Yo estoy leyéndome el texto, y he leído los comentarios aquí y no me cuadra. Reconozco que es un lío y es muy difícil enterarse de lo que han votado, pero concretamente esta enmienda parece que dice lo contrario a lo que se dice aquí:
"Enmienda 7
Propuesta de Reglamento
Considerando 5 bis
Texto de la Comisión
Enmienda
(5 bis) Sin perjuicio de que su objetivo sea legítimo, esas actividades interfieren en los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y la vida familiar y a la protección de los datos personales de los afectados, es decir, todos los usuarios, los autores potenciales y las víctimas. Ninguna limitación del derecho fundamental a la confidencialidad de las comunicaciones puede justificarse por el mero hecho de que se desplegaran anteriormente determinadas tecnologías cuando, desde una perspectiva jurídica, los servicios en cuestión no constituían servicios de comunicaciones electrónicas. Tal injerencia solo es posible en determinadas circunstancias. Debe estar prevista por la ley, respetar la esencia de los derechos a la protección de la vida privada y la vida familiar y a la protección de los datos personales y, conforme al principio de proporcionalidad, ser necesaria y responder realmente a objetivos de interés general reconocidos por la Unión o a la necesidad de proteger los derechos y libertades de los demás, como se recoge en el artículo 52, apartado 1 de la Carta. Cuando esas medidas suponen permanentemente el control y el análisis generales e indiscriminados del contenido de las comunicaciones de todos los usuarios, violan el derecho a la confidencialidad de las comunicaciones, como ha resuelto el Tribunal de Justicia en los asuntos acumulados C-511/18, C-512/18 y C-520/18 - La Quadrature et al1 bis. y en los asuntos acumulados C-293/12 y C-594/12 - Digital Rights Ireland y C-594/12 – Seitlinger1 ter."
¿Alguien que realmente lo sepa me puede decir cual es el texto que han votado y que, según se lee aquí no solo va en contra de la constitución española sino de la carta de derechos humanos?
Es una pregunta seria, no estoy intentando trolear ni inducir a errores. Muchas gracias.
* EDIT **
Después de muchas vueltas entiendo que ahora es obligatorio cumplir esto:
A mi que me den un CETME, cargadores y un machete grande y 5 minutos de ventaja. Me subo a la primera chopera que vea y que vengan a lancearme. El primer hijoputa de estos cae a kilómetro y pico.
#12 Es imposible que el PSOE formase un partido de izquierdas porque no son de izquierdas, ni sus dirigentes ni sus votantes. Además es imposible, por el simple motivo de que la izquierda con verdadero sentimiento de izquierda es siempre minoría, y si deja de ser minoría o consigue el poder siendo minoría por pura semántica deja de ser de izquierdas.
#48 La página de Hispalinux es el órgano oficial de expresión de la misma, y es el opinión autorizada por la junta. Yo te he dicho quién lo había escrito para satisfacer tu curiosidad, no porque no sea esta expresión oficial.
El resto de lo que dices se descalifica por si mismo. Muy burdo lo de "sitio respetable y..." a continuación insultarlo. Si algo te parece respetable pues respétalo y ya está.
Ya te he dicho desde el principio que respeto tu desacuerdo o que opines cosas diferentes, lo que no se puede admitir es tus insultos.
#7 El artículo es de José María Lancho, presidente de Hispalinux y abogado experto en tecnologías libres, propiedad intelectual, patentes... Desde luego ni es una traducción mala ni buena de nada ni lo ha escrito un cualquiera.
Por lo demás respeto tu opinión si no estás de acuerdo o te parece que Megaupload era otra cosa.
#44 ¿Presidente no electo? Yo estuve en la investidura, y allí se votó y se acepto todo el proceso con el correspondiente levantamiento de acta. Lo que pasa es que jode que Hispalinux sea una asociación seria, y además LIMPIA. Si tu estabas en la investidura ya me lo puedes decir, porque tengo el listado de los que estuvieron y lo compruebo rápido.
Jose María Lancho es una persona honorable y de una limpieza y honestidad fuera de toda duda, eso también jode tal y como están las cosas hoy por hoy, desde luego.
Ala, a seguir robando peras, y a chupar del bote, que es lo que se os da bien, y dejadnos a los ciudadanos honestos organizarnos como mejor nos parezca.
#40 Tengo buena relación con gente del P.Pirata español, pero evidentemente me refería a lo que se votó en Europa. No había leído ese enlace pero me alegra mucho hacerlo ahora.
El paquete TELECOM, y la postura que con respecto a él adoptaron algunos como la Asociación de Internautas, el Partido Pirata, y muchos abogados "expertos" en nuevas tecnologías es infame. Un burdo engaño.
O bien se equivocaron y pecaron de promulgar a los cuatro vientos un bien inexistente porque no tenían ni idea de lo que estaban hablando o bien no se equivocaron, y tienen intereses distintos que la defensa de los derechos fundamentales de todos nosotros.
Hispalinux avisó, punto por punto, de lo que se nos venía encima, y a las pruebas me remito: hispalinux.es
"probar de intentar" no, pero si que he probado a leer algunos CDs bastante más viejos, de los que costaban 2700 pelas de las de entonces y en los que guardo copias de sources viejos y si, se leen perfectamente.
Creo que la calidad del CD y la conservación (metidos en su funda y sin sacarlos durante años) influye mucho.
Cierto es que los polímeros se degradan pero no exageremos.
"Enmienda 7
Propuesta de Reglamento
Considerando 5 bis
Texto de la Comisión
Enmienda
(5 bis) Sin perjuicio de que su objetivo sea legítimo, esas actividades interfieren en los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y la vida familiar y a la protección de los datos personales de los afectados, es decir, todos los usuarios, los autores potenciales y las víctimas. Ninguna limitación del derecho fundamental a la confidencialidad de las comunicaciones puede justificarse por el mero hecho de que se desplegaran anteriormente determinadas tecnologías cuando, desde una perspectiva jurídica, los servicios en cuestión no constituían servicios de comunicaciones electrónicas. Tal injerencia solo es posible en determinadas circunstancias. Debe estar prevista por la ley, respetar la esencia de los derechos a la protección de la vida privada y la vida familiar y a la protección de los datos personales y, conforme al principio de proporcionalidad, ser necesaria y responder realmente a objetivos de interés general reconocidos por la Unión o a la necesidad de proteger los derechos y libertades de los demás, como se recoge en el artículo 52, apartado 1 de la Carta. Cuando esas medidas suponen permanentemente el control y el análisis generales e indiscriminados del contenido de las comunicaciones de todos los usuarios, violan el derecho a la confidencialidad de las comunicaciones, como ha resuelto el Tribunal de Justicia en los asuntos acumulados C-511/18, C-512/18 y C-520/18 - La Quadrature et al1 bis. y en los asuntos acumulados C-293/12 y C-594/12 - Digital Rights Ireland y C-594/12 – Seitlinger1 ter."
¿Alguien que realmente lo sepa me puede decir cual es el texto que han votado y que, según se lee aquí no solo va en contra de la constitución española sino de la carta de derechos humanos?
Es una pregunta seria, no estoy intentando trolear ni inducir a errores. Muchas gracias.
* EDIT **
Después de muchas vueltas entiendo que ahora es obligatorio cumplir esto:
www.boe.es/doue/2016/119/L00001-00088.pdf
Antes no, un poco que el proveedor lo hacía antes como le daba la gana y ahora ya no puede. Por favor si alguien ve otra cosa que me oriente. Gracias.