Y las ampliaciones de carreras a 5 carriles por sentido como la AP7 es su circunvalación por València. No entiendo como se siguen "·ampliando carriles cuando tenemos que ir sí o sí a mejorar transporte de mercancías por ferrocarril y no a priorizar el trasponte por carretera
Soy el responsable del horroroso diseño y no tengo ni idea de diseño como se puede comprobar. Lo hice pensando "Mejor un mal cartel que ninguno"
No tenemos diseñadores en nuestra Asociación y hasta ahora no hemos encontrado voluntarios.
Los que defendemos los derechos de todos de manera voluntaria, altruista y dedicando bastantes tiempo a defender el bien común estaremos encantados de recibir ayuda.
Que sea Google quien "aconseje" las rutas que han de seguir los conductores no os parece inquietante.
Una empresa decidiendo que zonas embotella y que zonas "pacifica" con sus recomendaciones, con algoritmos, que los responsables de tráfico no pueden auditar, no os inquieta.
Debo de ser un poco paranoico
Pues nada, que muchas gracias a Juan González.
Como dice en un tuit:
"Más vale proyecto publicado con licencia libre, que ciento en el cajón" #proverbioFriki
#258 Jornada laboral anual. Que manía con decir que la jornada es de 8 horas diarias. Las jornadas diarias pueden ser inferiores o superiores a las 8 horas cada año y para cada convenio. Dependerá de si tomas las vacaciones y durante ellas hay festivos, si haces algún puente, etc.
Piensa que existen fiestas nacionales, autonómicas y locales por 16 días (12+2+2), que los fines de semana varían según los años y que los distintos convenios contemplan jornadas anuales que pueden variar en más de 40 horas año.
#146 La mayoría de los convenios hacen referencia a una jornada anual de X horas. La jornada anual se reparte entre los día laborables del año y se obtiene una jornada diaria de X horas. El almuerzo en la Comunité nos es retribuido en casí ninguna empresa.
No anula el derecho anula la forma en que se reparten los costes del bono. Volver a leer la noticia y fijaros:
"De este modo, el Supremo cree que carece de sentido que la financiación recaiga en agentes, algunos de ellos "con muy escaso peso en el conjunto del sector", y se exima de dicha carga a otras entidades o grupos empresariales "en mejores condiciones".
Si bien en fallos anteriores el Supremo reconoce al Gobierno la potestad de optar por que sea el propio sector el que se encargue de esta prestación social, esto no puede "invocarse como aval para soluciones discriminatorias""
Hola Carlos, gracias por venir.
Aunque está claro que en toda España no se dan las mismas circunstancias ¿qué piensas del papel la sociedad civil en la defensa de derechos fundamentales?
¿Qué papel pueden desempeñar organizaciones como los yayoflautas, las Asociaciones de Vecinos, las Auditorías Ciudadanas de la Deuda, las Plataformas por una fiscalidad justa, etc. etc.?
¿Alguna sugerencia sobre como acercar estas, y otras muchas organizaciones, a la población?
#72 Nos olvidamos de los tremendos poderes que otorga a la Alcaldía las leyes actuales.
La propuesta es de poca calidad democrática sin cambios significativos en la ley.
Te dejo el tocho para que tengas una idea:
Artículo 41.
El Alcalde preside la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones:
1. Representar al Ayuntamiento y presidir todos los actos públicos que se celebren en el
término municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento de Protocolo.
2. Dirigir el gobierno y administración municipales y, en el marco del Reglamento
orgánico, la organización de los servicios administrativos de la Corporación.
3. Nombrar y cesar a los Teniente de Alcalde y a los miembros de la Comisión de
Gobierno, si ésta existiese.
4. Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Comisión de Gobierno y de
cualesquiera otros órganos municipales, así como decidir los empates con voto de calidad.
5. Hacer cumplir las Ordenanzas y Reglamentos municipales.
6. Dirigir, impulsar e inspeccionar las obras y servicios cuya ejecución o realización
hubiese sido acordada, recabando los asesoramientos técnicos necesarios.
7. Exigir a todos los obligados el exacto y diligente cumplimiento de los servicios o
cargas de carácter público, tales como estadísticas, padrones, censos, bagajes, alojamientos
y prestaciones personales y de transportes.
8. Dirigir la Policía urbana, rural, sanitaria, de subsistencia, de seguridad y circulación y
de costumbres, publicando al efecto Bandos, Órdenes o circulares de instrucciones.
9. La concesión de licencias de apertura de establecimientos fabriles, industriales o
comerciales y de cualquiera otra índoles, y de licencias de obras en general, salvo que las
ordenanzas o las Leyes sectoriales la atribuyan expresamente al Pleno o a la Comisión de
Gobierno.
10. Presidir subastas y concursos para venta, arrendamientos, obras, servicios y
suministros, y adjudicar definitivamente, con arreglo a las leyes, los que sean de su
competencia y provisionalmente… » ver todo el comentario