#19 y #22 suscribo lo que decís: el botón de PayPal estaría genial para iniciativas como esta. Puede que no lo haya puesto por desconocimiento. Aunque en España la donación por Internet no está muy arraigada... he estado viviendo en los países nórdicos y ahí sí que hay mucha cultura de la donación por obras gratuitas (samples, imágenes, vídeos...).
#47 y #44 no seamos tan simples y dados al macarrismo cañí: por enlazar a un hilo de forocoches no tendré que ir a confesarme esta tarde a la Iglesia y tampoco constituye un rasgo estimatorio de mi bajo coeficiente intelectual y mi acné adolescente... no empecemos a mezclar churros con merinas...
#35 No. #36 Estoy de acuerdo, pero no me respondes a la pregunta. En el caso de CC, si el autor te concede alguno de sus derechos, dicha concesión estará en la web oficial del conjunto, en la descarga o en el propio archivo tal y como hacen miles de artistas alrededor del mundo. La ley lo que intentará es asegurar que no se realicen actos que supongan un endurecimiento de lo que la propia LPI marca, pero el uso extensivo sí que está permitido. Por eso se insiste en que el copyleft es copyright y no va en contra de este.
¿Cuando instalas Windows, firmas con Microsoft la licencia? Yo he comprobado que no. ¿Entonces no carece de valor la misma? Estupendo. Y así con casi toda licencia/contrato/comosequierallamar que exista en el mundo digital.
Me reitero en que lo que carece de toda firma es la licencia en sí, sin ningún sujeto que la utiliza para vincular su obra de manera directa o indirecta.
#30 Para mi sería preocupante presentar las pruebas de la manera más correcta posible, que el juez me realizara un estudio jurídico sobre la licencia a la que me acogí en su momento y que entonces sacara la conclusión de que no tiene ningún valor. Pero insisto, presentar como prueba un "Archivo -> Imprimir" de la licencia es lo único que puede y merce tener; ningún valor.
Al leer la sentencia puedo imaginarme el caso del dueño del bar, al que una vez le llega la denuncia de la SGAE, busca por Google alguna solución y encuentra en los millones de blogs que hacen referencia, el hecho de que "la música copyleft no pertenece al círculo de la entidad" y que es "la pancea universal para los establecimientos que quieren reproducir música sin pagar a la entidad de gestión". San Google te puede echar un cable, pero no solucionarte la vida.
Bajo mi opinión, lo más desafortunado del asunto es la ilusión por parte del demandado de saltarse la multa cuando ya existían pruebas de que reproducía música del extenso catálogo de la entidad de gestión.
Si la parte demandada presenta únicamente un impreso de la licencia como prueba legal tal y como se extrae de la Sentencia, es normal que el juez pueda tener tal apreciación y considerarlo "mero folleto informativo"... sin tener la necesidad de estudiar su contenido, legalidad o a argumentar lo que fuere necesario porque se trata, simple y llanamente, de una cuestión formal.
A todo esto, encuentro muy desafortunado el título del meneo, más acorde con la prensa sensacionalista que con otra cosa :). Estamos hablando de una apreciación no fundamentada en derecho de una sentencia de la Audiencia Provincial en la que se prueba que el bar reproducía canciones del repertorio de la SGAE (llamada música comercial por el juez), de aquí a ser un "golpe en los juzgados a las licencias Creative Commons" hay un trecho.
Masturbarse jurídicamente con ese párrafo me parece muy fetichista. De buen rollo