edición general
charlypi71

charlypi71

En menéame desde abril de 2010

6,10 Karma
21K Ranking
Enviadas
Publicadas
Comentarios
Notas

El gobernador del Banco de España dice que hay que retocar las pensiones [101]

  1. #35 ¿Si gana el PSOE te quedas? xD

SeriesYonkis inicia los trámites legales para bloquear a su clon [146]

El banco no es tu amigo [46]

  1. #28 tienen creo que un 5-10% del capital en otros bancos. El resto de capital está siempre en circulante productivo y no en especulativo.

    el hecho de que se financien cientos de cooperativas con una serie de criterios sociales, me beneficia a mi y a toda persona que crea en una economía democrçatica.

    Yo además renuncio a los beneficios del depósito, así que beneficio individual no tengo.

    Tener el dinero debajo del colchón no me parece mejor opción.

    Donde yo tengo el dinero financia la acusación particular contra Millet. y no a favor como el resto de bancos

La Guardia Civil se hincha a poner multas en un acto de fumadores de marihuana [112]

  1. #76 No confundas churras con merinas. Esas cantidades que dices son para que la tenencia no se convierta en un Delitos de Tráfico de Drogas y ni siquiera son exactas ya que cada Fiscalia provincial determina las cantidades. La marihuana es una sustancia ilegal que esta despenalizado su consumo, es decir, por fumarte un porro no vas a la cárcel pero su tenencia, y da igual la cantidad, es una infracción a la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Corcuera por lo que las sanciones, o sea las multas, van desde 300 euros para arriba.
    Por cierto

    Artículo 368
    Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan,
    favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o
    sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las
    penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga
    objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la
    salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás
    casos.
    No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los tribunales podrán imponer la
    pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho
    y a las circunstancias personales del culpable. No se podrá hacer uso de esta
    facultad si concurriere alguna de las circunstancias a que se hace referencia en
    los artículos 369 bis y 370.
  1. #76 No confundas churras con merinas. Esas cantidades que dices son para que la tenencia no se convierta en un Delitos de Tráfico de Drogas y ni siquiera son exactas ya que cada Fiscalia provincial determina las cantidades. La marihuana es una sustancia ilegal que esta despenalizado su consumo, es decir, por fumarte un porro no vas a la cárcel pero su tenencia, y da igual la cantidad, es una infracción a la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Corcuera por lo que las sanciones, o sea las multas, van desde 300 euros para arriba.

¿Qué decís sobre acabar con la piratería? [52]

  1. #13 # 14 ¿Has entendido la entrada?
  1. #13 te voto por lo de "larga vida al P2P" porque el "decargador compulsibo" me ha dejado tuerto

menéame