Yo estoy de acuerdo en que toda historia tiene dos versiones, pero ya son varias veces que ha pasado esto y me temo que no creo que las asociaciones levanten la voz si no ha pasado tal y como lo relatan.
Por cierto, no dice si tenían síndrome de Down o no, pero hoy es el Día Mundial de las personas de este colectivo:
Lo triste es que la mayoría de ellos no habrán léido la parte más crucial y que les afecta de la Ley 9/2010, la que resulta del decretazo del 5 de febrero que dio el pistoletazo de salida en la privatización de AENA ya que la única manera que tenían el hacer viable que una empresa privada asumiera la masa social/salarial de los controladores era cargándose el convenio actual. Pero ese es otro tema (un golazo de Pepiño a todos los españoles por cierto).
Atención a la disposición transitoria primera, punto 2.b, copio a continuación:
2. La jornada que deben realizar los controladores de tránsito aéreo al servicio de AENA de conformidad con lo señalado en el apartado anterior, se retribuirá de conformidad con lo que se acuerde mediante negociación colectiva y previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda, debiendo respetarse en todo caso los siguientes parámetros:
a) La negociación colectiva partirá de la retribución resultante de lo señalado en el I convenio colectivo profesional suscrito en 1999, actualizándose al año 2010, de conformidad con los porcentajes de incrementos retributivos establecidos para el personal al servicio del sector público en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año.
b) Para el personal en activo al servicio de AENA a 5 de febrero de 2010, podrá acordarse en la negociación colectiva un complemento personal transitorio no absorbible por adaptación a la nueva jornada.
Es decir, que en el supuesto caso de que AENA contrate a algunos de estos nuevos controladores, y digo supuesto porque en AENA ahora lo que les sobra, es controladores (al privatizar las torres darán la opción de quedarse con el *nuevo proveedor* en sus condiciones, un puesto en otra dependencia (radar) o la rescisión de contrato) aquellos que entraran nuevos tendrían las mismas condiciones laborales pero NO LA MISMA REMUNERACIÓN puesto que en ese complemento personal transitorio no absorbible se coloca el montante necesario para equiparar el sueldo al 2009, el resto cae en el apartado a) que es el sueldo del 99, actualizado con el IPC, pero *sin todas las negocaciones post convenio posteriores*.
Esto es tan real como que se firmó ayer por la tarde.
Conclusión, AENA no tiene necesidad de contratarlos a corto-medio plazo. Quien sí la tiene son los nuevos proveedores de servicio, que por cierto se intuye que serán algunos no nacionales. Y éstos lo harán... haciendo la oferta que consideren oportuna... donde en este caso ni por asomo será lo mismo, ni en condiciones laborales ni en retribución.
Un fuerte abrazo para los padres si llegan a leer esto. Tienen suerte de tener a alguien que les haya ayudado a darse a conocer aquí. Por mi parte voy a investigar más sobre el tema y acercarme al hospital más cercano dónde me pueda hacer donante.
Por cierto, no dice si tenían síndrome de Down o no, pero hoy es el Día Mundial de las personas de este colectivo:
www.meneame.net/story/21-marzo-dia-mundial-sindrome-down