#8 Artículo 510 del Código Penal
Código Penal
1. Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses:
a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad.
Por poner solo una muy reciente que recuerde... A ver cuántas fiscalías actúan y lo tienen tan cristalinamente claro contra estas otras mil sandeces que se han dicho de un grupo concreto de personas donde a pesar de estar igual de prohibido en la misma ley, está no sólo completamente permitido y aceptado odiar, si no incluso alentado.
Como se nota como potencian el transporte público, para el cambio climático es mucho mejor y menos contaminante ya que nadie se mueve del sitio y no llega a su destino, las emisiones son 0.
#37 La cuota de autónomos no son los impuestos. Para seguir tu ejemplo si eres asalariado, ganas 4000€ y pagas 1000€ de impuestos, sumale otros 1000€ de "permiso para trabajar".
Esto es lo que no pagan los insolidaros que se van a Andorra o eran escuelas y hospitales? O quizás esta subvención es para que monten una escuela y un hospital de cine?
#8 La multinacional todopoderosa que dio un vuelco al mundo de los videojuegos tirando precios en consolas y juegos con una empresa de televisiones y videocámaras cubriendo perdidas detrás y que tiro al arcén a empresas míticas como Sega tampoco es que fuese la frutería Manoli... Lo que le están dando a Sony es jarabe de su propio palo.