#3 Sobretodo en esta web, gracias a la cual sabemos hasta cuando la Ayuso se tira un pedo en el ascensor y la cantidad de metano emitida por la susodicha.
Empiezas enlazando una "noticia" de newtral que pretende negar con cifras absolutas que los extranjeros acaparen las ayudas, cuando lo cierto es que en proporción las acaparan indudablemente. Y se pone la venda antes de la herida diciendo que están bajo el umbral de la pobreza, cuando lo cierto es que estar bajo el umbral de la pobreza es requisito para cobrar esas ayudas. La pregunta es ¿por qué vienen a España si saben (por medio de amigos y familiares que ya han venido) que lo más probable es que vayan a estar bajo ese umbral? POrque saben que aquí se dan paguitas y tejen una red para trampear las ayudas ¿o te crees que los moros son tontos?
#18 A mi lo que me mata es el audio. No entiendo como los protocolos que se usan sean incapaces de mantener la calidad de audio priorizándola sobre la calidad de vídeo. En mi limitada experiencia todas las videoconferencias -sean con el programa que sean- suenan siempre fatal, aunque la comuniciación sea fluida. El sonido siempre tiene una pésima compresión que se come los matices y hace que suene artificial y que tengas que estar esforzándote contínuamente por descifrar lo que están diciendo. Prefiero ver una imágen completamente borrosa cuando hay problemas que oir como el algoritmo disminuye la calidad de audio.
Mi pregunta es: ¿se considera delito de odio decir que muchos moros vienen a España y se establecen para aprovecharse de los subsidios, y que eso produce un efecto llamada y se crean guettos de individuos e individuas que ni quieren ni pretenden integrarse en la sociedad española? ¿es delito de odio decir que la religión que practican los moros y que condiciona su modo de vida y el trato con otras personas, el Islam, es una religión que vulnera derechos fundamentales? ¿es delito de odio decir que la cultura islámica es una cultura medieval incompatible en muchos con los estandares occidentales? Porque los moros que vienen, vienen con todo ese pack de serie y tratarán de inculcárselo a su descendencia, que por ahora es la única descendencia que veo en parques de mi alrededor gracias a todas esas ayudas que conceden las administraciones buenistas . Hay que ponerse una venda en los ojos y no señalar la realidad de invasión silenciosa de la morería no vaya a ser que te metan en la carcel por odiar.
#109 ¿La misma facilidad? El gobierno declaró el estado de alarma porque NO REQUERÍA el mismo nivel de control del parlamentario y aplicó medidas prohibidas para esa situación. Eso es prevaricación ¡Cuanto listo por la red de redes!.
#134 puede que estuviesen bromeando diciendo burradas. Ese chat por si solo no prueba nada. Una cosa es lo que se piensa en broma o en serio y otra lo que se hace.
#132 "que le robasen el movil para no pedir ayuda". En medio de Pamplona en plenos San Fermines iba a ser muy eficaz esa medida. Ridículo. El robo o hurto del móvil se produjo después de acabar, cuando se iban. El resto de afirmaciones, salvo que puedas aportar pruebas las tomaré como falsas o tergiversadas.
#126 Los videos los entregaron los propios denunciados como prueba de descargo y lo hicieron espontáneamente al ser detenidos según consta en el voto particular si mal no recuerdo
Alguien que tiene algo que esconder no entrega tan alecremente unas pruebas que podrian incriminarle.
Si es cierto que la chica tenia miedo o se creyó coaccionada ellos no eran conscientes pues ella no lo manifestó, según se deduce del voto particular. Y condenar por imprudencia cuando no está expresamente anotado en el CP es prevaricacion.
#122 DIce que son unos impresentables, pero eso no quita que no supiesen que estaban practicando sexo no consentido porque la mujer no lo manifestaba. Ella no decía "parad que no quiero seguir, me quiero ir", ni lloraba, ni gritaba. Si no emitía ninguna señal inequívoca ¿como pretendes que lo sepan?. Ej que tenía miedo, estaba paralizada y obedecía... muy bien ¿pero cómo podían saber ellos que estaba sucediendo eso cuando ella entró voluntariamente a la fiesta y no decía nada al respecto? ¿como sabes tú que la tía realmente tenía miedo y no estaba aguantando porque se sentía servicial y aunque no le gustase del todo la situación quería complacer a los tíos pero como le robaron el móvil se despechó y denunció? Dudas, dudas... Se linchó al juez que veía una situacion de jolgorio porque no tenía el poder de leer la mente de la denunciante e inferir que había una relación no consentida.
