Han aprobado una ley que entró en vigor justo al día siguiente de su publicación. Ello significa que desde ese mismo día existe la obligación de pagar la tasa al momento en que das entrada en el registro a un escrito ya sea demanda o recurso (ámbitos civil, social y contencioso-administrativo; excluyéndose el orden penal) así como la obligación de adjuntar el justificante de pago de la misma. Siendo además requisito indispensable para que el Secretario Judicial te admita a trámite la demanda o recurso el haber adjuntado dicho resguardo de pago.
El problema es que junto con la ley no se ha publicado ni un reglamento que la desarrolle ni el modelo a utilizar para autoliquidar la tasa.
La solución, por el momento, ha venido de la mano de una Instruccion de la secretaría general de administración de justicia que viene a decir que ningún Secretario Judicial exigirá para la admisión de tales escritos, que los mismos vengan acompañados del resguardo de pago de la tasa. Y todo ello, mientras tanto no sea publicado el correspondiente modelo para poder pagarla.
Con esto vengo a darte a entender que actualmente los escritos se presentan exactamente igual que hasta ahora, sin que prescriba plazo alguno, y de momento sin acompañarle el resguardo de pago.
Aclarado esto, es digno de resaltar que un recurso de apelación civil conlleva una tasa de 800e.
#56 es esa toda la ayuda que puedes prestar supongo.
No creo que sea necesario explicar a que me refiero cuando digo que esteticamente ha quedado bien (a los efectos de que pudiera resultarle relevante a un adoptante).
Buenas tardes, a ver alguien puede AYUDAR a una GATITA.
Voy a probar a ver si alguien puede echarme una mano.
Hace una semana me encontré una gatita (al parecer es hembra) de 2 meses escasos (aún mamaba), tenia un ojo infectado y tremendamente inflamado.
La he llevado al veterinario pese no poder permitirme gastarme un euro en ella, pero bueno, tenía algo ahorrado para comprar un disco duro externo..... y obviamente he optado por gastarmelo en lo que necesitara la gata antes que verla morir agonizando.
El veterinario me comentó lo que a primera vista era evidente: o la operaba para extraerle el ojo, o iba a morir porque la infección pasaría a cerebro etc. Así la operó hace unos días.
La gatita esta en perfectas condiciones tras la operación uina vez trascurrido el riesgo tras la misma. Actualmente juega y come normalmente como cualquier otro gatito.
La cuestión es que actualmente la tengo en casa de mis padres donde no puede estar más tiempo.
Sólo quería pedir la ayuda para encontrarle de forma urgente un HOGAR DE ADOPCIÓN.
Por cierto, estéticamente la cicatriz del ojo es perfecta, el veterinario hizo un magnifico trabajo. Con esto quiero decir, que no creo que sea problema que sólo tenga un ojo.
Muchas gracias y a ver si surte efecto meneame......
A nadie le sorprende que se capture un animal salvaje adulto para mostarlo en un Acuario? Y en tan solo 8 dias desde que fue capturado? Se supone que incluso si el animal viene desde otro acuario/zoo existe algo llamado cuarentena, o al menos una aclimatacion previa en zonas excluidas del publico.
#1 En mi opinion quien necesite atencion medica, ser rescatado, etc, a consecuencia de una imprudencia grave deberia correr con todos los gastos que se generen. Por supuesto no hablo de negar asistencia, sino de repercutir posteriormente los gastos.
#1 Disculpas, por culpa de la pantalla tactil te he votado negativo y por muy rapido que he dado al detener en el navegador se ha marcado el voto. Voy a votarte positivo en otro comentario.
Hay que tener a la gente fuera de la lista del paro, cuanto mas tarden en dejar de ser estudiantes mejor. Llevo anios diciendolo, se inventan ciclos, cursos, modifican planes de estudio y mierdas varias para tener a la gente entretenida. Les interesa retrasar la entrada al mercado laboral y punto. (y no hablo de ningun partido en concreto sino de todos).
#48 Saludos. Solo un apunte. El desconocimiento de una ley no exime de su cumplimiento, cierto. Pero no exime de su cumplimiento a quien debe cumplirla. Dicho esto, en el supuesto que usted comenta los propietarios no son responsables puesto que se trata de una normativa que debe ser observada por aquel que interviene en la construccion del edificio. El propietario bastante tiene con pagar como para, ademas, deber realizar funciones de supervision/inspeccion que ya recaen otras diferentes figuras.