#15 Si me sueltas algo técnico porque eres ingeniero, no voy a ir a Google a buscar cualquier cosa que pretenciosamente voy a creer que puedo entender, para intentar rebatir lo que me estás contando para que cuadre con mi ignorancia técnica, simplemente te leeré con atención porque tú sabes de ese tema y yo no.
De la misma manera que en la facultad, no se me ocurría ponerme a rebatir al profesor que lleva dando clases 20 años simplemente tirando de Google o de como creo yo que son las cosas.
#13 Creo que te ciega tu ideología política sumado a tu ignorancia de Derecho y Derecho Procesal en particular. Ni es lo mismo una denuncia que una querella, ni se tramitan igual, ni se exigen los mismos requisitos, etc.
Pero no sé por qué me molesto en intentar aportar algo de valor a Meneame, qué tiempos aquellos en los que en los comentarios se compartía conocimiento y experiencia. Tú es posible que no lo hayas vivido, al menos no con esa cuenta de 2023, pero hubo un tiempo en el que en los comentarios no había toxicidad y prepotencia, sino gente con ganas de explicar cosas y gente con ganas de que se las expliquen.
Poco a poco usuarios como tú fueron matando a los que querían explicar, y los que quería aprender se fueron a otro sitio.
#11 Sí, correcto, la admiten si tú afirmas eso y lo van a investigar. Porque tu palabra es LA PRUEBA.
Si te lo has inventado, para eso existe el delito de denuncia falsa.
#9 Las denuncias penales se admiten siempre, y solo hay 2 causas paro no admitirlas: que lo que se denuncie no sea un delito (oiga, que ese señor me debe 1000 euros), o que la denuncia sea manifiestamente falsa (oiga, un señor me acaba de cortar la cabeza, pero me la he vuelto a poner para venir a denunciarlo).
Esto no te lo digo yo, lo dice la LECrim.
Ahora, si me dices que tú, como abogado penalista con más de 20 años de experiencia, tienes otras experiencias o sabes de alguna ley que contradiga el 269 de la LECrim, estoy encantado de escucharte.
#7 Si yo no entro en el fondo, yo simplemente te digo que, que te admitan una denuncia, es lo normal porque no pueden no admitirla.
Ahora, si quieres mi opinión personal en temas penales: para mí lo relevante es el resultado final, y no si admiten o no un escrito, máxime cuando su admisión es prácticamente obligatoria siempre.
#4 Indicios hay siempre, en las millones de denuncias que se presentan todos los años. Yo no me he encontrado todavía con ninguna inadmisión de las que yo he presentado como víctima (mi cliente) ni tampoco con ninguna de la parte contraria y eso es porque si respetas la forma, la admisión es practicamente obligatoria.
Si miras las estadísticas, verás que el 90% de los procedimientos penales terminan por auto de sobreseimiento, y eso es porque se admite todo, y luego, cuando se han realizado unas mínimas averiguaciones, se archiva.
#17 Al otro partido. Con el otro partido (el bueno) las ambulancias llegan siempre a tiempo, no hay listas de espera en los hospitales, cuando pides cita para ir al médico te la dan para el mismo día, los autobuses llegan a su hora, los funcionarios son todos amables y te cogen el teléfono siempre que llames y el certificado digital del DNI funciona en todas las webs.
#8 No os ahorréis ningún clic. No hay muro de pago ni leches.
LUDD lo llevan un par de personas que traen historias muy interesantes y curiosas. Qué menos que se lleven la visita correspondiente y de paso podáis descubrir algún que otro artículo.
#47 En EEUU no sé cómo será, pero en España no hay problema en preguntar la edad. Ese dato puede ser relevante y necesario según el trabajo o el contrato de trabajo. Si quiero contratar a una persona para hacerle un contrato de formación porque necesito una persona que entre nueva para aprender el oficio, tengo que saber su edad porque los contratos de formación tienen límites de edad.
#10#19 No pretendo defender a nadie, solo aportar algo de información.
El plazo de 5 años se puede prorrogar por 3 años más si la Comisión Académica lo autoriza (2 años + otro con carácter excepcional) y además es posible prorrogar otro año más por baja temporal que a su vez es ampliable por otro año extra de baja temporal.
En total se puede ir, con todas las prórrogas y excepciones, a 10 años.
#32 La DMCA está diseñada con la mentalidad de USA. Allí el tema mentir es algo muy muy feo, por lo que no te meten un DMCA si no es real. Pero claro, ahora cualquier persona en cualquier parte del mundo te puede meter un DMCA.
Los datos que aporto en la contranotificación van a Youtube y Youtube los reenvía al reclamante, y los del reclamante han ido a ti antes. Pero fíjate en el caso de Lord, que el reclamante es una persona con su nombre en árabe.
Si contranotificas Youtube efectivamente se lava las manos, ya no le puedes reclamar a él si efectivamente se estaban vulnerando tus derechos. Y ya tú decides si presentas una demanda contra el presunto infractor o no.
#26 No, te explico. Tú publicas un vídeo en Youtube. Yo presento una reclamación por DMCA porque digo que desde el minuto 2:11 hasta el 2:19 has utilizado material protegido por copyright, y yo soy su titular (bajo pena de perjurio si miento y blabla).
Youtube te dice que se ha recibido esa reclamación y que contestes. Para contestar vas a necesitar aportar datos privados que no te apetece aportar a un desconocido (esto se llama contranotificación) o de lo contrario retirarán el material infractor. Si contranotificas fuerzas a la otra persona (el supuesto titular de los derechos infringidos) a presentar una demanda en sede judicial para que su reclamación prospere en Youtube.
#23 No hace falta borrar toda la máquina virtual, basta con desconectarla de la red si no se retira el material presuntamente infractor o no se contesta (aportando datos que seguramente no quieras aportar, que es de lo que se quejaba precisamente Jon en su vídeo).
#175 Para saber si el dato es bueno o no no basta con batir records o que aumente el número de cotizantes. Hay que poner esa cifra en relación a la población activa.
#152 Es que el número de personas en paro también aumenta, como consecuencia de lo mismo: el número de habitantes (población activa en concreto).
Hace 23 años había 1,8 millones de parados, ahora hay 2,8 millones. Normal, porque la población activa ha subido mucho desde entonces.
Y dentro 20 años, si sigue el aumento de población, habrá más de 6 millones de parados, y no será necesariamente un mal dato de paro en relación a la población. Y también aumentará el número de personas cotizando a la seguridad social.
Lo que es un error al dar este tipo de cifras, es compararlas con mucho tiempo atrás sin tener en cuenta la población de entonces.
#40 Así es. Es lo mismo que cuando publicitan el número de afiliados a la seguridad social "nuevo record de los últimos 30 años". Claro, hace 30 años éramos unos cuantos millones menos de habitantes.