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Revilla podrá reeditar el Gobierno de Cantabria con el PSOE, aun con el PP como primera fuerza [11]

  1. #10 Nadie dice que sea infalible, en todos lados hay cabrones y habría que mandarlos a la mierda rápido. Pero al menos, será mejor alguien de casa que uno de fuera para entender los problemas.

Corrupción en el Gobierno de Revilla: el jefe de carreteras ingresó 2,9 M pese a cobrar 69.000 euros anuales [59]

  1. #54 El Secretario General de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo, por no alargarme y, todo ello, sacado de la web del Gobierno de Cantabria, las competencias, entre otras, son:
    Elaborar el anteproyecto del presupuesto correspondiente a la Consejería y llevar a cabo el seguimiento de la ejecución presupuestaria.
    Ejercer la jefatura superior del personal de su Consejería.
    Seguimiento de la tramitación y realización de obras y proyectos y su ejecución a efectos presupuestarios.
    Informe y control sobre el grado de ejecución del Presupuesto de la Consejería.
    Análisis y evaluación económica de las inversiones de la Consejería.
  1. #53 Por encima del Subdirector está el Director General de Obras Públicas y sus competencia son:
    La Dirección General de Obras Públicas ejerce las competencias genéricas establecidas en el artículo 71 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y demás legislación aplicable, que son:

    a) Elaborar los programas de actuación específicos de la Dirección General.
    b) Dirigir y gestionar los servicios y resolver los asuntos de la Consejería que sean de su competencia.
    c) Vigilar y fiscalizar todas las dependencias a su cargo y ejercer la jefatura inmediata del personal adscrito a la Dirección General.

    d) Resolver los conflictos de atribuciones que surjan entre los órganos de él dependientes.
    e) Elaborar el proyecto de presupuesto y la memoria anual de funcionamiento de su centro directivo.
    f) Dictar, o proponer al Consejero según proceda, las resoluciones en las materias de la competencia del centro directivo.
    g) Informar al Consejero en todos los asuntos atribuidos al centro directivo de su competencia.
    h) Formular propuestas al órgano competente, sobre organización y funcionamiento de los servicios a su cargo.
    i) Las demás atribuciones que se desconcentren o deleguen en él.
    j) Las demás que le asigne el ordenamiento vigente.


    Específicamente le corresponde las competencias están recogidas en el artículo 6 del Decreto 113/2021, de 23 de diciembre, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo, siendo las siguientes*:

    a) Las establecidas en la Ley de Cantabria 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria.
    b) Administración y gestión de la red autonómica de Carreteras de Cantabria.
    c) Coordinación con la Administración…   » ver todo el comentario
  1. #52 Por encima de este Jefe de Servicio está el Subdirector General de Carreteras, Vías y Obras y entre sus competencias están:
    a) Formulación de propuestas sobre la organización y el funcionamiento de los distintos servicios de la Dirección General.
    b) Evaluación y seguimiento de las competencias establecidas en la Ley 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria.
    c) Apoyo en la administración y gestión de la red autonómica de carreteras de Cantabria.
    d) Coordinación con la Administración General del Estado en la planificación de las carreteras de la red de interés general en aplicación y desarrollo del artículo 131, apartado 2º, de la Constitución.
    e) Impulso, coordinación y seguimiento de las actuaciones de la Dirección General en materia de planificación de la red autonómica de carreteras.
    f) Mantenimiento del Catálogo Regional de Carreteras.
    g) Actualización y coordinación del inventario permanente de la red, el análisis de accidentes, la seguridad vial, la vialidad invernal y la señalización e información sobre el estado de las carreteras regionales.
    h) Apoyo en la gestión de autorizaciones y concesiones sobre el dominio público viario y zonas de influencia de las carreteras regionales.
    i) Coordinación y colaboración en la elaboración de estudios, anteproyectos y proyectos referentes a obras de construcción, mejora, reparación y conservación de las carreteras autonómicas.
    j) Impulso y coordinación de la realización de estudios e informes y colaboración en las tareas de planificación y desarrollo de infraestructuras de titularidad municipal, así como los programas de cooperación local.
    k) Impulso, coordinación y seguimiento de obras en materia de infraestructura municipal, tales como alumbrados públicos e iluminaciones, pavimentación de núcleos urbanos, urbanizaciones y rehabilitación de edificios y lugares públicos, construcción y rehabilitación de casas consistoriales,…   » ver todo el comentario

Contrato regionalista en Cantabria [5]

  1. Ejemplo de microblogging -> #0
  1. #0 creo que la entradilla no es para tus opiniones. Microblogging se llama.

Revilla, Presidente de Cantabria, saltandose medidas COVID ordenadas por él [23]

  1. #21 que restricción se ha saltado?
  1. #19 En este caso multa al local y multa a los clientes y como estos clientes son "especiales" (son políticos) además de pagar la multa, tienen responsabilidad política y tendrían que dimitir por no hacer las cosas bien, es muy fácvil dar órdenes para que las cumplan otros. Revilla en su libro "Nadie es más que nadie" dice todo esto que acabo de contar, así que predique con el ejemplo y se aplique el cuento
  1. #14 Boletín Oficial de Cantabria de 17 de diciembre de 2020, Resolución por la que se prorrogan medidas sanitarias previstas en la Resolución de la Consejería de Sanidad de 6 de noviembre de 2020, y se aprueba la undécima modificación de la Resolución de 18 de junio de 2020, por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad. "A los efectos de la presente Resolución se considerarán terrazas al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que, estando cubierto, esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos" Lo firma el Consejero de Sanidad y fue una resolución, pero es su Consejero. También pone "Su disposición deberá respetar la distancia mínima de seguridad interpersonal de 1,5 metros" y no parece que con el resto de mesas haya 1,5 metros
  1. #14 Pero quien incumple es el restaurante, no él.
  1. #3 Lo sacan un par de veces más en La Sexta Noche y arreglado.

    Por otro lado Cantabria, creo que era la comunidad que menos vacunas había puesto, creo que muy cerca de Baleares. Otro gran logro de Revilla.

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