#8 exacto, en ese apartado fue un error por el legislador no poner el abogado, asi que se interpreto de forma extensiva el termino de representantes legales.
el habeas corpus lo puede solicitar abogado, familiar, etc; se solicita por que el máximo tiempo que uno puede estar detenido sin ponerse este a disposición judicial, es la estrictamente necesario y si esta no se dierá se deberia poner en libertad en 72 horas. Lo de estrictamente necesario se refiere a que se hayan practicado todas las diligencias de investigación, y si esta persona se supone que no se va escapar de la Justicia o no es peligrosa deberia ponerse en libertad. Pero la policia en algunos casos no lo hacen y por eso lo del Habeas Corpus, que normalmente los jueces lo rechazan de cajón, y esa persona duerme en calabozo y al dia siguiente se pone a disposicion judicial. En caso de que seas detenido por la noche puedes pasar dos dias por que los envios a juzgados se realizan por la mañana, y la declaración en comisaria te la harían al dia siguiente por la mañana asi que irias dos dias después. Casi todas la detenciones en España son detenciones ilegales, pero esta normalizado por el atasco de la justicia etc; y el Habeas Corpus rechazado en su mayoria sin que deberia rechazarse.
Según el código penal; es un delito de lesiones por imprudencia penado en el art.152 con pena de prision de 1 a 3 años; le a puesto la pena más baja posible, esto es discutible, lo asombroso es la indenización por ello que encima la pagará el Estado si el sujeto no tiene medios económicos (el estado puede revertir luego al agente, normalmente no lo hacen) aun asi estas indenizaciones se establecen por un sistema puntos ( tipo de lesion y gravedad) y la considero bastante baja la verdad.
me da que muchos hablais y no sabeis de que va el tema, yo lo veo una doctrina logica aunque no se busque el fin principal de las penas que es la reinserción; de todas formas estas penas que son 500 años 1000 años, son personas que han creado un daño grande, no es logico tmpoco que una persona que mate a 3 cumpla lo mismo que una que mate 15; en todo caso el limite máximo en caso de terrrorismo son 40 años es una de las excepciones, y evidentemente nunca conseguira rebajas de pena por buen coportamiento por que estas se aplican a las pena impuesta; por otro lado era evidente que iban a tumbar esta doctrina y ahora queda por ver como se va a llevar a cabo; yo la veia una solucion chapucera para evitar que en 25 o 30 años consiguieran muchos el tercer grado.
#17 correcto es detención ilegal, estoy seguro que no tienen ningun pretexto para retener a la gente y mas si es culpa suya, además ya en cataluña quien no queria pagar se apuntaba la matricula y se le dejaba pasar; si los denuncian se van a meter en un problema gordo, y no valen que eran libre podian irse andando ya que por autopistas no se puede andar, denuncia al canto.
#13 se supone que el router se debe devolver pero cuesta mas enviarlo que de lo que vale, ademas de usado yo creo que lo tiran directamente a la basura.
#9 Por experiencia la de la "J" intenta cobrar por baja de la linea (sin permanencia) 80 y pico euros de gastos de administracion, despues de intentar que dejes la linea a otro usario, te des de baja unos meses, la traspases de domicilio, etc; y ya si te das de baja con permanencia pues mas de lo mismo
#11 cohecho y soborno a groso modo son lo mismo, cohecho es el delito especifico para cargos publicos, y soborno seria el nombre no especifico y englobaria a todas las personas.
san pasado, ahroa mismo el jugador vale 15 millones maximo, dentrro de 1 años si juega bastante o 2, si que podria valer lo que se ha pagado, pero tendria que dar un rendimiento explendido.
#112 mas bien al reves el 128.1 limitaria la expropiacion de por ejemplo viviendas dentro de una legalidad y no de una manera injusta al propietario, yo creo que si los españoles hemos rescatado a stos bancos, esos bancos se deberian a ver nacionalido y luego rescatado, pro lo tanto el estado podria disponer a los mas necesitados de vivienda, pero esto no conviene por que el precio de la vivienda caeria mas, no venderia el resto, la especulacion seria 0.....
#110 yo lo que quiere mas o menos explicar que en la legalidad es decreto es anticonsitucional o ilegal o como quieras llamarlo, y cualquier politico sabria que hacer un decreto así seria cancelado por ello, asi que veo la medida populista por que les van a decir que no y no van a molestarse mas en el tema.
#106 es mas para colmo mira lo que se considera desde el TC del asunto, y cito un apartado:
. Subordinación de toda la riqueza del país al interés general
Se trata de un apartado estrechamente relacionado con el artículo 33 apartados 2 y 3 de la Constitución, por los que se regula la función social del derecho de propiedad privada y la expropiación forzosa, de forma que nadie puede ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto en las leyes.
Así a ojo la junta vulneraria sto. Se habla de utilidad publica, creo que habria que analizar el término tmb.
#107 el orden es que los derechos mas importante estan al principio y luego los de menos importancia que son los principios recctores, asi ke par ami el 33 englobaria al 128.1 en lo referido a la vivienda por vincula lo mismo.
#106 te digo yo que la junta pierde, por que uno es un principio rector (papel mojado) y el decreto andaluz afecta al derecho a la propiedad.; y tmb la consitucion española sigue un orden