Quizás, una posible solución para evitar el coste administrativo que supone elaborar ambos modelos (347 y 180) con datos duplicados, sería incluir en el modelo 180 la posibilidad de incluir el dato de la referencia catastral.
Igualmente, una medida positiva seria elevar el importe desde los 3005,06 hasta los 6000 a partir del cual existe la obligación de declarar.