El registro de la propiedad intelectual oficial, no te reconoce la titularidad. Si mañana voy con una obra copiada a la ventanilla, la funcionaria se lo quedará y le parecerá bien. El RPI sirve para emitir un certificado, que en caso necesario declara en que fecha yo decía ser el autor, pero nada mas. No "certifica" la autoría. Será el juez o el arbitro el que decida la importancia que le da a esa prueba, mayormente, la fecha de registro. Así que el R.P.I. no es más que alguien que le dejas una copia de la obra para que te emitan un certificado por si tienes que demostrar algo. La ventaja de esta gente es que les puedes subir cualquier cosa. Sobre todo los musicos lo tenemos chungo con samplers y cosas así porque los de la ventanilla solo aceptan partituras...