Constitución Española
Artículo 35
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda
hacerse discriminación por razón de sexo.
Artículo 28
2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
Los que alegan que tienen derecho a trabajar el día de la huelga, les recuerdo que sólo tienen derecho a trabajar por un sueldo suficiente para satisfacer las necesidades de su familia. Por menos dinero no se puede trabajar el día de la huelga.
#7, recortar las ayudas a la banca, establecer un salario máximo, subir los impuestos a las rentas más altas, ahorrarnos el dinero que pagamos a la casa real... etc etc etc.
¡Anda que no hay dinero desperdiciado en este país!