y las reglas las pone quien manda y quien puede. ¡Gracias por la información! (que me va a ahorrar el trabajo de volver a preocuparme de hacer algo así nunca, que son 5 minutos, pero mira, si no sólo no es bueno hacerlo sino malo... pues no se hace)
#2 ¿En serio? ¡Qué cosas! La verdad es que es gracioso ver cómo van cayendo los zurriagazos de los usuarios esos con una especie dd medallitas (¿qué es eso?) cada vez que va subiendo. Son, además, tipos con mucho karma de ese. Pero vamos, a lo mejor es una casualidad o simple ruido en la muestra.
#14 Que la narrativa del bando vencedor nos la haya contado como una guerra de independencia no significa que lo fuera (o que lo fuera totalmente, o que lo fuera solamente). Lo cierto es que gran parte de las elites liberales españolas estaban al principio con el francés y sólo con el tiempo (la Pepa, de hecho, cumple un papel en este cambio) el bando español cuenta con esta parte de la población. Las grandes batallas, como es sabido, fueron de ejércitos donde se mezclaban españoles (pocos) en ambos bandos, con ingleses y franceses, que liquidaban en suelo español, y ambos con aliados locales, sus cuitas europeas. En el fondo, la guerra fue la primera vuelta de los sucesivos enfrentamientos que, con distinta narrativa pero igual fondo, enfrentaron a conservadores y liberales a lo largo del siglo XIX español, mientras unas estructuras de poder central muy débiles y secuestradas por ciertas elites eran incapaces de construir una nación moderna. Álvarez Junco cuenta muy bien esto último en su libro Mater Dolorosa.
#7 Por supuesto, el contexto y lo que era o no posible es el marco de comparación, juicio y crítica adecuado. Por eso justamente se trata de entender qué es lo que fue la Constitución de 1812, por qué llegó hasta donde llegó y no a más, sin caer en un ridículo elogio desmesurado que deforma la realidad y nos impide entender nuestro pasado. Como he escrito, no creo que el texto constitucional careciera de méritos y tuvo gran influencia en nuestro desarrollo constitucional posterior (y el americano). Y es obvio, como dices, y también menciono, que el entorno de guerra civil (la de Independencias y luego las carlistas) no ayudaban nada. Pero reconocer ese mérito en su justa medida requiere, precisamente, de un análisis recto y realista, no de ditirambos sin medida (y sin demasiado apoyo).
Hola. Gracias a los votos y los comentarios. Sinceramente, algo como esto, con mi tendencia al rollo, es lo último que yo me imaginaba que pudiera concitar interés masivo en Menéame. No sabéis lo que me alegra comprobar que estaba equivocado. Muchas gracias, además, por los comentarios. Los de aquí y los del blog.
La verdad es que lo que ha pasado durante estos años es de traca, pero al menos tiene esos toques berlanguianos que nos hacen especiales. 600 euritos para montar eso de la imagen gráfica de un congreso de 2 millones de euros. ¡Y luego nos quejaremos de que derrochaban el dinero!
#56 Fayser, soy consciente de que ese episodio es una anécdota. Pero me encanta por lo reveladora que es. El encargado de innovación educativa de mi Universidad decidiendo que no se pueden leer libros porque eso va contra Bolonia... Me parece un absurdo tan berlanguiano. Gracias por la crítica. Tomo nota.
Muchas gracias a todos por los meneos, los comentarios y las críticas.
En el texto no se habla de Bolonia ni se dice que los problemas descritos los haya creado la reforma. Se dice que los ha agravado y potenciado. Y, en concreto, se critican las sucesivas ampliaciones de grupos y reformas de planes de estudio sucesivas sin demasiada previsión, orden, ni concierto.
No creo que la enseñanza pública funcione peor que la privada, ni mucho menos. Creo que en el texto queda clara mi opinión sobre la educación de chiringuito.
Por último, tampoco pido recortes drásticos sino dejar de derrochar y ampliar plantillas y mapas de titulaciones. No por nada sino porque si no lo hacemos un día nos encontraremos con que habrá que reducir salvajemente por no haber racionalizado a tiempo.
Soy el autor del artículo. Gracias por los comentarios y la discusión. Me ha parecido muy interesante descubrir en el #78 que UPyD no sólo se ha manifestado por boca de gente como Martínez Gorriarán a favor de que el Estado metiera pasta sino que allí donde tienen pasta han estado activos en esta dirección.
Respecto de la discusión la sensación que me queda es que a quienes siguen confiando en UPyD, como a sus líderes el laicismo se la pela. Hoy en El País Marc Carrillo publica un artículo muy interesante sobre lo que es un Estado aconfesional. Merece la pena leerlo.
Gracias a todos por los comentarios y los meneos. Acabo de enterarme de que esto había entrado aquí y se estaba comentando.
Por centrar el tema, la cuestión no es si nos parece bien o mal la manifestación. Cada cual puede tener su opinión. De eso se trata en una democracia, ¿no? La cuestión es cuándo es sensato limitar ese derecho. ¿Cuando se molesta a alguien? ¿Cuando las opiniones hieren? Pues no. Nuestra Constitución, y es razonable esta solución (de hecho, es la de cualquier país democrático liberal), estima que sólo cabe la prohibición cuando haya peligro para bienes o personas. No cuando pueda haber "molestias".
El problema es que meras "molestias" se entiendan como justificadoras de una prohibición. Y si hay previsión de conflictos porque se evalúa que las huestes católicas son peligrosas (al estilo de las hordas que celebran un mundial de fútbol bien cargaditos de alcohol) y pueden agredir a los manifestantes ateos, pues lo que hay que hacer es garantizarles protección policial. Todo lo más cambiar el recorrido por uno menos conflictivo. Pero nunca prohibir la manifestación.
Luego ya está el tema de traca de que se inicie por este asunto una imputación penal. Eso es algo que sólo se ve en países como Arabia Saudí. En un Estado de Derecho serio el Código penal se dedica a resolver conflictos de verdad, se limita a castigar las más graves acciones contra la convivencia. Delitos de opinión o de blasfemia no debiera ser aceptables en un país moderno.
Tomo nota de eso de la bio que me dices. Gracias por el consejo. ¡A ver si me aclaro!