#113 Si le robaron con violencia se llama robo, si se lo sustrajeron al descuido se llama hurto y es un delito tipificado de manera autónoma. Es que eso que dices de que es un indicio de delincuente no se sostiene ante un tribunal. Los tribunales penales no condenan a delincuentes, condenan a personas que cometen delitos concretos más allá de toda duda razonable que venza la presunción de inocencia. Una persona puede tener un historial de robos de 40 años pero en un juicio por robo lo único que cuenta son elementos de prueba que demuestren que cometió ese robo que se juzga y si no se demuestra, por mucho que sea un ladrón reincidente será absuelto y considerado inocente de ese robo. Del mismo modo, que le robasen el móvil o se lo hurtasen no prueba practicasen sexo no consentido. Una sospecha o una conjetura no es una prueba. Pienso que sí sería indicio o prueba si se descubriese que le hurtaron el móvil porque sabían que contenía grabaciones u otro material que los delatarían como culpables de violación.
¿Un panadero que a duras penas puede mantener su negocio que es? ¿Es un burgués, es clase media, es clase opresora? SI yo mando al carajo a mi empresa para abrir una panadería que soy? ¿Soy un obrero traidor? ¿Los que montan una cooperativa son obreros de Srodinger? Menudo panfleto propagandístico.
#63 Lo siento pero no cuela. Esa orgía fue consentida, al menos así lo creían ellos. La tía podía tenter dudas pero eso no justifica la condena porque tal como salió a relucir los varones no tenían modo de saber que lo hacían contra su voluntad. Esa condena es completamente injusta, una vulneración ideológica de la presunción de inocencia. Ahora va a resultar que la gente tiene que ser expertos psicólogos y telépatas para leer lo que se le pasa por la cabrza a alguien que actúa en sentido contrario.
#86 los animales no se abandonan "sin querer".
Dejar animales en un lugar cerrado durante lo que dura una comida no creo que se amolde al concepto de abandono. Millones de personas dejan a sus mascotas durante horas solas en sus viviendas y no por ello se habla de abandono animal. Para que sea delito se tiene que demostrar que la persona comprendía que podría existir un riesgo probable al dejar al animal solo y aún así lo hizo.
#82Pero sí existe el delito de abandono animal en condiciones peligrosas, que es claramente el tipo que les aplicaría a esta gente.
NO ES DELITO porque no dice que se abandone por imprudencia. Tiene que poner expresamente "por imprudencia" o "por imprudencia grave". Abandonar un animal es dejarlo a su suerte. Para empezar los dueños de esos perros no los abandonaron, los dejaron dentro de su propiedad, de su coche, no es un abandono. Si se demostrase que los dejaron allí sabiendo que el coche se convertiría en un horno entonces sí habría dolo. Si fuera como usted dice, cualquier persona que se va de su casa y deja solo a su mascota y se produce un incenido fortuito que lo mate debería ser castigada como reo de abandono por no llevarse el animal a su trabajo.
#80 No obstante, que no se castigue penalmente una imprudencia no significa que esta quede impune. El despistado puede ser sancionado por otras vías, por ejemplo la administrativa. La vía penal solo se aplica a las acciones que el legislador considera de mayor gravedad. Es lo que se conoce como los pricipios fragmentario, subsidiario y de última ratio del derecho penal.
#69 Se olvida usted del artículo 12: Las acciones u omisiones imprudentes sólo se castigarán cuando expresamente lo
disponga la Ley.
Es decir para castigar por imprudencia en el artículo que corresponda tiene que poner "el que por imprudencia...." si sólo pone "el que..." significa que sólo se considera delito cuando hay dolo.
Por ejemplo el homcidio imprudente (Art. 142): 1. El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de
homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años.